Las actividades humanas tienen efectos cada vez mayores en la integridad de los ecosistemas que proporcionan recursos y servicios esenciales para el bienestar y las actividades económicas. Gestionar la base de recursos naturales de modo sostenible e integrado es esencial para el desarrollo sostenible.
A ese respecto, para invertir la tendencia actual de degradación de los recursos naturales es necesario aplicar estrategias que incluyan objetivos aprobados a nivel nacional y, cuando proceda, a nivel regional para proteger los ecosistemas y asegurar la ordenación integrada de la tierra, el agua y los recursos vivos, al tiempo que se fortalece la capacidad local, nacional y regional. Esto entrañaría la adopción, en todos los niveles, de las medidas que se indican a continuación.
25. Iniciar programas de acción, con asistencia financiera y técnica, para cumplir el objetivo de desarrollo del Milenio relativo al agua potable. A ese respecto, acordamos reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de personas que no tienen acceso al agua potable o que no pueden costearlo y el de personas que no tienen acceso a servicios básicos de saneamiento.
Esto entrañaría la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a:
a) Movilizar recursos financieros nacionales e internacionales en todos los niveles, transferir tecnología, promover las mejores prácticas y apoyar el fortalecimiento de la capacidad para la creación de infraestructuras y servicios de abastecimiento de agua y saneamiento, y asegurarse de que esas infraestructuras y servicios permitan atender las necesidades de los pobres y tengan en cuenta las cuestiones de género;
b) Facilitar el acceso a la información pública y la participación, en todos los niveles, incluso de las mujeres, en apoyo de la adopción de políticas y decisiones relativas a la ordenación de los recursos hídricos y la ejecución de proyectos en esa esfera;
c) Alentar a los gobiernos, a que con el apoyo de todas las partes interesadas, adopten con carácter prioritario medidas de gestión de los recursos hídricos y fortalecimiento de la capacidad en el plano nacional y, cuando corresponda, en el regional, y movilizar y proporcionar recursos financieros nuevos y adicionales y tecnologías innovadoras para aplicar las recomendaciones del capítulo 18 del Programa 21;
d) Intensificar las actividades de prevención de la contaminación del agua a el fin de reducir los peligros para la salud y proteger los ecosistemas introduciendo tecnologías de saneamiento y tratamiento de aguas residuales industriales y domésticas de costo accesible, mitigando los efectos de la contaminación del agua subterránea y estableciendo, a nivel nacional, sistemas de vigilancia y regímenes jurídicos eficaces;
e) Adoptar medidas de prevención y protección para promover el aprovechamiento sostenible del agua y resolver el problema de la escasez de agua.
a) Movilizar recursos financieros nacionales e internacionales en todos los niveles, transferir tecnología, promover las mejores prácticas y apoyar el fortalecimiento de la capacidad para la creación de infraestructuras y servicios de abastecimiento de agua y saneamiento, y asegurarse de que esas infraestructuras y servicios permitan atender las necesidades de los pobres y tengan en cuenta las cuestiones de género;
b) Facilitar el acceso a la información pública y la participación, en todos los niveles, incluso de las mujeres, en apoyo de la adopción de políticas y decisiones relativas a la ordenación de los recursos hídricos y la ejecución de proyectos en esa esfera;
c) Alentar a los gobiernos, a que con el apoyo de todas las partes interesadas, adopten con carácter prioritario medidas de gestión de los recursos hídricos y fortalecimiento de la capacidad en el plano nacional y, cuando corresponda, en el regional, y movilizar y proporcionar recursos financieros nuevos y adicionales y tecnologías innovadoras para aplicar las recomendaciones del capítulo 18 del Programa 21;
d) Intensificar las actividades de prevención de la contaminación del agua a el fin de reducir los peligros para la salud y proteger los ecosistemas introduciendo tecnologías de saneamiento y tratamiento de aguas residuales industriales y domésticas de costo accesible, mitigando los efectos de la contaminación del agua subterránea y estableciendo, a nivel nacional, sistemas de vigilancia y regímenes jurídicos eficaces;
e) Adoptar medidas de prevención y protección para promover el aprovechamiento sostenible del agua y resolver el problema de la escasez de agua.
26. Elaborar planes de gestión integrada y aprovechamiento eficiente de los recursos hídricos para el año 2005, prestando apoyo a los países en desarrollo y adoptando medidas en todos los planos para:
a) Elaborar y aplicar estrategias, planes y programas nacionales y regionales para la ordenación integrada de los ríos, las cuencas hidrográficas y las aguas subterráneas y adoptar medidas para mejorar la eficacia de la infraestructura a fin de reducir las pérdidas y aumentar el reciclaje del agua;
b) Emplear todos los instrumentos normativos disponibles, incluida la reglamentación, la vigilancia, las medidas de carácter voluntario, los instrumentos del mercado y la informática, la ordenación del uso de la tierra y la recuperación de los costos de los servicios relacionados con el agua, sin que los objetivos de recuperación de los costos lleguen a impedir el acceso de los pobres al agua potable, y adoptar un enfoque integrado de la ordenación de las cuencas hidrográficas;
c) Fomentar una utilización más eficiente de los recursos hídricos y promover su distribución entre sus diversos usos de modo que se dé prioridad a la satisfacción de las necesidades humanas básicas y se encuentre un equilibrio entre la necesidad de preservar o restaurar los ecosistemas y sus funciones, en particular en los entornos frágiles, y las necesidades domésticas, industriales y agrícolas de las poblaciones, incluso la de preservar la calidad del agua potable;
d) Elaborar programas para mitigar los efectos de fenómenos de extrema gravedad relacionados con el agua;
e) Prestar apoyo técnico y financiero para suministrar a los países y regiones en desarrollo en que haya escasez de agua o que estén afectados por las sequías y la desertificación tecnologías no convencionales para la utilización y conservación de los recursos hídricos asistencia para el fortalecimiento de su capacidad en ese ámbito;
f) Apoyar en los países en desarrollo, cuando corresponda, actividades y programas de desalinización del agua de mar, reciclaje del agua y recolección de agua de las nieblas costeras, que sean sostenibles y eficaces en función de los costos y en los que se utilice eficientemente la energía, prestando con ese fin asistencia tecnológica, técnica, financiera y de otra índole;
g) Facilitar el establecimiento de asociaciones de colaboración entre los sectores público y privado y otras formas de cooperación que den prioridad a las necesidades de los pobres, dentro de marcos regulatorios estables y transparentes establecidos por los gobiernos, respetando las condiciones locales, promoviendo la participación de todos los interesados y vigilando el desempeño de las instituciones públicas y las empresas privadas y tomando medidas para mejorar la rendición de cuentas por parte de unas y otras.
a) Elaborar y aplicar estrategias, planes y programas nacionales y regionales para la ordenación integrada de los ríos, las cuencas hidrográficas y las aguas subterráneas y adoptar medidas para mejorar la eficacia de la infraestructura a fin de reducir las pérdidas y aumentar el reciclaje del agua;
b) Emplear todos los instrumentos normativos disponibles, incluida la reglamentación, la vigilancia, las medidas de carácter voluntario, los instrumentos del mercado y la informática, la ordenación del uso de la tierra y la recuperación de los costos de los servicios relacionados con el agua, sin que los objetivos de recuperación de los costos lleguen a impedir el acceso de los pobres al agua potable, y adoptar un enfoque integrado de la ordenación de las cuencas hidrográficas;
c) Fomentar una utilización más eficiente de los recursos hídricos y promover su distribución entre sus diversos usos de modo que se dé prioridad a la satisfacción de las necesidades humanas básicas y se encuentre un equilibrio entre la necesidad de preservar o restaurar los ecosistemas y sus funciones, en particular en los entornos frágiles, y las necesidades domésticas, industriales y agrícolas de las poblaciones, incluso la de preservar la calidad del agua potable;
d) Elaborar programas para mitigar los efectos de fenómenos de extrema gravedad relacionados con el agua;
e) Prestar apoyo técnico y financiero para suministrar a los países y regiones en desarrollo en que haya escasez de agua o que estén afectados por las sequías y la desertificación tecnologías no convencionales para la utilización y conservación de los recursos hídricos asistencia para el fortalecimiento de su capacidad en ese ámbito;
f) Apoyar en los países en desarrollo, cuando corresponda, actividades y programas de desalinización del agua de mar, reciclaje del agua y recolección de agua de las nieblas costeras, que sean sostenibles y eficaces en función de los costos y en los que se utilice eficientemente la energía, prestando con ese fin asistencia tecnológica, técnica, financiera y de otra índole;
g) Facilitar el establecimiento de asociaciones de colaboración entre los sectores público y privado y otras formas de cooperación que den prioridad a las necesidades de los pobres, dentro de marcos regulatorios estables y transparentes establecidos por los gobiernos, respetando las condiciones locales, promoviendo la participación de todos los interesados y vigilando el desempeño de las instituciones públicas y las empresas privadas y tomando medidas para mejorar la rendición de cuentas por parte de unas y otras.
27. Apoyar a los países en desarrollo y con economías en transición en las iniciativas que tomen para vigilar y evaluar la cantidad y calidad de los recursos hídricos, incluso estableciendo redes nacionales de vigilancia y bases de datos sobre recursos hídricos o mejorando las ya existentes y elaborando los indicadores nacionales pertinentes.
28. Mejorar la ordenación de los recursos hídricos y los conocimientos científicos sobre el ciclo del agua mediante la cooperación en actividades conjuntas de observación e investigación y, con tal fin, alentar y promover el intercambio de conocimientos y prestar asistencia en particular a los países en desarrollo y los países con economías en transición, para el fortalecimiento de su capacidad y para la transferencia de tecnología incluso de teleobservación y de satélites, según las modalidades convenidas de común acuerdo.
29. Promover una coordinación eficaz entre los diversos organismos y mecanismos internacionales e intergubernamentales que se ocupan de cuestiones relacionadas con el agua, tanto en el sistema de las Naciones Unidas como entre las Naciones Unidas y las instituciones financieras internacionales, aprovechando las contribuciones de otras instituciones internacionales y de la sociedad civil para la adopción de decisiones a nivel intergubernamental; también se debería promover una colaboración más estrecha para formular y apoyar propuestas y emprender actividades en relación con el Año Internacional del Agua Dulce en 2003 y años posteriores.
