martes, 27 de noviembre de 2012

Sobre la sentencia de Ghana

Por Nelida Beatriz Angelotti  | Para LA NACION

El país africano, fruto de una interpretación parcial, estaría violando la inmunidad de la soberanía territorial de la Argentina. Advertencia a las autoridades

La Fragata Libertad se encuentra embargada con interdicción de salida en el puerto de Tema, Ghana, por una orden judicial dictada a requerimiento de los representantes legales del fondo de inversión estadounidense NML Capital Limited de Elliot Management y Huntlaw Corporate Service, uno de los internacionalmente denominados "fondos buitre", tenedores de bonos de la deuda pública soberana de la República Argentina.

Haciendo un exhaustivo análisis de la sentencia de la División Comercial del Tribunal Superior de la ciudad de Acra (Nro. 7789582 2-10-12 RPC/343/12), del día 12 de octubre de 2012 dictada por el juez Richard Adjei-Firmpong, podemos destacar un aspecto absolutamente relevante que fue tomado en cuenta para realizar las conclusiones del fallo. El magistrado que tuvo a cargo el dictado de esta sentencia analizó minuciosamente cuatro aspectos para llegar luego al fallo:

1) Si las normas del derecho internacional consuetudinario aceptan que los buques de guerra tengan inmunidad frente a un proceso judicial.

2) Si el derecho internacional acepta que esta inmunidad pueda ser renunciada.

3) En el caso de aceptar la renuncia de inmunidad, qué alcances tiene la misma.

4) Si la Argentina renunció a su inmunidad en este caso en particular.

En principio se reconoce que la Fragata Libertad es un buque de guerra por aplicación del artículo 29 del Convenio del Mar (p.16 del fallo) y también, que es norma del derecho internacional consuetudinario, que los Estados y sus buques de guerra gozan de inmunidad. Al respecto se menciona el tratado de Naciones Unidas sobre "Inmunidades del Estado y sus Bienes" de 2004 que, aunque no esté en vigencia ni es ratificado por ninguno de los dos países, se lo toma en cuenta como "uso y costumbre" en el derecho internacional público. En este sentido, también interpreta que dichas inmunidades pueden ser renunciadas por un tratado o acuerdo.

La República Argentina se compromete ante los bonistas con un acuerdo denominado en el proceso como "Fiscal Agency Agreetment" (FAA), el cual es presentado como prueba por la parte demandante y es transcripto en forma parcial en el expediente (p. 22 del fallo). El artículo transcripto parcialmente es el que trata de las renuncias que hace la Argentina a ciertas inmunidades como las jurisdiccionales y respecto a la ejecución contra algunos bienes del Estado, pero intencionalmente, el demandante no transcribe la parte final del párrafo donde se establecen ciertos límites a dicha renuncia, manteniendo la Argentina sus derechos soberanos de inmunidad sobre los bienes afectados a los servicios públicos esenciales y los de carácter militar o bajo el control de una autoridad militar o agencia de defensa de la República (entre otros mencionados también taxativamente).

De esta manera, el magistrado basa su fallo de "embargo e interdicción de salida" contra la Fragata Libertad en una transcripción parcial del artículo 22 del acuerdo no teniendo en cuenta la integralidad del mismo donde se mantienen los derechos soberanos de inmunidad sobre la nave, los cuales nunca fueron renunciados.

Por consiguiente, Ghana, con su proceder, estaría violando la "inmunidad de la soberanía territorial de nuestra Nación". Por lo tanto es prioritario que se apliquen, por medio de las autoridades que correspondan, todos los recursos jurídicos disponibles, como así también las normas de política internacional, para que la Fragata, buque insignia de nuestro país, sea liberada de esta situación lo antes posible..

1 comentario:

  1. Hasta hace unos días la solución era que Argentina pagara y ahora resulta que la justicia de Ghana está violando las normas de política internacional ?

    Que le pidan asesoramiento a la diputada radical Elsa Alvarez que les va a explicar porqué Ghana tiene razón http://www.parlamentario.com/articulo-8175.html

    Aunque no faltan fanáticos kirchneristas que tratan de demostrar lo contrario
    http://www.infobae.com/notas/683786-La-Fragata-Libertad-es-una-nave-de-guerra-por-lo-que-no-podria-ser-embargada.html


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