(La Nación) - El juez Pablo Cayssials consideró "inconstitucional" un artículo de la ley del Ministerio Público que equipara al procurador general con los jueces de la Corte.
Por un fallo, Gils Carbó podrá ser removida sin juicio político. Foto: Archivo
Un juez en lo Contencioso Administrativo avaló la remoción de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó , sin necesidad de recurrir al mecanismo del juicio político.
La decisión fue adoptada por el juez Pablo Cayssials, quien consideró "inconstitucional" un artículo 76 de la Ley 27.148, del Ministerio Público, que equipara al procurador general con los jueces de la Corte Suprema en las formas de removerlo de su cargo.
"El privilegio que la Ley 27.148 le concede al titular del Ministerio Público, resulta muy superior al que tienen todos los jueces de la Nación (con excepción de los magistrados de la Corte Suprema), lo que resulta incompatible con las exigencias de igualdad y responsabilidad de los funcionarios , contemplados en la Constitución Nacional", dice el texto. Agrega que ese artículo, "al establecer el mecanismo de juicio político como modo de remoción del Procurador General, consagró una barrera casi infranqueable a la responsabilidad del funcionario".
El fallo, publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ), es apelable, pero en su contenido podría permitirle al gobierno sacar del cargo a Gils Carbó mediante una decisión administrativa que excluya el juicio político.
El escrito rechaza la defensa de Gils Carbó y hace lugar a las demandas interpuestas por la asociación Será Justicia y el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que cuestionaron la constitucionalidad del artículo 76 de la Ley 27.148.
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