30. Los océanos, los mares, las islas y las zonas costeras constituyen un componente integrado y esencial del ecosistema terrestre y son fundamentales para la seguridad alimentaria mundial y para sostener la prosperidad económica y el bienestar de muchas economías nacionales, especialmente de los países en desarrollo. Para asegurar el desarrollo sostenible de los océanos es preciso establecer una coordinación y cooperación eficaces, incluso en los planos mundial y regional, entre los organismos pertinentes y adoptar medidas en todos los planos para:
a) Invitar a los Estados a que ratifiquen la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 1982, que constituye el marco jurídico general de las actividades relacionadas con los océanos, o se adhieran a ella, y apliquen sus disposiciones;
b) Promover la aplicación del capítulo 17 del Programa 21, en el cual figura el programa de acción para lograr el desarrollo sostenible de los océanos, las zonas costeras y los mares en el contexto de sus esferas programáticas, a saber: la ordenación integrada y el desarrollo sostenible de las zonas costeras, incluidas las zonas económicas exclusivas; la protección del medio marino; el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos marinos vivos; la solución de los principales problemas que se plantean respecto de la ordenación del medio marino y el cambio climático; el fortalecimiento de la cooperación internacional y de la cooperación y la coordinación regionales y el desarrollo sostenible de las islas pequeñas;
c) Establecer un mecanismo de coordinación interinstitucional eficaz y transparente sobre cuestiones oceánicas y costeras en el sistema de las Naciones Unidas;
d) Promover la aplicación, para el año 2010, del enfoque basado en los ecosistemas, teniendo en cuenta la Declaración de Reykjavik sobre la pesca responsable en el ecosistema marino y la decisión 5/6 de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica;
e) Promover la gestión integrada, multidisciplinaria y multisectorial de las costas y los océanos a nivel nacional y alentar y ayudar a los Estados ribereños a establecer políticas relativas a los océanos y mecanismos para la gestión integrada de las costas;
f) Fortalecer la cooperación regional y la coordinación entre las organizaciones y programas regionales pertinentes, los programas sobre los mares regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, las organizaciones regionales de ordenación de la pesca y otras organizaciones científicas, de salud y de desarrollo regionales;
g) Ayudar a los países en desarrollo a coordinar políticas y programas en los planos regional y subregional con el fin de conservar y ordenar los recursos pesqueros y aplicar planes de ordenación integrada de las zonas costeras, incluso mediante el fomento de actividades sostenibles de pesca costera y tradicional y, cuando corresponda, la creación de infraestructuras conexas;
h) Tomar nota de la labor realizada en el contexto del proceso abierto de consultas oficiosas que la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció por su resolución 54/33 a fin de facilitar su examen anual de la evolución de la situación con respecto a los océanos y el próximo examen de la eficacia y utilidad de ese examen, que, con arreglo a lo dispuesto en la resolución indicada, tendrá lugar en el quincuagésimo séptimo período de sesiones.
31. Para lograr la sostenibilidad de la pesca, se habrán de adoptar las siguientes medidas en todos los planos:
a) Mantener las poblaciones de peces o restablecerlas a niveles que puedan producir el máximo rendimiento sostenible, y, con carácter urgente lograr esos objetivos en relación con las poblaciones agotadas y, cuando sea posible, a más tardar en el año 2015;
b) Ratificar los acuerdos o disposiciones de las Naciones Unidas sobre la pesca y, cuando corresponda, los acuerdos o disposiciones regionales conexos, o adherirse a ellos, y aplicarlos eficazmente, en particular el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, y el Acuerdo de 1993 para promover el cumplimiento de las medidas internacionales de conservación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en alta mar;
c) Aplicar las disposiciones del Código de Conducta para la pesca responsable de 1995, tomando nota de las necesidades especiales de los países en desarrollo, como se señala en el artículo 5 del Código, y los planes de acción internacionales y las directrices técnicas pertinentes de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación;
d) Elaborar y ejecutar, con carácter urgente, planes de acción nacionales y, cuando corresponda, regionales con el fin de dar cumplimiento a los planes de acción internacionales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, en particular el Plan de acción internacional para la gestión de la capacidad de pesca, antes de 2005, y el Plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, antes de 2004. Establecer medios eficaces de vigilancia, información y ejecución, así como de supervisión de los buques de pesca, incluso por los Estados del pabellón, a fin de fomentar la aplicación del Plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada;
e) Alentar a las organizaciones y mecanismos regionales pertinentes de ordenación de la pesca tengan debidamente en cuenta los derechos, obligaciones e intereses de los Estados ribereños y las necesidades especiales de los Estados en desarrollo al tratar la cuestión de la distribución de los recursos pesqueros en el caso de las poblaciones de peces transzonales y altamente migratorios, teniendo presentes las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, en alta mar y en las zonas económicas exclusivas;
f) Eliminar los subsidios que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, así como al exceso de capacidad, llevar a buen término las iniciativas tomadas en la Organización Internacional del Comercio para aclarar y mejorar las normas sobre subsidios de pesca, teniendo en cuenta la importancia que tiene este sector para los países en desarrollo;
g) Fortalecer la coordinación entre los donantes y las asociaciones de colaboración entre las instituciones financieras internacionales, los organismos bilaterales y otros interesados para permitir a los países en desarrollo, en particular a los países menos adelantados, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países de economías en transición, desarrollar su capacidad nacional, regional y subregional para la creación de infraestructura para la pesca y la gestión integrada y la explotación sostenible de los recursos pesqueros;
h) Apoyar el desarrollo sostenible de la acuicultura, incluso en pequeña escala, dada su creciente importancia para la seguridad alimentaria y el desarrollo económico.
a) Invitar a los Estados a que ratifiquen la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 1982, que constituye el marco jurídico general de las actividades relacionadas con los océanos, o se adhieran a ella, y apliquen sus disposiciones;
b) Promover la aplicación del capítulo 17 del Programa 21, en el cual figura el programa de acción para lograr el desarrollo sostenible de los océanos, las zonas costeras y los mares en el contexto de sus esferas programáticas, a saber: la ordenación integrada y el desarrollo sostenible de las zonas costeras, incluidas las zonas económicas exclusivas; la protección del medio marino; el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos marinos vivos; la solución de los principales problemas que se plantean respecto de la ordenación del medio marino y el cambio climático; el fortalecimiento de la cooperación internacional y de la cooperación y la coordinación regionales y el desarrollo sostenible de las islas pequeñas;
c) Establecer un mecanismo de coordinación interinstitucional eficaz y transparente sobre cuestiones oceánicas y costeras en el sistema de las Naciones Unidas;
d) Promover la aplicación, para el año 2010, del enfoque basado en los ecosistemas, teniendo en cuenta la Declaración de Reykjavik sobre la pesca responsable en el ecosistema marino y la decisión 5/6 de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica;
e) Promover la gestión integrada, multidisciplinaria y multisectorial de las costas y los océanos a nivel nacional y alentar y ayudar a los Estados ribereños a establecer políticas relativas a los océanos y mecanismos para la gestión integrada de las costas;
f) Fortalecer la cooperación regional y la coordinación entre las organizaciones y programas regionales pertinentes, los programas sobre los mares regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, las organizaciones regionales de ordenación de la pesca y otras organizaciones científicas, de salud y de desarrollo regionales;
g) Ayudar a los países en desarrollo a coordinar políticas y programas en los planos regional y subregional con el fin de conservar y ordenar los recursos pesqueros y aplicar planes de ordenación integrada de las zonas costeras, incluso mediante el fomento de actividades sostenibles de pesca costera y tradicional y, cuando corresponda, la creación de infraestructuras conexas;
h) Tomar nota de la labor realizada en el contexto del proceso abierto de consultas oficiosas que la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció por su resolución 54/33 a fin de facilitar su examen anual de la evolución de la situación con respecto a los océanos y el próximo examen de la eficacia y utilidad de ese examen, que, con arreglo a lo dispuesto en la resolución indicada, tendrá lugar en el quincuagésimo séptimo período de sesiones.
31. Para lograr la sostenibilidad de la pesca, se habrán de adoptar las siguientes medidas en todos los planos:
a) Mantener las poblaciones de peces o restablecerlas a niveles que puedan producir el máximo rendimiento sostenible, y, con carácter urgente lograr esos objetivos en relación con las poblaciones agotadas y, cuando sea posible, a más tardar en el año 2015;
b) Ratificar los acuerdos o disposiciones de las Naciones Unidas sobre la pesca y, cuando corresponda, los acuerdos o disposiciones regionales conexos, o adherirse a ellos, y aplicarlos eficazmente, en particular el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, y el Acuerdo de 1993 para promover el cumplimiento de las medidas internacionales de conservación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en alta mar;
c) Aplicar las disposiciones del Código de Conducta para la pesca responsable de 1995, tomando nota de las necesidades especiales de los países en desarrollo, como se señala en el artículo 5 del Código, y los planes de acción internacionales y las directrices técnicas pertinentes de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación;
d) Elaborar y ejecutar, con carácter urgente, planes de acción nacionales y, cuando corresponda, regionales con el fin de dar cumplimiento a los planes de acción internacionales de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, en particular el Plan de acción internacional para la gestión de la capacidad de pesca, antes de 2005, y el Plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, antes de 2004. Establecer medios eficaces de vigilancia, información y ejecución, así como de supervisión de los buques de pesca, incluso por los Estados del pabellón, a fin de fomentar la aplicación del Plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada;
e) Alentar a las organizaciones y mecanismos regionales pertinentes de ordenación de la pesca tengan debidamente en cuenta los derechos, obligaciones e intereses de los Estados ribereños y las necesidades especiales de los Estados en desarrollo al tratar la cuestión de la distribución de los recursos pesqueros en el caso de las poblaciones de peces transzonales y altamente migratorios, teniendo presentes las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, en alta mar y en las zonas económicas exclusivas;
f) Eliminar los subsidios que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, así como al exceso de capacidad, llevar a buen término las iniciativas tomadas en la Organización Internacional del Comercio para aclarar y mejorar las normas sobre subsidios de pesca, teniendo en cuenta la importancia que tiene este sector para los países en desarrollo;
g) Fortalecer la coordinación entre los donantes y las asociaciones de colaboración entre las instituciones financieras internacionales, los organismos bilaterales y otros interesados para permitir a los países en desarrollo, en particular a los países menos adelantados, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países de economías en transición, desarrollar su capacidad nacional, regional y subregional para la creación de infraestructura para la pesca y la gestión integrada y la explotación sostenible de los recursos pesqueros;
h) Apoyar el desarrollo sostenible de la acuicultura, incluso en pequeña escala, dada su creciente importancia para la seguridad alimentaria y el desarrollo económico.
