La Cámara Electoral rechazó por "anticonstitucional" el pedido de dos salteños que quieren adoptar la ciudadanía lituana. Esto perjudica a quienes residen en países que no aceptan la doble ciudadanía
Los jueces Alberto Dalla Vía y Rodolfo Munné explicaron que "no es admisible que un argentino nativo -como los recurrentes- puedan de manera voluntaria renunciar a la nacionalidad o a la ciudadanía argentina", ya que es contrario a la Constitución Nacional, que establece el "principio de nacionalidad natural".
Un argentino nativo, de acuerdo a la Constitución, nunca puede dejar de serlo, según la ley, porque en tal caso la misma sería infractora de la Constitución al privarlo de la condición jurídico-política que la propia Constitución la adjudica u obliga a adjudicar", agregaron los jueces.
Se trata del caso de los ciudadanos salteños Christian Simoliunas y Federico Javier Simoliunas, quienes iniciaron una acción para dejar de tener la nacionalidad argentina y así poder continuar con los trámites para obtener la de Lituania.El caso llegó hasta la Cámara Electoral porque el juez federal electoral de Salta también había rechazado el pedido al entender que "la nacionalidad es un prerrequisito del reconocimiento de la personalidad jurídica" cuya falta "lesiona la dignidad humana".El juez consideró que si no existe tratado de doble nacionalidad entre la Argentina y Lituania, "nuestro país no puede encuadrar la situación jurídica como pérdida de la nacionalidad". Los camaristas se basaron en fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para sostener que la nacionalidad es un "derecho humano" de toda persona.
Fuente: Infobae.com
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