miércoles, 23 de abril de 2008

Carta de las Naciones Unidas

La Carta de las Naciones Unidas se firmó el 26 de junio de 1945 en San Francisco, al terminar la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, y entró en vigor el 24 de octubre del mismo año. El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia es parte integrante de la Carta.

El 17 de diciembre de 1963 la Asamblea General aprobó enmiendas a los Artículos 23, 27 y 61 de la Carta, las que entraron en vigor el 31 de agosto de 1965. El 20 de diciembre de 1971 la Asamblea General aprobó otra enmienda al Artículo 61, la que entró en vigor el 24 de septiembre de 1973. Una enmienda al Artículo 109, aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 1965, entró en vigor el 12 de junio de 1968.
La enmienda al Artículo 23 aumentó el número de miembros del Consejo de Seguridad de once a quince. El Artículo 27 enmendado estipula que las decisiones del Consejo de Seguridad sobre cuestiones de procedimiento seran tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros (anteriormente siete) y sobre todas las demás cuestiones por el voto afirmativo de nueve miembros (anteriormente siete), incluso los votos afirmativos de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad.
La enmienda al Artículo 61 que entró en vigor el 31 de agosto de 1965 aumentó el número de miembros del Consejo Económico y Social de dieciocho a veintisiete. Con la otra enmienda a dicho Artículo, que entro en vigor el 24 de septiembre de 1973, se volvío a aumentar el número de miembros del Consejo de veintisiete a cincuenta y cuatro.
La enmienda al Artículo 109, que corresponde al párrafo 1 de dicho Artículo, dispone que se podrá celebrar una Conferencia General de los Estados Miembros con el propósito de revisar la Carta, en la fecha y lugar que se determinen por el voto de las dos terceras partes de los Miembros de la Asamblea General y por el voto de cualesquiera nueve miembros (anteriormente siete) del Consejo de Seguridad. El párrafo 3 del mismo Artículo, que se refiere al examen de la cuestión de una posible conferencia de revisión en el décimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General, ha sido conservado en su forma primitiva por lo que toca a una decisión de "siete miembros cualesquiera del Consejo de Seguridad", dado que en 1955 la Asamblea General, en su décimo período ordinario de sesiones, y el Consejo de Seguridad tomaron medidas acerca de dicho párrafo.
CARTA DE LAS NACIONES UNIDASNosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos
a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles,
a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en 1a dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas,
a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional,
a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, y con tales finalidades a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos,
a unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, a asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos, que no se usará; la fuerza armada sino en servicio del interés común, y
a emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todas los pueblos, hemos decidido a unar nuestros esfuerzos para realizar estos designios
Por lo tanto, nuestros respectivos Gobiernos, por medio de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco que han exhibido sus plenos poderes, encontrados en buena y debida forma, han convenido en la presente Carta de las Naciones Unidas, y por este acto establecen una organización internacional que se denominará las Naciones Unidas.
CAPITULO I - PROPOSITOS Y PRINCIPIOS

Artículo 1
Los Propósitos de las Naciones Unidas son:
1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;
2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religion; y
4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes.

Artículo 2
Para la realización de los Propósitos consignados en el Artículo 1, la Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios:
1. La Organización esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
2. Los Miembros de la Organización, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condición de tales, cumplirán de buena fe las obligaciones contraidas por ellos de conformidad con esta Carta.
3. Los Miembros de la Organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacificos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
4. Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
5. Los Miembros de la Organización prestarón a ésta toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendran de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva.
6. La Organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.
7. Ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII.

CAPITULO II - MIEMBROS

Artículo 3
Son Miembros originarios de las Naciones Unidas los Estados que habiendo participado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional celebrada en San Francisco, o que habiendo firmado previamente la Declaración de las Naciones Unidas de 1 de enero de 1942, suscriban esta Carta y la ratifiquen de conformidad con el Artículo 110.

Artículo 4
1. Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo.
2. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.

Artículo 5
Todo Miembro de las Naciones Unidas que haya sido objeto de acción preventiva o coercitiva por parte del Consejo de Seguridad podrá ser suspendido por la Asamblea General, a recomendación del Consejo de Seguridad, del ejercicio de los derechos y privilegios inherentes a su calidad de Miembro. El ejercicio de tales derechos y privilegios podrá ser restituido por el Consejo de Seguridad.

Artículo 6
Todo Miembro de las Naciones Unidas que haya violado repetidamente los Principios contenidos en esta Carta podrá ser expulsado de la Organización por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.

CAPITULO III - ORGANOS

Artículo 7
1. Se establecen como órganos principales de las Naciones Unidas: una Asamblea General, un Consejo de Seguridad, un Consejo Económico y Social, un Consejo de Administración Fiduciaria, una Corte Internacional de Justicia y una Secretaría.
2. Se podrán establecer, de acuerdo con las disposiciones de la presente Carta, los órganos subsidiarios que se estimen necesarios.

Artículo 8
La Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier caracter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios.

CAPITULO IV - LA ASAMBLEA GENERAL - Composición

Artículo 9
1. La Asamblea General estará integrada por todos los Miembros de las Naciones Unidas.
2. Ningun Miembro podrá tener más de cinco representantes en la Asamblea General.

