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lunes, 18 de octubre de 2010
Declaración sobre la Ley de Hidrocarburos.
Hemos recibido esta declaración originada por el Movimiento Productivo Argentino, la adjuntamos para conocimiento de nuestros lectores
Estimado/a,
Le remitimos la declaración de los 8 últimos ex Secretarios de Energía de la Nación de la democracia sobre la Ley de Hidrocarburos. Saludos cordiales,
Dr. Carlos Brown
Presidente MPA
Lic. Silvina Viazzi
Secretaria Académica MPA
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ES NECESARIO NO AGRAVAR MÁS LA SITUACIÓN DE NUESTRO SECTOR PETROLERO
Bases institucionales y políticas para revertir la declinación productiva
Los abajo firmantes, Ex Secretarios de Energía de la Nación que desempeñamos nuestros cargos desde la restauración de la Democracia hasta 2003 exponemos a las fuerzas políticas nacionales y provinciales los lineamientos de una propuesta tendiente a modificar el status jurídico y organizativo de nuestro sector petrolero
Las tendencias de largo plazo de nuestro sector hidrocarburos son alarmantes: caída productiva en los últimos 12 años en petróleo y de los últimos seis años en gas natural; disminución de las reservas comprobadas sobre todo de gas natural; disminución de la inversión de riesgo en materia exploratoria. La conclusión es obvia: estamos en decadencia sostenida
Si bien la Constitución Nacional les ha dado facultades a las provincias, respetando el espíritu federal, ello no significa una ventaja real, porque cada provincia debe hacer hoy su propia interpretación institucional e implementación de sus políticas petroleras en un diálogo desigual en medios técnicos, en tecnología y recursos económicos con las empresas petroleras y los sindicatos que operan en sus respectivos territorios. Ello se ve agravado porque el gobierno nacional no atina a fijar una política creíble en materia de hidrocarburos, no promueve la exploración en la plataforma continental que sigue inexplorada y sin planes; no resuelve en forma eficaz las importaciones de los combustibles necesarios para seguir abasteciendo la demanda cotidiana, y, por último no sigue una política de precios que asegure la sustentabilidad del sector en el largo plazo.
En este contexto no nos debe extrañar la aparición de tendencias centrífugas en lo institucional, en donde proliferan las renegociaciones anticipadas de las concesiones de cada provincia, muchas veces originadas en necesidades ajenas al tema, con modalidades variadas, y, en no pocas oportunidades, sin licitación y sin auditorías sobre las materias renegociadas.
Tampoco nos debe llamar la atención lo poco que se ha hecho en estos años en materia de exploración en el mar continental en áreas de alto riesgo, cuya responsabilidad corresponde exclusivamente al estado nacional; habiendo quedado demostrado el fracaso de ENARSA como instrumento idóneo para tal fin.
Quedan como excepción positiva los numerosos intentos provinciales de licitar áreas mediante contratos de riesgo que buscan poner en valor recursos petroleros de existencia posible en cada una de ellas.
Es necesario cumplir el artículo 124 de la Constitución, pero además debemos entre todos concebir un sistema coherente que concilie los intereses de la Nación y las Provincias para garantizar nuevos horizontes productivos y el usufructo de la renta petrolera que les corresponde a los titulares del dominio originario, incluyendo la intangibilidad de las regalías y otros derechos percibidos por las provincias.
Tendencias centrífugas que debe ser desalentada hoy porque agrava el cuadro de heterogeneidad legislativa y diáspora jurisdiccional es el dictado de leyes de hidrocarburos por parte de los estados provinciales, sin el sustento de una legislación nacional que proporcione el marco que de guía y previsibilidad al sector, como es, por ejemplo, el caso del proyecto de ley de hidrocarburos provincial recientemente enviado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires a la Legislatura para su tratamiento.
La sanción de la ley de hidrocarburos es una atribución del Congreso Nacional, de la misma forma que lo que ocurre con el Código de Minería y otros códigos de fondo. La Ley de hidrocarburos vigente es la N° 17319 sancionada en 1967. Fue modificada en su artículo 1° por la ley 26197, que transfirió el dominio originario de los recursos hidrocarburíferos de la Nación a las provincias por lo dispuesto en el artículo 124 de la reformada Constitución Nacional.
