(Infodefensa.com) Peter Watson, Lima – El congresista Carlos Tubino Arias-Schreiber presentó el pasado mes de noviembre un proyecto de ley para autorizar a la Fuerza Aérea del Perú (FAP)
a realizar la interceptación y de ser necesario el derribo de aviones o
avionetas en vuelos irregulares no registrados con la entidad
aeronáutica y policial correspondiente.
Actualmente en vigencia, el Decreto Legislativo No 824 establece entre las funciones de la Policía Nacional del Perú (PNP)
el control de los aeropuertos que operen en zonas del territorio
peruano con actividad de cultivos de hoja de coca y la destrucción o
inhabilitación de pistas de aterrizaje clandestinas en coordinación con
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Es
responsabilidad de la autoridad administrativa de los aeropuertos el
registro diario de los vuelos: matrícula y características de la
aeronave, motivo del vuelo, nombre del piloto y tripulación, tipo de
carga, entre otros.
Este mismo instrumento legal faculta a la FAP a efectuar la
interceptación de aeronaves nacionales y extranjeros que atraviesen el
espacio aéreo de zonas denominadas cocaleras para establecer
apropiadamente su identificación, naturaleza del vuelo y destino final.
Si el operador de la aeronave interceptada no coopera es posible incluso
el derribo de la misma.
Rango de ley
Sin embargo, el Tribunal Constitucional del Perú ha
emitido un dictamen en el que establece que la autorización para la
interceptación y derribo debe de tener necesariamente rango de ley. Es
por esa razón que el congresista y almirante en retiro, Carlos Tubino,
ha presentado el correspondiente proyecto de ley.
El mismo congresista presentó en el mes de agosto otro proyecto de
ley para que la FAP apoye a la Policía Nacional en las labores de
ubicación y destrucción de pistas de aterrizaje clandestinas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios mal redactados y/o con empleo de palabras que denoten insultos y que no tienen relación con el tema no serán publicados.