32. De conformidad con el capítulo 17 del Programa 21, promover la conservación y ordenación de los océanos adoptando medidas en todos los niveles y teniendo debidamente en cuenta los instrumentos internacionales aplicables para:
a) Mantener la productividad y la diversidad biológica de las zonas marinas y costeras importantes y vulnerables, incluidas las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional;
b) Aplicar el programa de trabajo basado en el Mandato de Yakarta sobre la conservación y el aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica marina y costera, incluso movilizando urgentemente recursos financieros y asistencia técnica y desarrollando los recursos humanos y la capacidad institucional, en particular en los países en desarrollo;
c) Elaborar diversos enfoques e instrumentos y facilitar su uso, incluido el enfoque basado en los ecosistemas, la eliminación de prácticas de pesca destructivas, el establecimiento de zonas marinas protegidas de conformidad con el derecho internacional y sobre la base de información científica, incluso el establecimiento de redes antes de 2012, el cierre de zonas en algunas épocas del año para proteger los períodos y los lugares de cría y reproducción; el uso adecuado de la tierra en las zonas costeras y la planificación de las cuencas y la integración de la ordenación de las zonas marinas y costeras en sectores clave;
d) Elaborar programas nacionales, regionales e internacionales para contener la pérdida de la diversidad biológica marina, incluidos los arrecifes de coral y los humedales;
e) Aplicar el Convenio de Ramsar, incluido el programa de trabajo conjunto con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, y el programa de acción incorporado en la Iniciativa Internacional sobre los Arrecifes de Coral, con miras a fortalecer los planes conjuntos de ordenación y establecer redes internacionales de información sobre los ecosistemas y los humedales de las zonas costeras, incluidos los arrecifes de coral, los manglares, los lechos de algas y los fangales de marea.
a) Mantener la productividad y la diversidad biológica de las zonas marinas y costeras importantes y vulnerables, incluidas las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional;
b) Aplicar el programa de trabajo basado en el Mandato de Yakarta sobre la conservación y el aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica marina y costera, incluso movilizando urgentemente recursos financieros y asistencia técnica y desarrollando los recursos humanos y la capacidad institucional, en particular en los países en desarrollo;
c) Elaborar diversos enfoques e instrumentos y facilitar su uso, incluido el enfoque basado en los ecosistemas, la eliminación de prácticas de pesca destructivas, el establecimiento de zonas marinas protegidas de conformidad con el derecho internacional y sobre la base de información científica, incluso el establecimiento de redes antes de 2012, el cierre de zonas en algunas épocas del año para proteger los períodos y los lugares de cría y reproducción; el uso adecuado de la tierra en las zonas costeras y la planificación de las cuencas y la integración de la ordenación de las zonas marinas y costeras en sectores clave;
d) Elaborar programas nacionales, regionales e internacionales para contener la pérdida de la diversidad biológica marina, incluidos los arrecifes de coral y los humedales;
e) Aplicar el Convenio de Ramsar, incluido el programa de trabajo conjunto con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, y el programa de acción incorporado en la Iniciativa Internacional sobre los Arrecifes de Coral, con miras a fortalecer los planes conjuntos de ordenación y establecer redes internacionales de información sobre los ecosistemas y los humedales de las zonas costeras, incluidos los arrecifes de coral, los manglares, los lechos de algas y los fangales de marea.
33. Promover la aplicación del Programa de Acción Mundial para la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra y la Declaración de Montreal para la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra, prestando especial atención en el período 2002-2006, a la cuestión de las aguas de desecho municipales, la alteración física y la destrucción de los hábitat y de nutrientes, adoptando medidas en todos los planos para:
a) Facilitar las asociaciones de colaboración, la investigación científica y la difusión de los conocimientos técnicos; movilizar recursos nacionales, regionales e internacionales y promover el aumento de la capacidad humana e institucional, prestando especial atención a las necesidades de los países en desarrollo;
b) Fortalecer la capacidad de los países en desarrollo para elaborar programas y mecanismos nacionales con el fin de incorporar los objetivos del Programa de Acción Mundial y hacer frente a los riesgos y consecuencias de la contaminación de los océanos;
c) Elaborar programas de acción regionales y mejorar los vínculos con los planes estratégicos para el desarrollo sostenible de los recursos costeros y marinos, prestando especial atención a las zonas sometidas a cambios acelerados del medio ambiente y a las presiones del desarrollo;
d) Hacer todo lo posible por lograr progresos considerables, antes de la próxima Conferencia sobre el Programa de Acción Mundial que se celebrará en 2006, en lo que respecta a la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra.
a) Facilitar las asociaciones de colaboración, la investigación científica y la difusión de los conocimientos técnicos; movilizar recursos nacionales, regionales e internacionales y promover el aumento de la capacidad humana e institucional, prestando especial atención a las necesidades de los países en desarrollo;
b) Fortalecer la capacidad de los países en desarrollo para elaborar programas y mecanismos nacionales con el fin de incorporar los objetivos del Programa de Acción Mundial y hacer frente a los riesgos y consecuencias de la contaminación de los océanos;
c) Elaborar programas de acción regionales y mejorar los vínculos con los planes estratégicos para el desarrollo sostenible de los recursos costeros y marinos, prestando especial atención a las zonas sometidas a cambios acelerados del medio ambiente y a las presiones del desarrollo;
d) Hacer todo lo posible por lograr progresos considerables, antes de la próxima Conferencia sobre el Programa de Acción Mundial que se celebrará en 2006, en lo que respecta a la protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra.
34. Mejorar la seguridad marítima y la protección del medio marino contra la contaminación adoptando medidas en todos los niveles para:
a) Invitar a los Estados a que ratifiquen las convenciones, protocolos y otros instrumentos de la Organización Marítima Internacional relacionados con el aumento de la seguridad marítima y la protección del medio marino contra la contaminación marina, los daños ambientales causados por los buques, incluso mediante el uso de pinturas antiincrustantes tóxicas, o se adhieran a ellos, y los apliquen, e instar a la Organización Marítima Internacional (OMI) a que estudie la posibilidad de establecer mecanismos más eficaces para asegurar que los Estados del pabellón apliquen los instrumentos de la OMI;
b) Acelerar la elaboración de medidas para hacer frente al problema de las especies foráneas invasoras de las aguas de lastre, instar a la Organización Marítima Internacional a que finalice el proyecto de convenio internacional para el control y la gestión de las aguas de lastre y los sedimentos de los buques.
a) Invitar a los Estados a que ratifiquen las convenciones, protocolos y otros instrumentos de la Organización Marítima Internacional relacionados con el aumento de la seguridad marítima y la protección del medio marino contra la contaminación marina, los daños ambientales causados por los buques, incluso mediante el uso de pinturas antiincrustantes tóxicas, o se adhieran a ellos, y los apliquen, e instar a la Organización Marítima Internacional (OMI) a que estudie la posibilidad de establecer mecanismos más eficaces para asegurar que los Estados del pabellón apliquen los instrumentos de la OMI;
b) Acelerar la elaboración de medidas para hacer frente al problema de las especies foráneas invasoras de las aguas de lastre, instar a la Organización Marítima Internacional a que finalice el proyecto de convenio internacional para el control y la gestión de las aguas de lastre y los sedimentos de los buques.
35. Se insta a los gobiernos a que, teniendo en cuenta sus circunstancias nacionales, recordando el párrafo 8 de la resolución GC (44)/RES/17 de la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica y teniendo en cuenta las gravísimas consecuencias para el medio ambiente y la salud humana que pueden tener los desechos radiactivos, hagan todo lo posible por examinar y mejorar las medidas y reglamentaciones de seguridad convenidas internacionalmente y, al mismo tiempo, subrayen la importancia de establecer mecanismos eficaces de asignación de la responsabilidad, aplicables al transporte marítimo internacional y a otros movimientos transfronterizos de material radiactivo, desechos radiactivos y combustible gastado, que incluyan, entre otras cosas, acuerdos para la notificación previa y consultas celebradas de conformidad con los instrumentos internacionales pertinentes.
36. Mejorar la evaluación y la comprensión científica de los ecosistemas marinos y costeros como base fundamental para la adopción de decisiones bien fundadas, adoptando medidas en todos los planos con objeto de:
a) Incrementar la colaboración científica y técnica, en particular las evaluaciones integradas en los planos mundial y regional, la transferencia adecuada de tecnologías, técnicas y conocimientos científicos para la conservación y ordenación de los recursos marinos orgánicos e inorgánicos, y ampliar la capacidad de observación de los océanos para poder hacer pronósticos y evaluaciones oportunas del estado del medio marino;
b) Establecer, a más tardar en 2004, un procedimiento en el marco de las Naciones Unidas para la presentación periódica de informes sobre el estado del medio marino, la evaluación de éste en el plano mundial, incluidos los aspectos socioeconómicos actuales y previsibles, basándose en las evaluaciones regionales existentes;
c) Desarrollar la capacidad en la esfera de la oceanografía, la información y la ordenación del medio marino, entre otras cosas, promoviendo las evaluaciones del impacto ambiental y el uso de técnicas de evaluación y la presentación de informes sobre el medio ambiente en relación con proyectos o actividades que puedan ser nocivos para los entornos costeros y marinos y sus recursos orgánicos e inorgánicos;
d) Fortalecer la capacidad de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y otras organizaciones internacionales, regionales y subregionales competentes para aumentar la capacidad nacional y local en el campo de la oceanografía y la ordenación sostenible de los mares y sus recursos.
37. La aplicación, con respecto a la vulnerabilidad a los desastres, la evaluación de riesgos y la gestión de desastres, de un enfoque integrado, inclusivo y que tenga en cuenta peligros múltiples, y que abarque las actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y recuperación es esencial para que el mundo sea más seguro en el siglo XXI.
a) Incrementar la colaboración científica y técnica, en particular las evaluaciones integradas en los planos mundial y regional, la transferencia adecuada de tecnologías, técnicas y conocimientos científicos para la conservación y ordenación de los recursos marinos orgánicos e inorgánicos, y ampliar la capacidad de observación de los océanos para poder hacer pronósticos y evaluaciones oportunas del estado del medio marino;
b) Establecer, a más tardar en 2004, un procedimiento en el marco de las Naciones Unidas para la presentación periódica de informes sobre el estado del medio marino, la evaluación de éste en el plano mundial, incluidos los aspectos socioeconómicos actuales y previsibles, basándose en las evaluaciones regionales existentes;
c) Desarrollar la capacidad en la esfera de la oceanografía, la información y la ordenación del medio marino, entre otras cosas, promoviendo las evaluaciones del impacto ambiental y el uso de técnicas de evaluación y la presentación de informes sobre el medio ambiente en relación con proyectos o actividades que puedan ser nocivos para los entornos costeros y marinos y sus recursos orgánicos e inorgánicos;
d) Fortalecer la capacidad de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y otras organizaciones internacionales, regionales y subregionales competentes para aumentar la capacidad nacional y local en el campo de la oceanografía y la ordenación sostenible de los mares y sus recursos.
37. La aplicación, con respecto a la vulnerabilidad a los desastres, la evaluación de riesgos y la gestión de desastres, de un enfoque integrado, inclusivo y que tenga en cuenta peligros múltiples, y que abarque las actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y recuperación es esencial para que el mundo sea más seguro en el siglo XXI.