Artículo 10
La Asamblea General podrá discutir cualesquier asuntos o cuestiones dentro de los límites de esta Carta o que se refieran a los poderes y funciones de cualquiera de los órganos creados por esta Carta, y salvo lo dispuesto en el Artículo 12 podrá hacer recomendaciones sobre tales asuntos o cuestiones a los Miembros de las Naciones Unidas o al Consejo de Seguridad o a éste y a aquéllos.

Artículo 11
l. La Asamblea General podrá considerar los principios generales de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, incluso los principios que rigen el desarme y la regulación de los armamentos, y podrá tambien hacer recomendaciones respecto de tales principios a los Miembros o al Consejo de Seguridad o a éste y a aquéllos.
2. La Asamblea General podrá discutir toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que presente a su consideración cualquier Miembro de las Naciones Unidas o el Consejo de Seguridad, o que un Estado que no es Miembro de las Naciones Unidas presente de conformidad con el Artículo 35, párrafo 2, y salvo lo dispuesto en el Artículo 12, podrá hacer recomendaciones acerca de tales cuestiones al Estado o Estados interesados o al Consejo de Seguridad o a éste y a aquéllos. Toda cuestión de esta naturaleza con respecto a la cual se requiera acción será referida al Consejo de Seguridad por la Asamblea General antes o después de discutirla.
3. La Asamblea General podrá llamar la atención del Consejo de Seguridad hacia situaciones susceptibles de poner en peligro la paz y la seguridad internacionales.
4. Los poderes de la Asamblea General enumerados en este Artículo no limitarán el alcance general del Artículo 10.

Artículo 12
1. Mientras el Consejo de Seguridad esté desempeñando las funciones que le asigna esta Carta con respecto a una controversia o situación, la Asamblea General no hará recomendación alguna sobre tal controversia o situación, a no ser que lo solicite el Consejo de Seguridad.
2. El Secretario General, con el consentimiento del Consejo de Seguridad, informará a la Asamblea General, en cada periodo de sesiones, sobre todo asunto relativo al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que estuviere tratando el Consejo de Seguridad, e informará asimismo a la Asamblea General, o a los Miembros de las Naciones Unidas si la Asamblea no estuviere reunida, tan pronto como el Consejo de Seguridad cese de tratar dichos asuntos.

Artículo 13
1. La Asamblea General promoverá estudios y hará recomendaciones para los fines siguientes:
a. fomentar la cooperación internacional en el campo político e impulsar el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación;
b. fomentar la cooperación internacional en materias de carácter económico, social, cultural, educativo y sanitario y ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión.
2. Los demás poderes, responsabilidades y funciones de la Asamblea General con relación a los asuntos que se mencionan en el inciso b del párrafo 1 precedente quedan enumerados en los Capítulos IX y X.

Artículo 14
Salvo lo dispuesto en el Artículo 12, la Asamblea General podrá recomendar medidas para el arreglo pacífico de cualesquiera situaciones, sea cual fuere su origen, que a juicio de la Asamblea puedan perjudicar el bienestar general o las relaciones amistosas entre naciones, incluso las situaciones resultantes de una violación de las disposiciones de esta Carta que enuncian los

Artículo 15
1. La Asamblea General recibirá y considerará informes anuales y especiales del Consejo de Seguridad. Estos informes comprenderán una relación de las medidas que el Consejo de Seguridad haya decidido aplicar o haya aplicado para mantener la paz y la seguridad internacionales.
2. La Asamblea General recibirá y considerará informes de los demás órganos de las Naciones Unidas.

Artículo 16
La Asamblea General desempeñará, con respecto al régimen internacional de administración fiduciaria, las funciones que se le atribuyen conforme a los Capítulos XII y XIII, incluso la aprobación de los acuerdos de administración fiduciaria de zonas no designadas como estratégicas.

Artículo 17
1. La Asamblea General examinará y aprobará el presupuesto de la Organización.
2. Los miembros sufragarán los gastos de la Organización en la proporción que determine la Asamblea General.
3. La Asamblea General considerará y aprobará los arreglos financieros y presupuestarios que se celebren con los organismos especializados de que trata el Artículo 57 y examinará los presupuestos administrativos de tales organismos especializados con el fin de hacer recomendaciones a los organismos correspondientes.

Artículo 18
1. Cada Miembro de la Asamblea General tendrá un voto.
2. Las decisiones de la Asamblea General en cuestiones importantes se tomarán por el voto de una mayoria de dos tercios de los miembros presentes y votantes. Estas cuestiones comprenderán: las recomendaciones relativas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, la elección de los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, la elección de los miembros del Consejo Económico y Social, la elección de los miembros del Consejo de Administración Fiduciaria de conformidad con el inciso c, párrafo 1, del Artículo 86, la admisión de nuevos Miembros a las Naciones Unidas, la suspensión de los derechos y privilegios de los Miembros, la expulsión de Miembros, las cuestiones relativas al funcionamiento del régimen de administración fiduciaria y las cuestiones presupuestarias.
3. Las decisiones sobre otras cuestiones, incluso la determinación de categorías adicionales de cuestiones que deban resolverse por mayoría de dos tercios, se tomarán por la mayoría de los miembros presentes y votantes.

