jueves, 10 de julio de 2014

De la deuda en default, el 40% son intereses

Por Ismael Bermúdez (Clarin.com) - La deuda externa - El total ya ronda los US$ 15.000 millones por atrasos y punitorios.
De los U$S 11.580 millones de la deuda pública en default que no ingresaron en los canjes de 2005 y 2010, más del 40% son intereses. De ese total U$S 2.364 millones son bonos que aún no vencieron. Los datos son de Cuentas Internacionales del INDEC al 30 de septiembre. De aquí se deduce que esos bonos en default, que una parte está en manos de “fondos buitres” y en disputa judicial, ahora podrían rondar los U$S 15.000 millones por la acumulación de intereses moratorios y punitorios. De esta manera los intereses podrían superar la mitad de la deuda total y serían superiores al propio capital original adeudado, que ya tenía incorporados intereses refinanciados antes de 2001.

Se estima que de esos U$S 15.000 millones, unos U$S 10.000 millones son bonos bajo legislación de EE.UU. de los cuales U$S 1.650 millones corresponden al fallo del Juez Griesa. Esa sentencia constituye un antecedente judicial para los más de U$S 8.000 millones amparados por la legislación norteamericana.
Los bonos que están en default tienen cupones que aún no vencieron, como el Bono Global 2018. Sin embargo, al entrar en default, toda la deuda pasó a ser exigible por la aplicación de las llamadas cláusulas de “aceleración de los vencimientos”.

Es que esos bonos fueron emitidos con una cláusula (“cross default”) que especifica que “cualquier incumplimiento del deudor torna a las demás obligaciones inmediatamente exigibles, aún antes de su vencimiento y cualquier otro acreedor se encuentra facultado para iniciar acciones de cobro.

Esta cláusula rige por las normas de emisión que en el caso de los bonos en default están regidos por legislación extranjera.

Detrás de esta cláusula está la premisa que si el deudor no puede cumplir con un pago, tampoco cumplirá con otros vencimientos y con otros acreedores. Así, al no pagar una cuota del bono, “cae” toda la deuda, tanto la impaga como la que está por vencer. Y el deudor, que no podía afrontar las cuotas impagas vencidas, tiene que hacer frente el pago de las cuotas aún no vencidas. En tanto, al ejecutarse la deuda, el acreedor pasa a cobrar lo atrasado, más los intereses, y por adelantado lo que aún no venció.
Esto es parte de los está en juego detrás del fallo Griesa.

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