Ello entrañaría la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a:
a) Fortalecer la aplicación de la Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales y alentar a la comunidad internacional a que proporcione los recursos financieros necesarios al Fondo Fiduciario para ese fin;
b) Respaldar el establecimiento de estrategias regionales, subregionales y nacionales eficaces y promover el apoyo institucional científico y técnico para la gestión de los desastres;
c) Fortalecer la capacidad institucional de los países y promover actividades conjuntas de observación e investigación a nivel internacional mejorando la vigilancia en tierra y un mayor uso de datos de satélites, la difusión de conocimientos técnicos y científicos y la prestación de asistencia a los países vulnerables;
d) Reducir los riesgos de inundaciones y sequías en los países vulnerables mediante, entre otras cosas, la promoción de la protección y recuperación de los humedales y las cuencas hidrográficas, el mejoramiento de la planificación del uso de la tierra, el mejoramiento y la aplicación más amplia de las técnicas y metodologías de evaluación de los posibles efectos adversos del cambio climático en los humedales y, según convenga, ayudar a los países que sean especialmente vulnerables;
e) Mejorar las técnicas y metodologías de evaluación de los efectos del cambio climático y alentar al Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático a que siga evaluando esos efectos adversos;
f) Alentar la difusión y el uso de conocimientos tradicionales y locales para mitigar los efectos de los desastres, y alentar a las autoridades locales a planificar la gestión en casos de desastre basada en la comunidad, incluso mediante actividades de capacitación y sensibilización de la opinión pública;
g) Apoyar las contribuciones voluntarias de las organizaciones no gubernamentales, la comunidad científica y otras entidades en la gestión de los desastres naturales, según convenga, de conformidad con directrices pertinentes convenidas;
h) Establecer sistemas de alerta temprana y redes de información para la gestión de desastres que tengan en cuenta la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres y fortalecer los existentes;
i) Fomentar y mejorar la capacidad en todos los niveles para reunir y difundir información científica y técnica, incluido el mejoramiento de los sistemas de alarma temprana para prever fenómenos climáticos extremos, especialmente El Niño/La Niña, mediante la prestación de asistencia a instituciones que se ocupan de los problemas causados por esos fenómenos, en particular el Centro Internacional para el Estudio del Fenómeno de El Niño;
j) Promover la cooperación en las actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación en relación con desastres graves, tecnológicos y de otra índole, que tengan efectos adversos en el medio ambiente con el fin de aumentar la capacidad de los países afectados para hacer frente a esas situaciones.
a) Fortalecer la aplicación de la Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales y alentar a la comunidad internacional a que proporcione los recursos financieros necesarios al Fondo Fiduciario para ese fin;
b) Respaldar el establecimiento de estrategias regionales, subregionales y nacionales eficaces y promover el apoyo institucional científico y técnico para la gestión de los desastres;
c) Fortalecer la capacidad institucional de los países y promover actividades conjuntas de observación e investigación a nivel internacional mejorando la vigilancia en tierra y un mayor uso de datos de satélites, la difusión de conocimientos técnicos y científicos y la prestación de asistencia a los países vulnerables;
d) Reducir los riesgos de inundaciones y sequías en los países vulnerables mediante, entre otras cosas, la promoción de la protección y recuperación de los humedales y las cuencas hidrográficas, el mejoramiento de la planificación del uso de la tierra, el mejoramiento y la aplicación más amplia de las técnicas y metodologías de evaluación de los posibles efectos adversos del cambio climático en los humedales y, según convenga, ayudar a los países que sean especialmente vulnerables;
e) Mejorar las técnicas y metodologías de evaluación de los efectos del cambio climático y alentar al Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático a que siga evaluando esos efectos adversos;
f) Alentar la difusión y el uso de conocimientos tradicionales y locales para mitigar los efectos de los desastres, y alentar a las autoridades locales a planificar la gestión en casos de desastre basada en la comunidad, incluso mediante actividades de capacitación y sensibilización de la opinión pública;
g) Apoyar las contribuciones voluntarias de las organizaciones no gubernamentales, la comunidad científica y otras entidades en la gestión de los desastres naturales, según convenga, de conformidad con directrices pertinentes convenidas;
h) Establecer sistemas de alerta temprana y redes de información para la gestión de desastres que tengan en cuenta la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres y fortalecer los existentes;
i) Fomentar y mejorar la capacidad en todos los niveles para reunir y difundir información científica y técnica, incluido el mejoramiento de los sistemas de alarma temprana para prever fenómenos climáticos extremos, especialmente El Niño/La Niña, mediante la prestación de asistencia a instituciones que se ocupan de los problemas causados por esos fenómenos, en particular el Centro Internacional para el Estudio del Fenómeno de El Niño;
j) Promover la cooperación en las actividades de prevención, mitigación, preparación, respuesta y rehabilitación en relación con desastres graves, tecnológicos y de otra índole, que tengan efectos adversos en el medio ambiente con el fin de aumentar la capacidad de los países afectados para hacer frente a esas situaciones.
38. El cambio climático y sus efectos adversos son una preocupación de toda la humanidad. Seguimos profundamente preocupados por que todos los países, en particular los países en desarrollo, los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, enfrentan riesgos cada vez mayores en lo que respecta a los efectos negativos del cambio climático; reconocemos que, en ese contexto, la atención mundial sigue centrada en los problemas de la pobreza, la degradación de la tierra, el acceso al agua y a los alimentos y la salud humana. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático es el instrumento fundamental para hacer frente al problema del cambio climático, que es un problema universal. Reafirmamos nuestro compromiso de alcanzar el objetivo último de la Convención, que es estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que evite interferencias antropógenas peligrosas para el sistema climático, dentro de un plazo suficiente para que los ecosistemas puedan adaptarse naturalmente al cambio climático; velar por que no se vea amenazada la producción de alimentos y permitir que el desarrollo económico tenga lugar de forma sostenible, de conformidad con nuestras responsabilidades comunes pero diferenciadas y nuestras capacidades respectivas. Recordando la Declaración del Milenio, en que los Jefes de Estado y de Gobierno resolvieron hacer todo lo posible por que el Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático entrara en vigor, de ser posible antes del décimo aniversario de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en 2002, y se iniciara la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Los que han ratificado el Protocolo de Kioto exhortan firmemente a los que no lo hayan hecho a que ratifiquen oportunamente el Protocolo. Se requieren en todos los niveles medidas encaminadas a:
a) Cumplir todos los compromisos y obligaciones contraídos en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;
b) Colaborar con miras a alcanzar los objetivos de la Convención;
c) Prestar asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y a los países con economías en transición y fortalecer su capacidad de conformidad con los compromisos contraídos en virtud de la Convención, incluidos los acuerdos de Marrakech;
d) Desarrollar y mejorar la capacidad científica y tecnológica para el intercambio de datos e información científica, en particular en los países en desarrollo, entre otras cosas, prestando apoyo al Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático;
e) Promover el desarrollo y la transferencia de soluciones tecnológicas;
f) Idear y divulgar nuevas tecnologías en sectores clave del desarrollo, en particular el de la energía, y promover las inversiones a este respecto, incluso mediante la participación del sector privado, la adopción de enfoques con orientación de mercado y de políticas oficiales en apoyo de estos objetivos y la cooperación internacional;
g) Promover la observación sistemática de la atmósfera, las masas continentales y los océanos y con ese fin mejorar las estaciones terrestres de observación, aumentar el uso de satélites e integrar adecuadamente esas observaciones para generar datos de alta calidad que puedan divulgarse y ser utilizados por todos los países, en particular los países en desarrollo;
h) Fortalecer la aplicación de estrategias nacionales, regionales e internacionales para la vigilancia de la atmósfera, las masas continentales y los océanos incluso, cuando corresponda, estrategias para realizar observaciones mundiales integradas con la cooperación de las organizaciones internacionales competentes, en particular los organismos especializados, en el marco de la Convención;
i) Apoyar iniciativas para evaluar las consecuencias del cambio climático, como la iniciativa del Consejo Ártico, incluidas las consecuencias ambientales, económicas y sociales para las comunidades indígenas y locales.
a) Cumplir todos los compromisos y obligaciones contraídos en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;
b) Colaborar con miras a alcanzar los objetivos de la Convención;
c) Prestar asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y a los países con economías en transición y fortalecer su capacidad de conformidad con los compromisos contraídos en virtud de la Convención, incluidos los acuerdos de Marrakech;
d) Desarrollar y mejorar la capacidad científica y tecnológica para el intercambio de datos e información científica, en particular en los países en desarrollo, entre otras cosas, prestando apoyo al Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático;
e) Promover el desarrollo y la transferencia de soluciones tecnológicas;
f) Idear y divulgar nuevas tecnologías en sectores clave del desarrollo, en particular el de la energía, y promover las inversiones a este respecto, incluso mediante la participación del sector privado, la adopción de enfoques con orientación de mercado y de políticas oficiales en apoyo de estos objetivos y la cooperación internacional;
g) Promover la observación sistemática de la atmósfera, las masas continentales y los océanos y con ese fin mejorar las estaciones terrestres de observación, aumentar el uso de satélites e integrar adecuadamente esas observaciones para generar datos de alta calidad que puedan divulgarse y ser utilizados por todos los países, en particular los países en desarrollo;
h) Fortalecer la aplicación de estrategias nacionales, regionales e internacionales para la vigilancia de la atmósfera, las masas continentales y los océanos incluso, cuando corresponda, estrategias para realizar observaciones mundiales integradas con la cooperación de las organizaciones internacionales competentes, en particular los organismos especializados, en el marco de la Convención;
i) Apoyar iniciativas para evaluar las consecuencias del cambio climático, como la iniciativa del Consejo Ártico, incluidas las consecuencias ambientales, económicas y sociales para las comunidades indígenas y locales.
39. Promover la cooperación en los planos internacional, regional y nacional para reducir la contaminación atmosférica, incluida la contaminación atmosférica transfronteriza, los depósitos ácidos y el agotamiento del ozono, teniendo en cuenta los principios de Río, entre ellos el concepto de que, dado que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas, adoptando medidas en todos los planos encaminadas a:
a) Reforzar la capacidad de los países en desarrollo y los países con economías en transición para medir, reducir y evaluar los efectos de la contaminación atmosférica, incluidos los efectos en la salud, y prestar apoyo financiero y técnico a esas actividades;
b) Facilitar la aplicación del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono velando por que se repongan suficientemente los recursos de su fondo a más tardar en 2003/2005;
c) Seguir apoyando el régimen efectivo para la protección de la capa de ozono establecido en el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono y el Protocolo de Montreal, incluido el mecanismo para garantizar su cumplimiento;
d) Aumentar el acceso de los países en desarrollo a alternativas asequibles, accesibles, eficaces en función de los costos, seguras y ecológicamente racionales a las sustancias que agotan la capa de ozono para 2010, y ayudarlos a cumplir el calendario de eliminación gradual de esas sustancias previsto en el Protocolo de Montreal, teniendo en cuenta que el agotamiento del ozono y el cambio climático están científica y técnicamente interrelacionados;
e) Tomar medidas para hacer frente al problema del tráfico ilícito de sustancias que agotan la capa de ozono.
a) Reforzar la capacidad de los países en desarrollo y los países con economías en transición para medir, reducir y evaluar los efectos de la contaminación atmosférica, incluidos los efectos en la salud, y prestar apoyo financiero y técnico a esas actividades;
b) Facilitar la aplicación del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono velando por que se repongan suficientemente los recursos de su fondo a más tardar en 2003/2005;
c) Seguir apoyando el régimen efectivo para la protección de la capa de ozono establecido en el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono y el Protocolo de Montreal, incluido el mecanismo para garantizar su cumplimiento;
d) Aumentar el acceso de los países en desarrollo a alternativas asequibles, accesibles, eficaces en función de los costos, seguras y ecológicamente racionales a las sustancias que agotan la capa de ozono para 2010, y ayudarlos a cumplir el calendario de eliminación gradual de esas sustancias previsto en el Protocolo de Montreal, teniendo en cuenta que el agotamiento del ozono y el cambio climático están científica y técnicamente interrelacionados;
e) Tomar medidas para hacer frente al problema del tráfico ilícito de sustancias que agotan la capa de ozono.