Artículo 19
El Miembro de las Naciones Unidas que esté en mora en el pago de sus cuotas financieras para los gastos de la Organización, no tendra voto en la Asamblea General cuando la suma adeudada sea igual o superior al total de las cuotas adeudadas por los dos años anteriores completos. La Asamblea General podrá, sin embargo, permitir que dicho Miembro vote si llegare a la conclusión de que la mora se debe a circunstancias ajenas a la voluntad de dicho Miembro.

Artículo 20
Las Asamblea General se reunirá anualmente en sesiones ordinarias y, cada vez que las circunstancias lo exijan, en sesiones extraordinarias. El Secretario General convocará a sesiones extraordinarias a solicitud del Consejo de Seguridad o de la mayoría de los Miembros de las Naciones Unidas.

Artículo 21
La Asamblea General dictará su propio reglamento y elegirá su Presidente para cada periodo de sesiones.

Artículo 22
La Asamblea General podrá establecer los organismos subsidiarios que estime necesarios para el desempeño de sus funciones.

CAPITULO V - EL CONSEJO DE SEGURIDAD - Composición

Artículo 23
1. El Consejo de Seguridad se compondrá de quince miembros de las Naciones Unidas. La República de China, Francia, la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América, serán miembros permanentes del Consejo de Seguridad. La Asamblea General elegirá otros diez Miembros de las Naciones Unidas que serán miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, prestando especial atención, en primer término, a la contribución de los Miembros de las Naciones Unidas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y a los démas propósitos de la Organización, como tambien a una distribución geográfica equitativa.
2. Los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad serán elegidos por un periodo de dos años. En la primera elección de los miembros no permanentes que se celebre despues de haberse aumentado de once a quince el número de miembros del Consejo de Seguridad, dos de los cuatro miembros nuevos serán elegidos por un periodo de un año. Los miembros salientes no serán reelegibles para el periodo subsiguiente.
3. Cada miembro del Consejo de Seguridad tendrá un representante.

Artículo 24
1. A fin de asegurar acción rápida y eficaz por parte de las Naciones Unidas, sus Miembros confieren al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, y reconocen que el Consejo de Seguridad actuá a nombre de ellos al desempeñar las funciones que le impone aquella responsabilidad.
2. En el desempeño de estas funciones, el Consejo de Seguridad procederá de acuerdo con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas. Los poderes otorgados al Consejo de Seguridad para el desempeño de dichas funciones quedan definidos en los Capítulos VI, VII, VIII y XII.
3. El Consejo de Seguridad presentará a la Asamblea General para su consideración informes anuales y, cuando fuere necesario, informes especiales.

Artículo 25
Los Miembros de las Naciones Unidas convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad de acuerdo con esta Carta.

Artículo 26
A fin de promover el establecimiento y mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales con la menor desviación posible de los recursos humanos y económicos del mundo hacia los armamentos, el Consejo de Seguridad tendrá a su cargo, con la ayuda del Comité de Estado Mayor a que se refiere e1 Artículo 47, la elaboración de planes que se someterán a los Miembros de las Naciones Unidas para el establecimiento de un sistema de regulación de los armamentos.
Votacion

Artículo 27
1. Cada miembro del Consejo de Seguridad tendrá un voto.
2. Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre cuestiones de procedimiento serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros.
3. Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre todas las demás cuestiones serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros, incluso los votos afirmativos de todos los miembros permanentes; pero en las decisiones tomadas en virtud del Capítulo VI y del párrafo 3 del Artículo 52, la parte en una controversia se abstendrá de votar.
Procedimiento

Articulo 28
1. El Consejo de Seguridad será organizado de modo que pueda funcionar continuamente. Con tal fin, cada miembro del Consejo de Seguridad tendra en todo momento su representante en la sede de la Organización.
2. El Consejo de Seguridad celebrará reuniones periódicas en las cuales cada uno de sus miembros podrá, si lo desea, hacerse representar por un miembro de su Gobierno o por otro representante especialmente designado.
3. El Consejo de Seguridad podrá celebrar reuniones en cualesquiera lugares, fuera de la sede de la Organización, que juzgue más apropiados para facilitar sus labores.

Artículo 29
El Consejo de Seguridad podrá establecer los organismos subsidiarios que estime necesarios para el desempeño de sus funciones.

Artículo 30
El Consejo de Seguridad dictará su propio reglamento, el cual establecerá el método de elegir su Presidente.
Artículo 31
Cualquier Miembro de las Naciones Unidas que no sea miembro del Consejo de Seguridad podra participar sin derecho a voto en la discusión de toda cuestión llevada ante el Consejo de Seguridad cuando éste considere que los intereses de ese Miembro están afectados de manera especial.
Artículo 32
El Miembro de las Naciones Unidas que no tenga asiento en el Consejo de Seguridad o el Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas, si fuere parte en una controversia que esté considerando el Consejo de Seguridad, será invitado a participar sin derecho a voto en las discusiones relativas a dicha controversia. El Consejo de Seguridad establecerá las condiciones que estime justas para la participación de los Estados que no sean Miembros de las Naciones Unidas.

