(Ambito.com) - En lo que es un nuevo golpe a las arcas fiscales, la Corte Suprema ordenó (por unanimidad) incorporar a los sueldos del personal civil y militar de las Fuerzas Armadas las sumas no remunerativas al sostener que deben considerarse bonificables.
Esto significa que como precedente se indica que el Estado no puede incluir pago de haberes bajo esta modalidad. A través de un fallo firmado por los cinco jueces, el máximo tribunal resolvió que los suplementos “por responsabilidad jerárquica” y “por administración de material”, creados por el decreto 1305/2012, deben considerarse remunerativas.
En su voto, los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti recordaron que en conformidad con lo establecido en la Ley para el Personal Militar toda asignación que se fije a favor del personal en actividad, cuando tenga carácter general, debe otorgarse dentro del sueldo. En este contexto, resaltaron que la arquitectura salarial estructurada por el decreto no había tenido por objeto remunerar situaciones especiales del cumplimiento de misiones específicas del personal militar sino otorgar una asignación que comportaba un aumento de la retribución total mensual del personal militar.
En su voto concurrente el presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz destacó que la Constitución le asigna al Presidente atribuciones reglamentarias respecto de los haberes del personal en actividad, las que son particularmente extensas en el caso de los suplementos particulares. Sin embargo, el titular de la Corte sostuvo que la discrecionalidad concedida en materia de remuneraciones que revistan de carácter general deben acordarse dentro con el concepto sueldo.
Fue una de las “sorpresas” que se intercalaron dentro de los fallos programados por la Corte para el primer semestre, que además tiene impacto fiscal. Desde el Gobierno anticiparon que conocían el revés que se votó ayer pero que su impacto será amortiguado porque no extenderán la situación al resto de los individuos impactados hasta tanto obtengan un fallo judicial a favor, en un intento por evitar generalizar el precedente de la Corte
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios mal redactados y/o con empleo de palabras que denoten insultos y que no tienen relación con el tema no serán publicados.