40. La agricultura cumple una función decisiva en la satisfacción de las necesidades de una población mundial cada vez mayor y está indisolublemente vinculada a la erradicación de la pobreza, especialmente en los países en desarrollo. Es indispensable fortalecer el papel de la mujer en el desarrollo rural, la agricultura, la nutrición y la seguridad alimentaria, en todos sus niveles y en todos sus aspectos. La agricultura y el desarrollo rural sostenible son fundamentales para que pueda aplicarse un criterio integrado encaminado a lograr de manera ecológicamente sostenible el incremento de la producción de alimentos y el mejoramiento de la seguridad alimentaria y de los alimentos. Ello entrañaría la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a:
a) Cumplir la meta formulada en la Declaración del Milenio consistente en reducir a la mitad para el año 2015 el porcentaje de las personas que pasan hambre y hacer efectivo el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para su salud y bienestar, y los de su familia, incluida la alimentación, promoviendo la seguridad alimentaria y luchando contra el hambre al tiempo que se adoptan medidas para hacer frente a la pobreza, en consonancia con los resultados de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación y, en el caso de los Estados partes, con las obligaciones que les incumben en virtud del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
b) Formular y aplicar planes integrados de ordenamiento de la tierra y de uso del agua basados en la utilización sostenible de los recursos renovables y en la evaluación integrada de los recursos socioeconómicos y ambientales, y fortalecer la capacidad de los gobiernos, las autoridades locales y las comunidades de supervisar y gestionar la cantidad y la calidad de los recursos hídricos;
c) Mejorar la comprensión del uso, la protección y la ordenación sostenibles de los recursos hídricos a fin de promover la sostenibilidad a largo plazo del medio ribereño y el medio marino y de los recursos de agua dulce;
d) Promover programas que aumenten de manera sostenible la productividad de la tierra y la utilización eficiente de los recursos hídricos en la agricultura, la silvicultura, los humedales, la pesca artesanal y la acuicultura, especialmente mediante enfoques basados en las comunidades locales y autóctonas;
e) Apoyar los esfuerzos de los países en desarrollo por proteger los oasis contra el limo, la degradación del suelo y el incremento de la salinidad, mediante una asistencia técnica y financiera adecuada;
f) Incrementar la participación de la mujer en todos los aspectos y en todos los niveles relacionados con la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria;
g) Integrar los sistemas de información sobre prácticas de uso de la tierra promoviendo en el plano nacional los servicios de investigación y extensión y las organizaciones de agricultores para alentar a éstos a intercambiar información sobre prácticas óptimas, por ejemplo, en materia de tecnologías ecológicamente racionales y de bajo costo, con la asistencia de las organizaciones internacionales competentes;
h) Adoptar, según proceda, medidas de protección de los sistemas de ordenación de los recursos autóctonos y apoyar la participación en la planificación rural y la gestión local de todos los interesados, tanto mujeres como hombres;
i) Adoptar políticas y promulgar leyes que garanticen derechos bien definidos y que se puedan hacer respetar en materia de uso de la tierra y del agua y promover la seguridad jurídica respecto de la tenencia de la tierra, reconociendo la existencia de distintos regímenes y leyes nacionales de acceso a la tierra y de tenencia, y prestar asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y los países con economías en transición que estén llevando a cabo un proceso de reforma de su régimen de tenencia de la tierra, a fin de fortalecer medios de subsistencia sostenibles;
j) Invertir la tendencia del sector público a reducir los recursos financieros destinados a la agricultura sostenible, prestar asistencia técnica y financiera adecuadas, promover las inversiones del sector privado y apoyar los esfuerzos de los países en desarrollo y de los países con economías en transición por aumentar su capacidad de investigación agrícola y de ordenación de los recursos naturales y la difusión de los resultados de las investigaciones a las comunidades agrícolas;
k) Emplear incentivos basados en el mercado para que las empresas agrícolas y los agricultores vigilen y gestionen el uso del agua y su calidad, por ejemplo, aplicando métodos como el riego en pequeña escala, el reciclado y el reaprovechamiento de las aguas residuales;
l) Ampliar el acceso a los mercados y crear nuevos mercados para los productos agrícolas con valor añadido;
m) Aumentar el reacondicionamiento de terrenos baldíos en los países desarrollados y los países con economías en transición, prestando asistencia técnica adecuada en los casos en que la contaminación constituya un problema grave;
n) Fomentar la cooperación internacional para luchar contra el cultivo ilícito de plantas narcóticas, teniendo en cuenta sus efectos sociales, económicos y ambientales negativos;
o) Promover programas de utilización ecológicamente racional, eficaz y eficiente de las prácticas de mejoramiento de la fertilidad de los suelos y de lucha contra las plagas de la agricultura;
p) Fortalecer y mejorar la coordinación de las iniciativas existentes tendientes a aumentar la producción agrícola sostenible y la seguridad alimentaria;
q) Invitar a los países que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Tratado Internacional sobre recursos genéticos vegetales para la agricultura y la alimentación;
r) Promover la conservación y el uso y la gestión sostenibles de los sistemas agrícolas tradicionales y autóctonos y fortalecer los modelos autóctonos de producción agrícola.
a) Cumplir la meta formulada en la Declaración del Milenio consistente en reducir a la mitad para el año 2015 el porcentaje de las personas que pasan hambre y hacer efectivo el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para su salud y bienestar, y los de su familia, incluida la alimentación, promoviendo la seguridad alimentaria y luchando contra el hambre al tiempo que se adoptan medidas para hacer frente a la pobreza, en consonancia con los resultados de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación y, en el caso de los Estados partes, con las obligaciones que les incumben en virtud del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
b) Formular y aplicar planes integrados de ordenamiento de la tierra y de uso del agua basados en la utilización sostenible de los recursos renovables y en la evaluación integrada de los recursos socioeconómicos y ambientales, y fortalecer la capacidad de los gobiernos, las autoridades locales y las comunidades de supervisar y gestionar la cantidad y la calidad de los recursos hídricos;
c) Mejorar la comprensión del uso, la protección y la ordenación sostenibles de los recursos hídricos a fin de promover la sostenibilidad a largo plazo del medio ribereño y el medio marino y de los recursos de agua dulce;
d) Promover programas que aumenten de manera sostenible la productividad de la tierra y la utilización eficiente de los recursos hídricos en la agricultura, la silvicultura, los humedales, la pesca artesanal y la acuicultura, especialmente mediante enfoques basados en las comunidades locales y autóctonas;
e) Apoyar los esfuerzos de los países en desarrollo por proteger los oasis contra el limo, la degradación del suelo y el incremento de la salinidad, mediante una asistencia técnica y financiera adecuada;
f) Incrementar la participación de la mujer en todos los aspectos y en todos los niveles relacionados con la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria;
g) Integrar los sistemas de información sobre prácticas de uso de la tierra promoviendo en el plano nacional los servicios de investigación y extensión y las organizaciones de agricultores para alentar a éstos a intercambiar información sobre prácticas óptimas, por ejemplo, en materia de tecnologías ecológicamente racionales y de bajo costo, con la asistencia de las organizaciones internacionales competentes;
h) Adoptar, según proceda, medidas de protección de los sistemas de ordenación de los recursos autóctonos y apoyar la participación en la planificación rural y la gestión local de todos los interesados, tanto mujeres como hombres;
i) Adoptar políticas y promulgar leyes que garanticen derechos bien definidos y que se puedan hacer respetar en materia de uso de la tierra y del agua y promover la seguridad jurídica respecto de la tenencia de la tierra, reconociendo la existencia de distintos regímenes y leyes nacionales de acceso a la tierra y de tenencia, y prestar asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y los países con economías en transición que estén llevando a cabo un proceso de reforma de su régimen de tenencia de la tierra, a fin de fortalecer medios de subsistencia sostenibles;
j) Invertir la tendencia del sector público a reducir los recursos financieros destinados a la agricultura sostenible, prestar asistencia técnica y financiera adecuadas, promover las inversiones del sector privado y apoyar los esfuerzos de los países en desarrollo y de los países con economías en transición por aumentar su capacidad de investigación agrícola y de ordenación de los recursos naturales y la difusión de los resultados de las investigaciones a las comunidades agrícolas;
k) Emplear incentivos basados en el mercado para que las empresas agrícolas y los agricultores vigilen y gestionen el uso del agua y su calidad, por ejemplo, aplicando métodos como el riego en pequeña escala, el reciclado y el reaprovechamiento de las aguas residuales;
l) Ampliar el acceso a los mercados y crear nuevos mercados para los productos agrícolas con valor añadido;
m) Aumentar el reacondicionamiento de terrenos baldíos en los países desarrollados y los países con economías en transición, prestando asistencia técnica adecuada en los casos en que la contaminación constituya un problema grave;
n) Fomentar la cooperación internacional para luchar contra el cultivo ilícito de plantas narcóticas, teniendo en cuenta sus efectos sociales, económicos y ambientales negativos;
o) Promover programas de utilización ecológicamente racional, eficaz y eficiente de las prácticas de mejoramiento de la fertilidad de los suelos y de lucha contra las plagas de la agricultura;
p) Fortalecer y mejorar la coordinación de las iniciativas existentes tendientes a aumentar la producción agrícola sostenible y la seguridad alimentaria;
q) Invitar a los países que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Tratado Internacional sobre recursos genéticos vegetales para la agricultura y la alimentación;
r) Promover la conservación y el uso y la gestión sostenibles de los sistemas agrícolas tradicionales y autóctonos y fortalecer los modelos autóctonos de producción agrícola.
41. Fortalecer la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África, para hacer frente a las causas de la desertificación y la degradación de los suelos y con el fin de conservar y recuperar las tierras y luchar contra la pobreza resultante de la degradación del suelo.