CAPITULO VI - ARREGLO PACIFICO DE CONTROVERSIAS
Artículo 33
l. Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
2. El Consejo de Seguridad, si lo estimare necesario, instará a las partes a que arreglen sus controversias por dichos medios.
Artículo 34
El Consejo de Seguridad podrá investigar toda controversia, o toda situación susceptible de conducir a fricción internacional o dar origen a una controversia, a fin de determinar si la prolongación de tal controversia o situación puede poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.

Artículo 35
1. Todo Miembro de las Naciones Unidas podrá llevar cualquiera controversia, o cualquiera situación de la naturaleza expresada en el Artículo 34, a la atención del Consejo de Seguridad o de la Asamblea General.
2. Un Estado que no es Miembro de las Naciones Unidas podrá llevar a la atención del Consejo de Seguridad o de la Asamblea General toda controversia en que sea parte, si acepta de antemano, en lo relativo a la controversia, las obligaciones de arreglo pacífico establecidas en esta Carta.
3. El procedimiento que siga la Asamblea General con respecto a asuntos que le sean presentados de acuerdo con este Artículo quedará sujeto a las disposiciones de los Artículos 11 y 12.

Artículo 36
1. El Consejo de Seguridad podrá, en cualquier estado en que se encuentre una controversia de la naturaleza de que trata el Artículo 33 o una situación de indole semejante, recomendar los procedimientos o métodos de ajuste que sean apropiados.
2. El Consejo de Seguridad debera tomar en consideración todo procedimiento que las partes hayan adoptado para el arreglo de la controversia.
3. Al hacer recomendaciones de acuerdo con este Artículo, el Consejo de Seguridad deberá tomar tambien en consideración que las controversias de orden jurídico, por regla general, deben ser sometidas por las partes a la Corte Internacional de Justicia, de conformidad con las disposiciones del Estatuto de la Corte.

Artículo 37
1. Si las partes en una controversia de la naturaleza definida en el Artículo 33 no lograren arreglarla por los medios indicados en dicho Artículo, la someterán al Consejo de Seguridad.
2. Si el Consejo de Seguridad estimare que la continuación de la controversia es realmente susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, el Consejo decidirá si ha de proceder de conformidad con el Artículo 36 o si ha de recomendar los términos de arreglo que considere apropiados.

Artículo 38
Sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos 33 a 37, el Consejo de Seguridad podrá, si así lo solicitan todas las partes en una controversia, hacerles recomendaciones a efecto de que se llegue a un arreglo pacífico.

CAPITULO VII - ACCION EN CASO DE AMENAZAS A LA PAZ, QUEBRANTAMIENTOS DE LA PAZ O ACTOS DE AGRESION

Artículo 39
El Consejo de Seguridad determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresion y hará recomendaciones o decidirá que medidas seran tomadas de conformidad con los Artículos 41 y 42 para mantener o restablecer 1a paz y la seguridad internacionales.

Artículo 40
A fin de evitar que la situación se agrave, el Consejo de Seguridad, antes de hacer las recomendaciones o decidir las medidas de que trata el Artículo 39, podrá instar a las partes interesadas a que cumplan con las medidas provisionales que juzgue necesarias o aconsejables. Dichas medidas provisionales no perjudicarán los derechos, las reclamaciones o la posición de las partes interesadas. El Consejo de Seguridad tomará debida nota del incumplimiento de dichas medidas provisionales.

Artículo 41
El Consejo de Seguridad podrá decidir qué medidas que no impliquen el uso de la fuerza armada han de emplearse para hacer efectivas sus decisiones, y podrá instar a los Miembros de las Naciones Unidas a que apliquen dichas medidas, que podrán comprender la interrupción total o parcial de las relaciones económicas y de las comunicaciones ferroviarias, marítimas, aéreas, postales, telegráficas, radioeléctricas, y otros medios de comunicación, así como la ruptura de relaciones diplomáticas.

Artículo 42
Si el Consejo de Seguridad estimare que las medidas de que trata el Artículo 41 pueden ser inadecuadas o han demostrado serlo, podrá ejercer, por medio de fuerzas aéreas, navales o terrestres, la acción que sea necesaria para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales. Tal acción podrá comprender demostraciones, bloqueos y otras operaciones ejecutadas por fuerzas aéreas, navales o terrestres de Miembros de las Naciones Unidas.

Artículo 43
1. Todos los Miembros de las Naciones Unidas, con e1 fin de contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, se compremeten a poner a disposición del Consejo de Seguridad, cuando éste lo solicite, y de conformidad con un convenio especial o con convenios especiales, las fuerzas armadas, la ayuda y las facilidades, incluso el derecho de paso, que sean necesarias para el propósito de mantener la paz y la seguridad internacionales.
2. Dicho convenio o convenios fijarán el número y clase de las fuerzas, su grado de preparación y su ublicación general, como también la naturaleza de las facilidades y de la ayuda que habrán de darse.
3. El convenio o convenios serán negociados a iniciativa del Consejo de Seguridad tan pronto como sea posible; serán concertados entre el Consejo de Seguridad y Miembros individuales o entre el Consejo de Seguridad y grupos de Miembros, y estarán sujetos a ratificación por los Estados signatarios de acuerdo con sus respectivos procedimientos constitucionales.

