viernes, 18 de septiembre de 2009

Papeleras: Argentina exigió ante La Haya el "desmantelamiento" de Botnia

Uruguay deberá responder a estos y otros planteamientos el próximo lunes.
Argentina exigió ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya el "cese de las actividades" y "desmantelamiento" de la pastera Botnia, como medida de restitución ante la violación del Estatuto del Río Uruguay por parte del Estado uruguayo, al concluir la exposición oral de sus argumentos en el juicio contra el país vecino. "Todavía es posible desmantelar la planta o que las instalaciones de la pastera se utilicen para otra cosa", así como "trasladar la maquinaria a otro lugar", afirmó el experto en derecho internacional Alain Pellet, al defender ante la Corte una "restitución integra" por los "actos ilícitos" de Uruguay.

"El cese de actividades y desmantelamiento de Botnia no es ni imposible ni desproporcionado", subrayó Pellet, respecto a la pastera, que está en funcionamiento desde noviembre de 2007. No obstante, el jurista afirmó que ya en la Memoria presentada al Tribunal "Argentina expresó que estaría satisfecha con un cambio en el uso de las instalaciones de Botnia para que sirva a otro propósito que no afecte el ecosistema del Río Uruguay y sus áreas de influencia". En cuanto a la maquinaria, "no sería dificultoso ni costosos trasladarla a otra pastera en un emplazamiento", dijo Pellet. En la última audiencia oral de la primera ronda de exposiciones, Argentina reiteró que Uruguay violó tanto obligaciones "sustantivas" como de "procedimiento" previstas por el Estatuto de 1975 -base de la demanda-, al autorizar la instalación de Botnia y ENCE en el margen izquierdo del río compartido.

Pellet subrayó que Uruguay debía acudir a la CARU (Comisión Administradora de Río Uruguay) antes de autorizar la instalación de las pasteras, y tenía que tomar medidas para "prevenir la contaminación", pero no hizo ni lo uno ni lo otro. "Uruguay niega haber cometido estas violaciones y dice que el daño causado a Argentina no es un hecho ilícito internacional", recordó Pellet. Sin embargo, "hemos demostrado, con pruebas, que Uruguay violó varios aspectos del Estatuto", por lo que las medidas de reparación reclamadas por Argentina "son apropiadas", indicó. "Las consecuencias legales de un hecho ilícito internacional, incluye que cese el acto injusto, que se den garantías de no repetición, una completa reparación de daño, restitución integra y compensación cuando la restitución no es practicable o es insuficiente", explicó el jurista.

En ese sentido, Pellet afirmó que Argentina pide una "restitución integra", es decir, "reestablecer la situación" al momento anterior a la comisión del "hecho ilícito internacional", esta es una medida de "proporcionalidad". "Si Uruguay hubiese seguido el procedimiento establecido, se hubiera informado a la CARU, las cosas no hubiesen llegado tan lejos. Botnia no se hubiesen construido en su actual emplazamiento", remarcó. "Cuando autorizó la construcción de las pasteras, Uruguay estaba advertido de que Argentina se oponía al proyecto, porque se pidió su suspensión", prosiguió. No obstante, "Uruguay deliberadamente asumió el riesgo de permitir y autorizar la construcción de Botnia", añadió Pellet.

El especialista invocó al tribunal, que al rechazar el pedido de suspensión de la construcción de Botnia solicitado por Argentina advirtió que "la instalación de las pasteras en los actuales emplazamientos no puede ser juzgado como un hecho consumado", ya que si se llega a dictaminar que se incumplió con la ley "no debe excluirse" la posibilidad de que se "desmantele". Antes, el jurista británico Philippe Sands, aseguró que "ningún Estado de la Unión Europea (UE) hubiese autorizado una planta como Botnia" en un lugar como Fray Bentos. Según Sands, Uruguay autorizó a Botnia a realizar "masivas descargas de contaminantes al río, suponiendo que iba a disolverlos", basándose en estudios de Impacto ambiental limitados e incompletos, realizados meses antes de que la planta comenzara a construirse y años después de que se tomara la decisión sobre su emplazamiento.

Sands remarcó que Uruguay había indicado que Botnia cumplía con los estándares de la UE, pero las mediciones técnicas del agua realizadas por Argentina demuestran que la pastera utiliza "nonyl phenols", un producto de limpieza industrial que está prohibido en la UE y que "altamente tóxico". "Uruguay tenía la obligación de tomar medidas para prevenir la contaminación, pero ¿cómo iba a hacerlo si actuaba sobre la bases de falsas presunciones?", se preguntó. A la hora de resumir la posición de Argentina, el especialista de la Universidad de Ginebra, Marcelo Kohen, recordó que "Uruguay intentó imponer a Argentina un hecho consumado al autorizar la instalación de las pasteras, no hizo un estudio de impacto completo antes de tomar la decisión, tampoco evaluó emplazamientos alternativos".

Kohen desataco que Botnia "ya causó daño en el agua, el aire, y el ecosistema del río, afectando la vida de los pobladores y actividades preexistentes como su uso recreativo y el turismo". "El daño ya existe y la situación podría empeorar si Botnia sigue operando", apunto, antes de detallar los incidentes de explosiones en la planta, los "olores nauseabundos" y los "problemas respiratorios de pobladores, y especialmente niños". Antes de concluir la reunión los jueces formularon preguntas a ambas partes, que tendrán que ser respondidas en las siguientes audiencias. Una cuestión que interesa a los jueces es saber si Botnia podría convertir la tecnología actual de la planta (ECF- libre de cloro) por el sistema utilizado actualmente en Europa (TCF -totalmente libre de cloro), un proceso mucho más costoso.

Los jueces están interesados también en el proceso de emisión de gases contaminantes y del agua utilizada en la planta. Uruguay deberá responder a estos planteamientos el próximo lunes cuando se reanuden las audiencias y, finalmente, ambos países tendrán la oportunidad de rebatir los argumentos del otro en una ronda que se cerrará el 2 de octubre, cuando el juicio quede visto para sentencia, que previsiblemente se conocerá en un plazo de seis meses.

Fuente: Ambito.com

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