Ello entrañaría la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a:
a) Movilizar recursos financieros suficientes y previsibles y promover la transferencia de tecnología y el fomento de la capacidad en todos los planos;
b) Formular programas de acción nacionales para asegurar la aplicación pronta y eficaz de la Convención y los proyectos conexos, con el apoyo de la comunidad internacional, incluso mediante proyectos descentralizados en el plano local;
c) Alentar a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención de lucha contra la desertificación a que, prestando la debida atención a sus mandatos respectivos, sigan estudiando y aumentando las sinergias en la elaboración y aplicación de planes y estrategias con arreglo a las respectivas convenciones;
d) Incorporar medidas de prevención y lucha contra la desertificación, así como de mitigación de los efectos de la sequía, mediante políticas y programas pertinentes en ámbitos como la ordenación de tierras, aguas y bosques, la agricultura, el desarrollo rural, los sistemas de alerta temprana, el medio ambiente, la energía, los recursos naturales, la salud y la educación, y estrategias de erradicación de la pobreza y desarrollo sostenible;
e) Brindar, a nivel local y a un costo razonable, acceso a la información necesaria para mejorar la vigilancia y la alerta temprana en materia de desertificación y sequía;
f) Pedir a la Segunda Asamblea del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) que adopte medidas sobre la base de las recomendaciones del Consejo del FMAM tendientes a designar la degradación del suelo (desertificación y deforestación) esfera de actividad del Fondo, de manera de hacer efectivo el apoyo del FMAM a la aplicación adecuada de la Convención de lucha contra la desertificación; considerar en consecuencia la posibilidad de que el FMAM pase a ser un mecanismo financiero de dicha Convención, teniendo en cuenta las prerrogativas y decisiones de la Conferencia de las Partes en la Convención y reconociendo el carácter complementario de las funciones del FMAM y del Mecanismo Mundial de la Convención en lo tocante a la prestación y la movilización de recursos para la elaboración y la aplicación de programas de acción;
g) Aumentar la sostenibilidad de los recursos de las praderas fortaleciendo la gestión y el cumplimiento de la ley y haciendo que la comunidad internacional preste apoyo financiero y técnico a los países en desarrollo.
a) Movilizar recursos financieros suficientes y previsibles y promover la transferencia de tecnología y el fomento de la capacidad en todos los planos;
b) Formular programas de acción nacionales para asegurar la aplicación pronta y eficaz de la Convención y los proyectos conexos, con el apoyo de la comunidad internacional, incluso mediante proyectos descentralizados en el plano local;
c) Alentar a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención de lucha contra la desertificación a que, prestando la debida atención a sus mandatos respectivos, sigan estudiando y aumentando las sinergias en la elaboración y aplicación de planes y estrategias con arreglo a las respectivas convenciones;
d) Incorporar medidas de prevención y lucha contra la desertificación, así como de mitigación de los efectos de la sequía, mediante políticas y programas pertinentes en ámbitos como la ordenación de tierras, aguas y bosques, la agricultura, el desarrollo rural, los sistemas de alerta temprana, el medio ambiente, la energía, los recursos naturales, la salud y la educación, y estrategias de erradicación de la pobreza y desarrollo sostenible;
e) Brindar, a nivel local y a un costo razonable, acceso a la información necesaria para mejorar la vigilancia y la alerta temprana en materia de desertificación y sequía;
f) Pedir a la Segunda Asamblea del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) que adopte medidas sobre la base de las recomendaciones del Consejo del FMAM tendientes a designar la degradación del suelo (desertificación y deforestación) esfera de actividad del Fondo, de manera de hacer efectivo el apoyo del FMAM a la aplicación adecuada de la Convención de lucha contra la desertificación; considerar en consecuencia la posibilidad de que el FMAM pase a ser un mecanismo financiero de dicha Convención, teniendo en cuenta las prerrogativas y decisiones de la Conferencia de las Partes en la Convención y reconociendo el carácter complementario de las funciones del FMAM y del Mecanismo Mundial de la Convención en lo tocante a la prestación y la movilización de recursos para la elaboración y la aplicación de programas de acción;
g) Aumentar la sostenibilidad de los recursos de las praderas fortaleciendo la gestión y el cumplimiento de la ley y haciendo que la comunidad internacional preste apoyo financiero y técnico a los países en desarrollo.
42. Los ecosistemas montañosos sustentan formas particulares de subsistencia y contienen importantes recursos relacionados con las cuencas hidrográficas, la diversidad biológica y una flora y una fauna singulares. Muchos de ellos son particularmente frágiles y vulnerables a los efectos adversos del cambio climático y necesitan medidas específicas de protección. Será preciso adoptar medidas en todos los planos con objeto de:
a) Formular y promover programas, políticas y enfoques que integren los componentes ambientales, económicos y sociales del desarrollo sostenible de las zonas montañosas, y refuercen la cooperación internacional en cuanto a los efectos positivos para los programas de erradicación de la pobreza, especialmente en los países en desarrollo;
b) Ejecutar programas para combatir, según proceda, la deforestación, la erosión, la degradación del suelo, la pérdida de diversidad biológica, la alteración de los cursos de agua y el retroceso de los glaciares;
c) Formular y aplicar, cuando corresponda, políticas y programas, incluso de inversiones públicas y privadas, que, teniendo en cuenta las consideraciones de género, contribuyan a eliminar la desigualdad de condiciones que deben afrontar las comunidades montañesas;
d) Aplicar programas de promoción de la diversificación y de la economía, los modos de subsistencia sostenibles y los sistemas de producción en pequeña escala tradicionales de las montañas, incluso organizando programas específicos de capacitación y mejorando el acceso a los mercados nacionales e internacionales, las comunicaciones y la planificación del transporte, teniendo en cuenta la fragilidad particular de las montañas;
e) Promover la plena participación de las comunidades montañesas en las decisiones que las afectan e incorporar los conocimientos, el patrimonio y los valores autóctonos en todas las iniciativas de desarrollo;
f) Movilizar apoyo nacional e internacional para la investigación aplicada y el fomento de la capacidad, prestar asistencia financiera y técnica para la ejecución eficaz del desarrollo sostenible de los ecosistemas de montaña en los países en desarrollo y los países con economías en transición, y hacer frente a la pobreza de las personas que viven en las montañas mediante planes, proyectos y programas concretos, con suficiente apoyo de todos los interesados y teniendo en cuenta el espíritu del Año Internacional de las Montañas, que se celebra en 2002.
a) Formular y promover programas, políticas y enfoques que integren los componentes ambientales, económicos y sociales del desarrollo sostenible de las zonas montañosas, y refuercen la cooperación internacional en cuanto a los efectos positivos para los programas de erradicación de la pobreza, especialmente en los países en desarrollo;
b) Ejecutar programas para combatir, según proceda, la deforestación, la erosión, la degradación del suelo, la pérdida de diversidad biológica, la alteración de los cursos de agua y el retroceso de los glaciares;
c) Formular y aplicar, cuando corresponda, políticas y programas, incluso de inversiones públicas y privadas, que, teniendo en cuenta las consideraciones de género, contribuyan a eliminar la desigualdad de condiciones que deben afrontar las comunidades montañesas;
d) Aplicar programas de promoción de la diversificación y de la economía, los modos de subsistencia sostenibles y los sistemas de producción en pequeña escala tradicionales de las montañas, incluso organizando programas específicos de capacitación y mejorando el acceso a los mercados nacionales e internacionales, las comunicaciones y la planificación del transporte, teniendo en cuenta la fragilidad particular de las montañas;
e) Promover la plena participación de las comunidades montañesas en las decisiones que las afectan e incorporar los conocimientos, el patrimonio y los valores autóctonos en todas las iniciativas de desarrollo;
f) Movilizar apoyo nacional e internacional para la investigación aplicada y el fomento de la capacidad, prestar asistencia financiera y técnica para la ejecución eficaz del desarrollo sostenible de los ecosistemas de montaña en los países en desarrollo y los países con economías en transición, y hacer frente a la pobreza de las personas que viven en las montañas mediante planes, proyectos y programas concretos, con suficiente apoyo de todos los interesados y teniendo en cuenta el espíritu del Año Internacional de las Montañas, que se celebra en 2002.
43. Promover el desarrollo sostenible del turismo, incluido el turismo no consuntivo y el turismo ecológico, teniendo en cuenta el espíritu del Año Internacional del Ecoturismo y del Año de las Naciones Unidas del Patrimonio Cultural, que se celebran en 2002, así como el espíritu de la Cumbre Mundial del Ecoturismo de 2002 y el Código Ético Mundial para el Turismo aprobado por la Organización Mundial del Turismo, a fin de aumentar los beneficios que las comunidades receptoras obtienen de los recursos que aporta el turismo, manteniendo al mismo tiempo la integridad cultural y ambiental de dichas comunidades y aumentando la protección de las zonas ecológicamente delicadas y del patrimonio natural. Promover el desarrollo sostenible del turismo y el fomento de la capacidad en ese ámbito para contribuir al fortalecimiento de las comunidades rurales y locales.
Ello entrañaría la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a:
a) Aumentar la cooperación internacional, las inversiones extranjeras directas y las asociaciones con el sector privado y el sector público en todos los niveles;
b) Formular programas, incluso en materia de educación y capacitación, que fomenten la participación en el ecoturismo, habiliten a las comunidades autóctonas y locales para fomentar el ecoturismo y beneficiarse de él e intensifiquen la cooperación entre los distintos interesados en el desarrollo del turismo y la preservación del patrimonio, con el fin de aumentar la protección del medio ambiente, los recursos naturales y el patrimonio cultural;
c) Prestar asistencia técnica a los países en desarrollo y los países con economías en transición con el fin de apoyar el desarrollo de empresas de turismo sostenible, las inversiones en dichas empresas y los programas de creación de conciencia turística, mejorar el turismo interno y estimular el desarrollo empresarial;
d) Ayudar a las comunidades locales a administrar las visitas a sus atracciones turísticas de modo que obtengan el mayor beneficio posible con un mínimo de riesgos y de efectos negativos para sus tradiciones, su cultura y su medio ambiente, con el apoyo de la Organización Mundial del Turismo y otras organizaciones competentes;
e) Promover la diversificación de las actividades económicas, incluso facilitando el acceso a los mercados y a la información comercial, así como la participación de las empresas locales incipientes, especialmente las pequeñas y medianas.
a) Aumentar la cooperación internacional, las inversiones extranjeras directas y las asociaciones con el sector privado y el sector público en todos los niveles;
b) Formular programas, incluso en materia de educación y capacitación, que fomenten la participación en el ecoturismo, habiliten a las comunidades autóctonas y locales para fomentar el ecoturismo y beneficiarse de él e intensifiquen la cooperación entre los distintos interesados en el desarrollo del turismo y la preservación del patrimonio, con el fin de aumentar la protección del medio ambiente, los recursos naturales y el patrimonio cultural;
c) Prestar asistencia técnica a los países en desarrollo y los países con economías en transición con el fin de apoyar el desarrollo de empresas de turismo sostenible, las inversiones en dichas empresas y los programas de creación de conciencia turística, mejorar el turismo interno y estimular el desarrollo empresarial;
d) Ayudar a las comunidades locales a administrar las visitas a sus atracciones turísticas de modo que obtengan el mayor beneficio posible con un mínimo de riesgos y de efectos negativos para sus tradiciones, su cultura y su medio ambiente, con el apoyo de la Organización Mundial del Turismo y otras organizaciones competentes;
e) Promover la diversificación de las actividades económicas, incluso facilitando el acceso a los mercados y a la información comercial, así como la participación de las empresas locales incipientes, especialmente las pequeñas y medianas.