Artículo 44
Cuando el Consejo de Seguridad haya decidido hacer uso de la fuerza, antes de requerir a un Miembro que no éste representado en él a que provea fuerzas armadas en cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del Artículo 43, invitará a dicho Miembro, si éste así lo deseare, a participar en las decisiones del Consejo de Seguridad relativas al empleo de contingentes de fuerzas armadas de dicho Miembro.

Artículo 45
A fin de que la Organización pueda tomar medidas militares urgentes, sus Miembros mantendrán contingentes de fuerzas aéreas nacionales inmediatamente disponibles para la ejecución combinada de una acción coercitiva internacional. La potencia y el grado de preparación de estos contingentes y los planes para su acción combinada seran determinados, dentro de los límites establecidos en el convenio o convenios especiales de que trata el Artículo 43, por el Consejo de Seguridad con la ayuda del Comité de Estado Mayor.

Artículo 46
Los planes para el empleo de la fuerza armada serán hechos por el Consejo de Seguridad con la ayuda del Comité de Estado Mayor.

Artículo 47
1. Se establecerá un Comité de Estado Mayor para asesorar y asistir al Consejo de Seguridad en todas las cuestiones relativas a las necesidades militares del Consejo para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, al empleo y comando de las fuerzas puestas a su disposición, a la regulación de los armamentos y al posible desarme.
2. El Comité de Estado Mayor estará integrado por los Jefes de Estado Mayor de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad o sus representantes. Todo Miembro de las Naciones Unidas que no éste permanentemente representado en el Comite será invitado por éste a asociarse a sus labores cuando el desempeño eficiente de las funciones del Comité requiera la participación de dicho Miembro.
3. El Comité de Estado Mayor tendrá a su cargo, bajo la autoridad del Consejo de Seguridad, la dirección estratégica de todas las fuerzas armadas puestas a disposición del Consejo. Las cuestiones relativas al comando de dichas fuerzas serán resueltas posteriormente.
4. El Comite de Estado Mayor, con autorización del Consejo de Seguridad y después de consultar con los organismos regionales apropiados, podrá establecer subcomités regionales.

Artículo 48
1. La acción requerida para llevar a cabo las decisiones del Consejo de Seguridad para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales será ejercida por todos los Miembros de las Naciones Unidas o por algunos de ellos, según lo determine el Consejo de Seguridad.
2. Dichas decisiones serán llevadas a cabo por los Miembros de las Naciones Unidas directamente y mediante su acción en los organismos internacionales apropiados de que formen parte.

Artículo 49
Los Miembros de las Naciones Unidas deberán prestarse ayuda mutua para llevar a cabo las medidas dispuestas por el Consejo de Seguridad.

Artículo 50
Si el Consejo de Seguridad tomare medidas preventivas o coercitivas contra un Estado, cualquier otro Estado, sea o no Miembro de las Naciones Unidas, que confrontare problemas económicos especiales originados por la ejecución de dichas medidas, tendrá el derecho de consultar al Consejo de Seguridad acerca de la solución de esos problemas.

Artículo 51
Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas, hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales. Las medidas tomadas por los Miembros en ejercicio del derecho de legítima defensa serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad, y no afectarán en manera alguna la autoridad y responsabilidad del Consejo conforme a la presente Carta para ejercer en cualquier momento la acción que estime necesaria con el fin de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

CAPITULO VIII - ACUERDOS REGIONALES

Artículo 52
1. Ninguna disposición de esta Carta se opone a la existencia de acuerdos u organismos regionales cuyo fin sea entender en los asuntos relativos al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y susceptibles de acción regional, siempre que dichos acuerdos u organismos, y sus actividades, sean compatibles con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas.
2. Los Miembros de las Naciones Unidas que sean partes en dichos acuerdos o que constituyan dichos organismos, harán todos los esfuerzos posibles para lograr el arreglo pacífico de las controversias de caracter local por medio de tales acuerdos u organismos regionales antes de someterlas al Consejo de Seguridad.
3. El Consejo de Seguridad promoverá el desarrollo del arreglo pacífico de las controversias de carácter local por medio de dichos acuerdos u organismos regionales, procediendo, bien a iniciativa de los Estados interesados, bien a instancia del Consejo de Seguridad.
4. Este Artículo no afecta en manera a1guna la aplicación de los Artículos 34 y 35.

Artículo 53
1. El Consejo de Seguridad utilizará dichos acuerdos u organismos regionales, si a ello hubiere lugar, para aplicar medidas coercitivas bajo su autoridad. Sin embargo, no se aplicarán medidas coercitivas en virtud de acuerdos regionales o por organismos regionales sin autorización del Consejo de Seguridad, salvo que contra Estados enemigos, según se les define en el párrafo 2 de este Artículo, se tomen las medidas dispuestas en virtud del Artículo 107 o en acuerdos regionales dirigidos contra la renovación de una política de agresión de parte de dichos Estados, hasta tanto que a solicitud de los gobiernos interesados quede a cargo de la Organización la responsabi1idad de prevenir nuevas agresiones de parte de aquellos Estados.
2. El término "Estados enemigos" empleado en el párrafo 1 de este Artículo se aplica a todo Estado que durante la segunda guerra mundial haya sido enemigo de cualquiera de los signatarios de esta Carta.

