La Ley 26.412, que establece el traspaso de la línea de bandera a manos del Estado con el fin de "garantizar el transporte de pasajeros y de carga", fue publicada hoy en el Boletín Oficial
El rescate de las empresas Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas por parte del Estado Nacional quedó oficializado hoy con la publicación en el Boletín Oficial de la ley sancionada por el Congreso el 3 de este mes.
El rescate de las empresas Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas por parte del Estado Nacional quedó oficializado hoy con la publicación en el Boletín Oficial de la ley sancionada por el Congreso el 3 de este mes.
Se trata de la Ley 26.412, promulgada por el Poder Ejecutivo el pasado jueves 18, con el objeto de "garantizar el servicio público de transporte aerocomercial de pasajeros, correo y carga" de las empresas.El artículo 2 de la ley indica que el Tribunal de Tasaciones de la Nación "deberá realizar las valuaciones correspondientes" a las empresas, tomando en "consideración los valores vigentes al 1 de julio de 2008".
Señala asimismo que la comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones "vigilará que aquellas valuaciones contemplen la real situación patrimonial de las empresas y se ajusten a criterios técnicos acordes al tipo de actividad que desempeñan".En tanto, remarca que el precio que se establezca deberá someterse a la aprobación del Congreso de la Nación. La ley autoriza además la cesión a los empleados de Aerolíneas y Austral "por hasta un máximo del 10 por ciento del paquete accionario de las respectivas empresas, de conformidad con el Programa de Propiedad Participada".
El artículo 5 dice que el Ejecutivo "podrá instrumentar los mecanismos necesarios a los fines de cubrir las necesidades financieras derivadas de los déficit operativos de las empresas" hasta el 31 de diciembre de 2008 y "deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes e informará sobre dichas transferencias" a la comisión bicameral.En cuanto a los montos, la ley indica que "deberán instrumentarse como aportes de capital y/o como créditos a favor del Estado nacional, debiendo realizarse las adecuaciones presupuestarias correspondientes".
Finalmente, aclara que "en ningún caso el Estado nacional cederá la mayoría accionaria de la sociedad, la capacidad de decisión estratégica y el derecho de veto en las decisiones de la misma".
Fuente: Infobae.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios mal redactados y/o con empleo de palabras que denoten insultos y que no tienen relación con el tema no serán publicados.