44. La diversidad biológica, que desempeña una función decisiva en el desarrollo sostenible en general y en la erradicación de la pobreza, es indispensable para nuestro planeta, para el bienestar humano y para la integridad cultural y los medios de vida de la población. Sin embargo, la diversidad biológica se está perdiendo a un ritmo sin precedentes a causa de la actividad humana; para que esa tendencia pueda invertirse es necesario que las poblaciones locales obtengan beneficios de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, en particular en los países de origen de los recursos genéticos, de conformidad con el artículo 15 del Convenio sobre la Diversidad Biológica. El Convenio es el instrumento fundamental para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. Para poder aplicar de forma más eficiente y coherente los tres objetivos del Convenio y conseguir para 2010 una reducción importante del ritmo actual de pérdida de la diversidad biológica será preciso suministrar a los países en desarrollo recursos financieros y técnicos nuevos y adicionales y adoptar medidas en todos los planos con objeto de:
a) Integrar los objetivos del Convenio en los programas y políticas mundiales, regionales y nacionales, tanto sectoriales como intersectoriales, en particular los programas y políticas de los sectores económicos de los países y de las instituciones financieras internacionales;
b) Promover la labor en curso en el marco del Convenio en relación con la utilización sostenible de la diversidad biológica, incluido el turismo sostenible, como cuestión amplia que afecta a diferentes ecosistemas, sectores y áreas temáticas;
c) Aumentar los efectos sinérgicos entre el Convenio y otros acuerdos ambientales multilaterales mediante, entre otras cosas, la elaboración de planes y programas conjuntos, en que se tengan debidamente en cuenta sus respectivos mandatos, en relación con sus preocupaciones y responsabilidades comunes;
d) Aplicar el Convenio y sus disposiciones, incluido el seguimiento activo de sus decisiones y programas de trabajo mediante programas de acción nacionales, regionales y mundiales, en particular las estrategias y los planes de acción nacionales sobre la diversidad biológica, y fortalecer su integración en las estrategias, los programas y las políticas intersectoriales pertinentes, incluso los relativos al desarrollo sostenible y a la erradicación de la pobreza, incluso mediante iniciativas que fomenten la utilización sostenible de la diversidad biológica basada en las comunidades;
e) Fomentar la aplicación amplia y el ulterior desarrollo del enfoque basado en los ecosistemas que se está elaborando mediante los trabajos en curso en el Convenio;
f) Fomentar las actividades de apoyo y colaboración concretas en pro de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, incluida la que contienen los ecosistemas y los lugares del patrimonio mundial, y de la protección de las especies amenazadas, en particular canalizando adecuadamente recursos financieros y tecnologías hacia los países en desarrollo y los países con economías en transición;
g) Conservar eficazmente y utilizar de forma sostenible la diversidad biológica, promover y apoyar iniciativas destinadas a zonas de singular riqueza ecológica y otras zonas esenciales para la diversidad biológica, y promover el desarrollo de corredores y redes ecológicas nacionales y regionales;
h) Prestar apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo, incluso para el fomento de la capacidad, con el fin de potenciar los esfuerzos autóctonos y de las comunidades encaminados a conservar la diversidad biológica;
i) Fortalecer los esfuerzos nacionales, regionales e internacionales por limitar las especies exóticas invasivas, que son una de las principales causas de la pérdida de la diversidad biológica, e impulsar la elaboración de un programa de trabajo eficaz en todos los niveles sobre las especies exóticas invasivas;
j) Con sujeción a la legislación nacional, reconocer los derechos de las comunidades autóctonas y locales que poseen conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales y, con la aprobación y la participación de los poseedores de esas prácticas, innovaciones y conocimientos, elaborar y poner en práctica mecanismos mutuamente convenidos para compartir los beneficios derivados del uso de esos conocimientos, innovaciones y prácticas;
k) Alentar a todas las partes interesadas a que contribuyan al logro de los objetivos del Convenio y facilitar esa contribución, y, reconocer en particular el papel concreto de los jóvenes, las mujeres y las comunidades autóctonas y locales en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica;
l) Fomentar la participación efectiva de las comunidades autóctonas y locales en la elaboración de políticas y la adopción de decisiones sobre la utilización de sus conocimientos tradicionales;
m) Estimular el apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo y a los países con economías en transición en sus esfuerzos por elaborar y aplicar, según proceda, entre otras cosas, sistemas tradicionales y sistemas sui géneris de carácter nacional con arreglo a su legislación y sus prioridades nacionales, con miras a conservar la diversidad biológica;
n) Promover la amplia aplicación de las Directrices de Bonn sobre el acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización y la continuación de esa labor, como un elemento que puede servir de ayuda a las partes al elaborar y redactar medidas legislativas, administrativas o de política sobre el acceso a los recursos y la distribución de los beneficios, así como contratos y otros arreglos basados en términos mutuamente acordados para acceder a los recursos y distribuir los beneficios;
o) Negociar, en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica y teniendo presente las Directrices de Bonn, la creación de un régimen internacional para promover y salvaguardar de forma eficaz la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos;
p) Alentar la conclusión satisfactoria de los procesos en curso bajo los auspicios del Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y del grupo especial de composición abierta sobre el apartado j) del artículo 8 y otras disposiciones conexas del Convenio;
q) Promover medidas viables para obtener acceso a los resultados y los beneficios derivados de las biotecnologías basadas en los recursos genéticos, de conformidad con los artículos 15 y 19 del Convenio, mediante, entre otras cosas, el aumento de la cooperación científica y técnica en materia de biotecnología y seguridad de la biotecnología, incluso mediante el intercambio de expertos, la capacitación y el desarrollo de capacidades institucionales orientadas hacia la investigación;
r) Con miras a incrementar los efectos sinérgicos y el apoyo mutuo, fomentar los debates, sin prejuzgar acerca de sus resultados, sobre las relaciones entre el Convenio y los acuerdos relacionados con el comercio internacional y los derechos de propiedad intelectual, como se indica en la Declaración Ministerial de Doha;
s) Promover la aplicación del programa de trabajo de la Iniciativa Mundial sobre la Taxonomía;
t) Invitar a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Convenio, el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología y otros acuerdos relacionados con la diversidad biológica, e invitar a los que ya lo hayan hecho a que promuevan su aplicación efectiva en los planos nacional, regional e internacional y presten apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo y a los países con economías en transición.
a) Integrar los objetivos del Convenio en los programas y políticas mundiales, regionales y nacionales, tanto sectoriales como intersectoriales, en particular los programas y políticas de los sectores económicos de los países y de las instituciones financieras internacionales;
b) Promover la labor en curso en el marco del Convenio en relación con la utilización sostenible de la diversidad biológica, incluido el turismo sostenible, como cuestión amplia que afecta a diferentes ecosistemas, sectores y áreas temáticas;
c) Aumentar los efectos sinérgicos entre el Convenio y otros acuerdos ambientales multilaterales mediante, entre otras cosas, la elaboración de planes y programas conjuntos, en que se tengan debidamente en cuenta sus respectivos mandatos, en relación con sus preocupaciones y responsabilidades comunes;
d) Aplicar el Convenio y sus disposiciones, incluido el seguimiento activo de sus decisiones y programas de trabajo mediante programas de acción nacionales, regionales y mundiales, en particular las estrategias y los planes de acción nacionales sobre la diversidad biológica, y fortalecer su integración en las estrategias, los programas y las políticas intersectoriales pertinentes, incluso los relativos al desarrollo sostenible y a la erradicación de la pobreza, incluso mediante iniciativas que fomenten la utilización sostenible de la diversidad biológica basada en las comunidades;
e) Fomentar la aplicación amplia y el ulterior desarrollo del enfoque basado en los ecosistemas que se está elaborando mediante los trabajos en curso en el Convenio;
f) Fomentar las actividades de apoyo y colaboración concretas en pro de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, incluida la que contienen los ecosistemas y los lugares del patrimonio mundial, y de la protección de las especies amenazadas, en particular canalizando adecuadamente recursos financieros y tecnologías hacia los países en desarrollo y los países con economías en transición;
g) Conservar eficazmente y utilizar de forma sostenible la diversidad biológica, promover y apoyar iniciativas destinadas a zonas de singular riqueza ecológica y otras zonas esenciales para la diversidad biológica, y promover el desarrollo de corredores y redes ecológicas nacionales y regionales;
h) Prestar apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo, incluso para el fomento de la capacidad, con el fin de potenciar los esfuerzos autóctonos y de las comunidades encaminados a conservar la diversidad biológica;
i) Fortalecer los esfuerzos nacionales, regionales e internacionales por limitar las especies exóticas invasivas, que son una de las principales causas de la pérdida de la diversidad biológica, e impulsar la elaboración de un programa de trabajo eficaz en todos los niveles sobre las especies exóticas invasivas;
j) Con sujeción a la legislación nacional, reconocer los derechos de las comunidades autóctonas y locales que poseen conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales y, con la aprobación y la participación de los poseedores de esas prácticas, innovaciones y conocimientos, elaborar y poner en práctica mecanismos mutuamente convenidos para compartir los beneficios derivados del uso de esos conocimientos, innovaciones y prácticas;
k) Alentar a todas las partes interesadas a que contribuyan al logro de los objetivos del Convenio y facilitar esa contribución, y, reconocer en particular el papel concreto de los jóvenes, las mujeres y las comunidades autóctonas y locales en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica;
l) Fomentar la participación efectiva de las comunidades autóctonas y locales en la elaboración de políticas y la adopción de decisiones sobre la utilización de sus conocimientos tradicionales;
m) Estimular el apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo y a los países con economías en transición en sus esfuerzos por elaborar y aplicar, según proceda, entre otras cosas, sistemas tradicionales y sistemas sui géneris de carácter nacional con arreglo a su legislación y sus prioridades nacionales, con miras a conservar la diversidad biológica;
n) Promover la amplia aplicación de las Directrices de Bonn sobre el acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización y la continuación de esa labor, como un elemento que puede servir de ayuda a las partes al elaborar y redactar medidas legislativas, administrativas o de política sobre el acceso a los recursos y la distribución de los beneficios, así como contratos y otros arreglos basados en términos mutuamente acordados para acceder a los recursos y distribuir los beneficios;
o) Negociar, en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica y teniendo presente las Directrices de Bonn, la creación de un régimen internacional para promover y salvaguardar de forma eficaz la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos;
p) Alentar la conclusión satisfactoria de los procesos en curso bajo los auspicios del Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y del grupo especial de composición abierta sobre el apartado j) del artículo 8 y otras disposiciones conexas del Convenio;
q) Promover medidas viables para obtener acceso a los resultados y los beneficios derivados de las biotecnologías basadas en los recursos genéticos, de conformidad con los artículos 15 y 19 del Convenio, mediante, entre otras cosas, el aumento de la cooperación científica y técnica en materia de biotecnología y seguridad de la biotecnología, incluso mediante el intercambio de expertos, la capacitación y el desarrollo de capacidades institucionales orientadas hacia la investigación;
r) Con miras a incrementar los efectos sinérgicos y el apoyo mutuo, fomentar los debates, sin prejuzgar acerca de sus resultados, sobre las relaciones entre el Convenio y los acuerdos relacionados con el comercio internacional y los derechos de propiedad intelectual, como se indica en la Declaración Ministerial de Doha;
s) Promover la aplicación del programa de trabajo de la Iniciativa Mundial sobre la Taxonomía;
t) Invitar a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Convenio, el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología y otros acuerdos relacionados con la diversidad biológica, e invitar a los que ya lo hayan hecho a que promuevan su aplicación efectiva en los planos nacional, regional e internacional y presten apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo y a los países con economías en transición.