Artículo 54
Se deberá mantener en todo tiempo al Consejo de Seguridad plenamente informado de las actividades emprendidas o proyectadas de conformidad con acuerdos regionales o por organismos regionales con el propósito de mantener la paz y la seguridad internacionales.

CAPITULO IX - COOPERACION INTERNACIONAL ECONOMICA Y SOCIAL

Artículo 55
Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá:
a. niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social;
b. La solución de problemas internacionales de carácter económico, social y sanitario, y de otros problemas conexos; y la cooperación internacional en el orden cultural y educativo; y
c. el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades.

Artículo 56
Todos los Miembros se comprometen a tomar medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización, para la realización de los propósitos consignados en el Artículo 55.

Artículo 57
1. Los distintos organismos especializados establecidos por acuerdos intergubernamentales, que tengan amplias atribuciones internacionales definidas en sus estatutos, y relativas a materias de carácter económico, social, cultural, educativo, sanitario, y otras conexas, serán vinculados con la Organización de acuerdo con las disposiciones del Artículo 63.
2. Tales organismos especializados así vinculados con la Organización se denominarán en adelante "los organismos especializados".

Artículo 58
La Organización hará recomendaciones con el objeto de coordinar las normas de acción y las actividades de los organismos especializados.

Artículo 59
La Organización iniciará, cuando hubiere lugar, negociaciones entre los Estados interesados para crear los nuevos organismos especializados que fueren necesarios para la realización de los propósitos enunciados en el Artículo 55.

Artículo 60
La responsabilidad por el desempeño de las funciones de la Organización señaladas en este Capítulo corresponderá a la Asamblea General y, bajo la autoridad de ésta, al Consejo Económico y Social, que dispondrá a este efecto de las facultades expresadas en el Capítulo X.

CAPITULO X - EL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL - Composición
Artículo 61
1. El Consejo Económico y Social estará integrado por cincuenta y cuatro Miembros de las Naciones Unidas elegidos por la Asamblea General.
2. Salvo lo prescrito en el párrafo 3, dieciocho miembros del Consejo Económico y Social serán elegidos cada año por un periodo de tres años. Los miembros salientes serán reelegibles para el periodo subsiguiente.
3. En la primera elección que se celebre después de haberse aumentado de veintisiete a cincuenta y cuatro el número de miembros del Consejo Económico y Social, además de los miembros que se elijan para sustituir a los nueve miembros cuyo mandato expire al final de ese año, se elegirán veintisiete miembros más. El mandato de nueve de estos veintisiete miembros adicionales asi elegidos expirara al cabo de un año y el de otros nueve miembros una vez transcurridos dos años, conforme a las disposiciones que dicte la Asamblea General.
4. Cada miembro del Consejo Económico y Social tendrá un representante.

Artículo 62
1. El Consejo Econó:mico y Social podrá hacer o iniciar estudios e informes con respecto a asuntos internacionales de carár económico, social, cultural, educativo y sanitario, y otros asuntos conexos, y hacer recomendaciones sobre tales asuntos a la Asamblea General, a los Miembros de las Naciones Unidas y a los organismos especializados interados.
2. El Consejo Económico y Social podrá hacer recomendaciones con el objeto de promover el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, y la efectividad de tales derechos y libertades.
3. El Consejo Económico y Social podrá formular proyectos de convención con respecto a cuestiones de su competencia para someterlos a la Asamblea General.
4. El Consejo Económico y Social podrá convocar, conforme a las reglas que prescriba la Organización, conferencias internacionales sobre asuntos de su competencia.
Artículo 63
1. El Consejo Económico y Social podrá concertar con cualquiera de los organismos especializados de que trata el Artículo 57, acuerdos por medio de los cuales se establezcan las condiciones en que dichos organismos habrán de vincularse con la Organización. Tales acuerdos estarán sujetos a la aprobación de la Asamblea General.
2. El Consejo Económico y Social podrá coordinar las actividades de los organismos especializados mediante consultas con ellos y haciéndoles recomendaciones, como también mediante recomendaciones a la Asamblea General y a los Miembros de las Naciones Unidas.

Artículo 64
1. El Consejo Económico y Social podrá tomar las medidas apropiadas para obtener informes periódicos de los organismos especializados. También podrá hacer arreglos con los Miembros de las Naciones Unidas y con los organismos especializados para obtener informes con respecto a los medidas tomadas para hacer efectivas sus propias recomendaciones y las que haga la Asamblea General acerca de materias de la competencia del Consejo.
2. El Consejo Económico y Social podrá comunicar a la Asamblea General sus observaciones sobre dichos informes.

Artículo 65
1. El Consejo Económico y Social podrá suministrar información a1 Consejo de Seguridad y deberá darle la ayuda que éste le solicite.

