Por Antonio Rossi - LPO -Por medio de la ADIF implementó el “Regimen de Iniciativa de Terceros” para canalizar inversiones.
Disgustado con la demora que viene registrando la aprobación en el Congreso del nuevo régimen de participación público-privada (PPP), el ministro de Transporte, Guillermo Dietrich decidió crear un marco regulatorio propio para canalizar inversiones y negocios en el sector ferroviario.
El flamante encuadre legal para atraer inversores privados al ámbito de los ferrocarriles resulta, a priori, más flexible y menos exigente que el proyecto de PPP que impulsa el Gobierno y que fue aprobado por un plenario de comisiones del Senado para ser tratado en el recinto en las próximas semanas. Con el visto bueno de Dietrich, el nuevo esquema de PPP fue lanzado al ruedo por la empresa estatal ADIF (Administración de Infraestructuras Ferroviarias) que comanda el ex ejecutivo de Duke Energy, Shell y Metrogas, Guillermo Fiad.
Según los datos que manejan especialistas del sector, el apuro de la cartera de Transporte por contar con un régimen específico de PPP se debería a que quiere implementar rápidamente tres iniciativas privadas que tienen en carpeta. Dos de ellas estarían ligadas al desarrollo de centros de transferencia de cargas y emprendimientos comerciales en terrenos que la ADIF posee en el interior del país. En tanto, el otro proyecto en danza giraría en torno a la reparación y mantenimiento de material tractivo y rodante de los servicios de cargas.
Bautizado con el título de “Régimen de Iniciativa de Terceros” (RIT), el marco normativo que la ADIF puso en vigencia a principios de setiembre está abierto a la recepción de proyectos destinados a “desarrollar infraestructura ferroviaria, mejorar la calidad del servicio de transporte y a cualquier emprendimiento que redunde en un beneficio para los usuarios y la sociedad en su conjunto”.
Con el RIT, Dietrich y Fiad apuntan a “estimular a los particulares a participar en proyectos relacionados con el objeto de ADIF y sus actividades colaterales, subsidiarias o complementarias, sean éstos de obras, servicios, provisiones o cualquier otra modalidad, para desarrollarse mediante los diversos sistemas de contratación”. La letra chica del RIT establece que las propuestas privadas “deberán ser novedosas, originales o implicar una innovación tecnológica o científica”.
Para que puedan ser aprobados, los proyectos deberán cumplir con siguientes requisitos de admisibilidad:
-Presentación de los antecedentes completos de los proponentes con las documentaciones que acrediten capacidad legal, tributaria, técnica y financiera.
-Descripción del problema a solucionar, los principales beneficios y los indicadores socio-económicos que justifiquen su concreción.
- Ir acompañados de los correspondientes análisis de prefactibilidad económica, técnica y jurídica. A eso deben agregar los estudios de impactos sociales y ambientales con las mitigaciones de los daños que pudieron registrarse por la ejecución de las obras.
- Estimación de los montos de la inversión en obras a cargo de las empresas privadas y los aportes económicos que se le solicitan al Estado. Si se trata de una propuesta que contempla “operación y gerenciamiento”, se deberán incluir los costos específicos de esa tarea incluyendo el porcentaje de rentabilidad y el recupero esperado.
- Identificación de las fuentes de recursos y líneas de financiamiento.
- Depósito de una “garantía de mantenimiento del proyecto” del 0,5% si la inversión no supera los 625 millones de pesos y del 0,6% si el monto a invertir es mayor.
Una vez que las autoridades de la ADIF aprueben la iniciativa, el oferente deberá elaborar y presentar los estudios correspondientes a nivel de factibilidad en un plazo máximo de tres meses para poder llamar a licitación.
En la compulsa licitatoria, el iniciador del proyecto tendrá dos ventajas clave.
- Por un lado, en el caso de que otra oferta sea hasta un 5% más baja que la suya, igual se quedará con la licitación.
- Y por otro lado, si la diferencia entre la mejor propuesta calificada y la suya oscila entre el 5% y 20%, tendrá la chance de mejorar su oferta mediante un repechaje con el otro interesado.
En caso de que pierda la licitación, el creador de la iniciativa cobrará del grupo ganador el equivalente al 1% del monto total del proyecto en concepto de “gastos reembolsables”.
Para darle más garantía a los oferentes privados, el RIT establece que en los pliegos de bases y condiciones de los proyectos que saldrán a licitación se van a incluir “mecanismos de avenimiento y arbitrajes” que podrán implementarse tanto bajo las normas locales, como internacionales.
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viernes, 16 de septiembre de 2016
Dietrich no espera la aprobación del Congreso y lanza su propio régimen de iniciativa publico-privada
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