45. Los bosques y los árboles cubren casi un tercio de la superficie terrestre. La ordenación sostenible de los bosques, tanto naturales como plantados por el hombre, para aprovechar sus productos madereros y no madereros es indispensable para lograr el desarrollo sostenible y constituye un medio importante de erradicar la pobreza, reducir significativamente la deforestación, detener la pérdida de diversidad biológica y la degradación de las tierras y los recursos, y aumentar la seguridad alimentaria y el acceso al agua potable y a la energía a un costo asequible. Se ponen así también de relieve los múltiples beneficios que se derivan de los bosques y los árboles tanto naturales como plantados por el hombre, y se contribuye al bienestar del planeta y de la humanidad. Lograr la ordenación sostenible de los bosques, a nivel nacional y mundial, entre otras cosas mediante alianzas entre los gobiernos y las partes interesadas, incluidos el sector privado, las comunidades autóctonas y locales y las organizaciones no gubernamentales, es un objetivo indispensable del desarrollo sostenible.
Esto entrañará la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a:
a) Afianzar el compromiso político de lograr la ordenación sostenible de los bosques, haciendo de ella una prioridad en el programa político internacional y teniendo plenamente en cuenta los vínculos entre el sector forestal y otros sectores mediante enfoques integrados;
b) Apoyar el Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques, con la ayuda de la Asociación de Colaboración en materia de Bosques, como mecanismos intergubernamentales clave para facilitar y coordinar la aplicación de la ordenación sostenible de los bosques en los planos nacional, regional y mundial, con lo que se contribuiría, entre otras cosas, a la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica de los bosques;
c) Adoptar medidas inmediatas para hacer cumplir las leyes nacionales en materia de bosques y combatir el comercio internacional ilícito de productos forestales, incluidos los recursos biológicos, con apoyo de la comunidad internacional, y apoyar la creación de capacidad humana e institucional para hacer cumplir la legislación nacional en esos ámbitos;
d) Adoptar medidas inmediatas en los planos nacional e internacional para promover la tala sostenible de árboles maderables y facilitar los medios de lograrla, y para facilitar la aportación de recursos financieros y la transferencia y el desarrollo de tecnologías ambientalmente racionales, y hacer frente así a las prácticas insostenibles de explotación de la madera de los bosques;
e) Formular y aplicar iniciativas para atender las necesidades de las partes del mundo actualmente afectadas por la pobreza y que tienen las tasas más altas de deforestación, en los casos en que los respectivos gobiernos acogerían favorablemente la cooperación internacional;
f) Crear asociaciones y mecanismos de cooperación internacional y fortalecer los existentes con el fin de facilitar el suministro de recursos financieros incrementados, la transferencia de tecnologías ambientalmente racionales, el comercio, el fomento de la capacidad, el cumplimiento de la legislación en materia de bosques y la buena gestión en todos los planos, así como una ordenación integrada de la tierra y los recursos en apoyo de la ordenación sostenible de los bosques, teniendo en cuenta las propuestas de acción del Grupo Intergubernamental sobre los Bosques y del Foro Intergubernamental sobre los Bosques;
g) Acelerar la aplicación de esas propuestas por los países y por la Asociación de Colaboración en materia de Bosques, e intensificar los esfuerzos relativos a la presentación de información al Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques para contribuir a una evaluación de los progresos logrados en 2005;
h) Reconocer y apoyar los sistemas autóctonos y comunitarios de ordenación de los bosques para asegurar su participación plena y eficaz en la ordenación sostenible de los bosques;
i) Aplicar el programa de trabajo ampliado y orientado hacia la acción del Convenio sobre la Diversidad Biológica en relación con todos los tipos de diversidad biológica de los bosques, en estrecha cooperación con el Foro, los miembros de la Asociación y otros procesos y convenios relacionados con los bosques, con la participación de todas las partes interesadas.
a) Afianzar el compromiso político de lograr la ordenación sostenible de los bosques, haciendo de ella una prioridad en el programa político internacional y teniendo plenamente en cuenta los vínculos entre el sector forestal y otros sectores mediante enfoques integrados;
b) Apoyar el Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques, con la ayuda de la Asociación de Colaboración en materia de Bosques, como mecanismos intergubernamentales clave para facilitar y coordinar la aplicación de la ordenación sostenible de los bosques en los planos nacional, regional y mundial, con lo que se contribuiría, entre otras cosas, a la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica de los bosques;
c) Adoptar medidas inmediatas para hacer cumplir las leyes nacionales en materia de bosques y combatir el comercio internacional ilícito de productos forestales, incluidos los recursos biológicos, con apoyo de la comunidad internacional, y apoyar la creación de capacidad humana e institucional para hacer cumplir la legislación nacional en esos ámbitos;
d) Adoptar medidas inmediatas en los planos nacional e internacional para promover la tala sostenible de árboles maderables y facilitar los medios de lograrla, y para facilitar la aportación de recursos financieros y la transferencia y el desarrollo de tecnologías ambientalmente racionales, y hacer frente así a las prácticas insostenibles de explotación de la madera de los bosques;
e) Formular y aplicar iniciativas para atender las necesidades de las partes del mundo actualmente afectadas por la pobreza y que tienen las tasas más altas de deforestación, en los casos en que los respectivos gobiernos acogerían favorablemente la cooperación internacional;
f) Crear asociaciones y mecanismos de cooperación internacional y fortalecer los existentes con el fin de facilitar el suministro de recursos financieros incrementados, la transferencia de tecnologías ambientalmente racionales, el comercio, el fomento de la capacidad, el cumplimiento de la legislación en materia de bosques y la buena gestión en todos los planos, así como una ordenación integrada de la tierra y los recursos en apoyo de la ordenación sostenible de los bosques, teniendo en cuenta las propuestas de acción del Grupo Intergubernamental sobre los Bosques y del Foro Intergubernamental sobre los Bosques;
g) Acelerar la aplicación de esas propuestas por los países y por la Asociación de Colaboración en materia de Bosques, e intensificar los esfuerzos relativos a la presentación de información al Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques para contribuir a una evaluación de los progresos logrados en 2005;
h) Reconocer y apoyar los sistemas autóctonos y comunitarios de ordenación de los bosques para asegurar su participación plena y eficaz en la ordenación sostenible de los bosques;
i) Aplicar el programa de trabajo ampliado y orientado hacia la acción del Convenio sobre la Diversidad Biológica en relación con todos los tipos de diversidad biológica de los bosques, en estrecha cooperación con el Foro, los miembros de la Asociación y otros procesos y convenios relacionados con los bosques, con la participación de todas las partes interesadas.
46. La minería, los minerales y los metales son importantes para el desarrollo económico y social de muchos países. Los minerales son esenciales para la vida moderna. Para aumentar la contribución de la minería, los minerales y los metales al desarrollo sostenible será preciso adoptar medidas en todos los planos con objeto de:
a) Apoyar los esfuerzos encaminados a ocuparse de los efectos y beneficios para el medio ambiente, la economía, la salud y la sociedad, incluida la salud y la seguridad de los trabajadores, de la minería, los minerales y los metales a lo largo de todo su ciclo vital, y utilizar asociaciones diversas, intensificando las actividades en curso en los planos nacional e internacional, entre los gobiernos interesados, las organizaciones intergubernamentales, las empresas y los trabajadores de la minería y otras partes interesadas, para fomentar la transparencia y la responsabilidad en pro del desarrollo sostenible de la minería y los minerales;
b) Fomentar la participación de los interesados, incluidas las comunidades autóctonas y locales y las mujeres, para que desempeñen una función activa en la explotación de los minerales, los metales y la minería a lo largo del ciclo de utilidad de las minas, e incluso tras su clausura con fines de rehabilitación, de conformidad con las normas nacionales y teniendo en cuenta los efectos transfronterizos importantes;
c) Promover las prácticas mineras sostenibles mediante la prestación de apoyo financiero, técnico y de fomento de la capacidad a los países en desarrollo y los países con economías en transición, para la minería y el tratamiento de los minerales, incluida la explotación en pequeña escala, y, cuando sea posible y apropiado, mejorar la elaboración que aporta valor añadido, mejorar la información científica y tecnológica y recuperar y rehabilitar los sitios degradados.
a) Apoyar los esfuerzos encaminados a ocuparse de los efectos y beneficios para el medio ambiente, la economía, la salud y la sociedad, incluida la salud y la seguridad de los trabajadores, de la minería, los minerales y los metales a lo largo de todo su ciclo vital, y utilizar asociaciones diversas, intensificando las actividades en curso en los planos nacional e internacional, entre los gobiernos interesados, las organizaciones intergubernamentales, las empresas y los trabajadores de la minería y otras partes interesadas, para fomentar la transparencia y la responsabilidad en pro del desarrollo sostenible de la minería y los minerales;
b) Fomentar la participación de los interesados, incluidas las comunidades autóctonas y locales y las mujeres, para que desempeñen una función activa en la explotación de los minerales, los metales y la minería a lo largo del ciclo de utilidad de las minas, e incluso tras su clausura con fines de rehabilitación, de conformidad con las normas nacionales y teniendo en cuenta los efectos transfronterizos importantes;
c) Promover las prácticas mineras sostenibles mediante la prestación de apoyo financiero, técnico y de fomento de la capacidad a los países en desarrollo y los países con economías en transición, para la minería y el tratamiento de los minerales, incluida la explotación en pequeña escala, y, cuando sea posible y apropiado, mejorar la elaboración que aporta valor añadido, mejorar la información científica y tecnológica y recuperar y rehabilitar los sitios degradados.
Fuente: ONU (Declaración de Johannesburg)