Artículo 66
1. E1 Consejo Económico y Social desempeñará las funciones que caigan dentro de su competencia en relación con el cumplimiento de las recomendaciones de la Asamblea General.
2. El Consejo Económico y Social podrá prestar, con aprobación de la Asamblea General, los servicios que le soliciten los Miembros de las Naciones Unidas y los organismos especializados.
3. El Consejo Económico y Social desempeñará las demás funciones prescritas en otras partes de esta Carta o que le asignare la Asamblea General.

Artículo 67
1. Cada miembro del Consejo Económico y Social tendrá un voto.
2. Las decisiones del Consejo Económico y Social se tomarán por la mayoría de los miembros presentes y votantes.

Artículo 68
E1 Consejo Económico y Social establecerá comisiones de orden económico y social y para la promoción de los derechos humanos, así como las demás comisiones necesarias para el desempeño de sus funciones.

Artículo 69
El Consejo Económico y Social invitará a cualquier Miembro de las Naciones Unidas a participar, sin derecho a voto, en sus deliberaciones sobre cualquier asunto de particular interés para dicho Miembro.

Artículo 70
El Consejo Económico y Social podrá hacer arreglos para que representantes de los organismos especializados participen, sin derecho a voto, en sus deliberaciones y en las de las comisiones que establezca, y para que sus propios representantes participen en las deliberaciones de aquellos organismos.

Artículo 71
El Consejo Económico y Social podrá hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen en asuntos de la competencia del Consejo. Podrán hacerse dichos arreglos con organizaciones internacionales y, si a ello hubiere lugar, con organizaciones nacionales, previa consulta con el respectivo Miembro de las Naciones Unidas.

Artículo 72
1. El Consejo Económico y Social dictará su propio reglamento, el cual establecerá el método de elegir su Presidente.
2. El Consejo Económico y Social se reunirá cuando sea necesario de acuerdo con su reglamento, el cual incluirá disposiciones para la convocación a sesiones cuando lo solicite una mayoría de sus miembros.

CAPITULO XI - DECLARACION RELATIVA A TERRITORIOS NO AUTONOMOS

Artículo 73
Los Miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, reconocen el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y de seguridad internacionales establecido por esta Carta, el bienestar de los habitantes de esos territorios, y asimismo se obligan:
a. a asegurar, con el debido respeto a la cultura de los pueblos respectivos, su adelanto político, económico, social y educativo, el justo tratamiento de dichos pueblos y su protección contra todo abuso;
b. a desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y a ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas, de acuerdo con las circunstancias especiales de cada territorio, de sus pueblos y de sus distintos grados de adelanto;
c. a promover la paz y la seguridad internacionales;
d. a promover medidas constructivas de desarrollo, estimular la investigación, y cooperar unos con otros y, cuando y donde fuere del caso, con organismos internacionales especializados, para conseguir la realización práctica de los propósitos de carácter social, económico y científico expresados en este Artículo; y
e. a transmitir regularmente al Secretario General, a título informativo y dentro de los límites que la seguridad y consideraciones de orden constitucional requieran, la información estadística y de cualquier otra naturaleza técnica que verse sobre las condiciones económicas, sociales y educativas de los territorios por los cuales son respectivamente responsables, que no sean de los territorios a que se refieren los Capítulos XII y XIII de esta Carta.

Artículo 74
Los Miembros de las Naciones Unidas convienen igualmente en que su política con respecto a los territorios a que se refiere este Capitulo, no menos que con respecto a sus territorios metropolitanos, debera fundarse en el principio general de la buena vecindad, teniendo debidamente en cuenta los intereses y el bienestar del resto del mundo en cuestiones de carácter social, económico y comercial.

CAPITULO XII - REGIMEN INTERNACIONAL DE ADMINISTRACION FIDUCIARIA

Artículo 75
La Organización establecerá bajo su autoridad un régimen internacional de administración fiduciaria para la administración y vigilancia de los territorios que puedan colocarse bajo dicho régimen en virtud de acuerdos especiales posteriores. A dichos territorios se les denominará "territorios fideicometidos."

Artículo 76
Los objetivos básicos del régimen de administración fiduciaria, de acuerdo con los Propósitos de las Naciones Unidas enunciados en el Artículo 1 de esta Carta, serán:
a. fomentar la paz y la seguridad internacionales;
b. promover el adelanto político, económico, social y educativo de los habitantes de los territorios fideicometidos, y su desarrollo progresivo hacia el gobierno propio o la independencia, teniéndose en cuenta las circunstancias particulares de cada territorio y de sus pueblos y los deseos libremente expresados de los pueblos interesados, y según se dispusiere en cada acuerdo sobre administración fiduciaria;
c. promover el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, así como el reconocimiento de la interdependencia de los pueblos del mundo; y
d. asegurar tratamiento igual para todos los Miembros de las Naciones Unidas y sus nacionales en materias de carácter social, económico y comercial, así como tratamiento igual para dichos nacionales en la administración de la justicia, sin perjuicio de la realización de los objetivos arriba expuestos y con sujeción a las disposiciones del Artículo 80.

Artículo 77
1. El régimen de administración fiduciaria se aplicará a los territorios de las siguientes categorías que se colocaren bajo dicho régimen por medio de los correspondientes acuerdos:
a. territorios actualmente bajo mandato;
b. territorios que, como resultado de la segunda guerra mundial, fueren segregados de Estados enemigos, y
c. territorios voluntariamente colocados bajo este régimen por los Estados responsables de su administración.
2. Será objeto de acuerdo posterior el determinar cuáles territorios de las categorías anteriormente mencionadas seran colocados bajo el régimen de administración fiduciaria y en qué condiciones.