Más allá de los argumentos estrictamente jurídicos que dejamos para los especialistas, por razones técnicas y organizativas del sector energético, consideramos que no es conveniente que cada provincia tenga su propio régimen legal, sin una legislación nacional que las encuadre. De no ser así, podríamos llegar en el límite, a tener 24 leyes de hidrocarburos distintas (una para cada provincia más una para la Nación en la plataforma continental).
Esto es inconveniente porque: a) conspira contra la existencia de una política nacional de hidrocarburos que debe ser única para toda la Nación ; b) impide la estandarización de procedimientos; c) impide el desarrollo de actividades de alcance nacional que tienen que ser ejercidas en forma conjunta como la planificación sectorial de largo plazo; d) dificulta la coordinación inter jurisdiccional que facilita la aplicación de metodologías unificadas de fiscalización y control; e) complica la difusión exterior de los planes petroleros destinados a captar inversiones de riesgo en el sector.
UNA PROPUESTA GLOBAL Y SUPERADORA
Esto nos lleva a proponer el debate y el necesario Acuerdo en un nuevo sistema institucional basado en la aprobación de una nueva ley de Hidrocarburos que actualice, remoce y reemplace con criterio moderno la ley 17319 que data de 1967
La base de la propuesta es la siguiente:
1) La Argentina debería sancionar con amplio acuerdo parlamentario una ley nacional moderna que asegure el ejercicio de funciones centralizadas indelegables del Estado nacional, la planificación estratégica de largo plazo y la fijación de la política única a nivel nacional; a su vez, debe asegurar a las provincias el ejercicio de las funciones de autoridades de aplicación en sus respectivas jurisdicciones;
2) La nueva ley debería fijar los mecanismos para explorar y poner en producción los recursos de la Plataforma Continental hasta el talud oceánico cuya responsabilidad es de la Nación, definiendo los mecanismos institucionales aptos para tal fin de acuerdo a la más moderna experiencia internacional;
3) La ley debería prever para todo el territorio nacional (todas las provincias y la nación en sus respectivas jurisdicciones según art.124 de la CN) las modalidades utilizadas para realizar la exploración y la explotación y el cierre de los yacimientos. En particular se definirán los Derechos y Obligaciones de la Partes: los permisionarios y concesionarios, y de los estados concedentes; el régimen de regalías; los impuestos y las garantías de estabilidad tributaria; la previsibilidad de los mecanismos de apropiación y distribución de la renta petrolera.
4) La ley debería contemplar el plazo de los permisos exploratorios que deben tener compromisos de inversión de riesgo y períodos de duración compatibles y concordantes con los de la práctica exitosa en materia exploratoria en el mundo. En todos los casos la actividad respetará las mejores prácticas ambientales. La explotación se realizara con contratos de duración cierta y nunca a perpetuidad. La prórroga de los contratos no será automática y se fijarán los mecanismos para otorgar las mismas.
5) La ley debería prever mecanismos de transparencia informativa y acceso a la información para la población en general, y, cuando sea necesario, acudir al procedimiento de audiencias públicas
6) La ley debería contemplar la creación de una AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS para el ejercicio de funciones regulatorias, de poder de policía, de administración de contratos; de asistencia técnica y de promoción; de auditoría; resolución de problemas inter jurisdiccionales, de producción de información estadística, y de promoción de políticas a cargo del estado nacional en su respectiva jurisdicción. El Organismo tendrá carácter técnico y profesional y contará en sus cuadros con representación profesional de las provincias productoras.
Buenos Aires, 8 de octubre de 2010.
Julio César Araoz; Emilio Apud; Enrique Devoto; Roberto Echarte; Alieto Guadagni; Jorge Lapeña; Daniel Montamat y Raúl Olocco
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Si me permiten opinar sobre un asunto argentino, creo que tienen toda la razón, es un tema que sobrepasa las competencias provinciales y debe ser tratado como problema nacional.
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