Artículo 78
El régimen de administración fiduciaria no se aplicará a territorios que hayan adquirido la calidad de Miembros de las Naciones Unidas, cuyas relaciones entre sí se basarán en el respeto al principio de la igualdad soberana.
Artículo 79
Los términos de la administración fiduciaria para cada territorio que haya de colocarse bajo el régimen expresado, y cualquier modificación o reforma, deberán ser acordados por los Estados directamente interesados, incluso la potencia mandataria en el caso de territorios bajo mandato de un Miembro de las Naciones Unidas, y serán aprobados según se dispone en los Artículos 83 y 85.

Artículo 80
1. Salvo lo que se conviniere en los acuerdos especiales sobre administración fiduciaria concertados de conformidad con los Artículos 77, 79 y 81 y mediante los cuales se coloque cada territorio bajo el régimen de administración fiduciaria, y hasta tanto se coIlcierten tales acuerdos, ninguna disposición de este Capítulo será interpretada en el sentido de que modifica en manera alguna los derechos de cualesquiera Estados o pueblos, o los términos de los instrumentos internacionales vigentes en que sean partes Miembros de los Naciones Unidas.
2. El párrafo 1 de este Artículo no será interpretado en el sentido de que da motivo para demorar o diferir la negociación y celebración de acuerdos para aplicar el régimen de administración fiduciaria a territorios bajo mandato y otros territorios, conforme al Artículo 77.

Artículo 81
El acuerdo sobre administración fiduciaria contendrá en cada caso las condiciones en que se administrará el territorio fideicometido, y designará la autoridad que ha de ejercer la administración. Dicha autoridad, que en lo sucesivo se denominará la "autoridad administradora", podrá ser uno o más Estados o la misma Organización.

Artículo 82
Podrán designarse en cualquier acuerdo sobre administración fiduciaria, una o varias zonas estratégicas que comprendan parte o la totalidad del territorio fideicometido a que se refiera el acuerdo, sin perjuicio de los acuerdos especiales celebrados con arreglo al Artículo 43.

Artículo 83
1. Todas las funciones de las Naciones Unidas relativas a zonas estratégicas, incluso la de aprobar los términos de los acuerdos sobre administración fiduciaria y de las modificaciones o reformas de los mismos, serán ejercidas por el Consejo de Seguridad.
2. Los objetivos básicos enunciados en el Artículo 76 serán aplicables a la población de cada zona estratégica.
3. Salvo las disposiciones de los acuerdos sobre administración fiduciaria y sin perjuicio de las exigencias de la seguridad, el Consejo de Seguridad aprovechará la ayuda del Consejo de Administración Fiduciaria para desempeñar, en las zonas estratégicas, aquellas funciones de la Organización relativas a materias políticas, económicas, sociales y educativas que correspondan al régimen de administración fiduciaria.

Artículo 84
La autoridad administradora tendrá el deber de velar por que el territorio fideicometido contribuya al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Con tal fin, la autoridad administradora podrá hacer uso de las fuerzas voluntarias, de las facilidades y de la ayuda del citado territorio, a efecto de cumplir con las obligaciones por ella contraídas a este respecto ante el Consejo de Seguridad, como también para la defensa local y el mantenimiento de la ley y del orden dentro del territorio

Artículo 85
1. Las funciones de la Organización en lo que respecta a los acuerdos sobre administración fiduciaria relativos a todas las zonas no designadas como estratégicas, incluso la de aprobar los términos de los acuerdos y las modificaciones o reformas de los mismos serán ejercidas por la Asamblea General.
2. El Consejo de Administración Fiduciaria, bajo la autoridad de la Asamblea General, ayudará a ésta en el desempeño de las funciones aquí enumeradas.

CAPITULO XIII - EL CONSEJO DE ADMINlSTRAClON FIDUCIARIA- Composición

Artículo 86
1. El Consejo de Administración Fiduciaria estará integrado por los siguientes Miembros de las Naciones Unidas:
a. los Miembros que administren territorios fideicometidos;
b. los Miembros mencionados por su nombre en el Artículo 23 que no estén administrando territorios fideicometidos; y
c. tantos otros Miembros elegidos por periodos de tres años por la Asamblea General cuantos sean necesarios para asegurar que el número total de miembros del Consejo de Administración Fiduciaria se divida por igual entre los Miembros de las Naciones Unidas administradores de tales territorios y los no administradores.
2. Cada miembro del Consejo de Administración Fiduciaria designará a una persona especialmente calificada para que lo represente en el Consejo.

Artículo 87
En el desempeño de sus funciones, la Asamblea General y, bajo su autoridad, el Consejo de Administración Fiduciaria, podrán :
a. considerar informes que les haya rendido la autoridad administradora;
b. aceptar peticiones y examinarlas en consulta con la autoridad administradora;
c. disponer visitas periódicas a los territorios fideicometidos en fechas convenidas con la autoridad administradora; y
d. tomar estas y otras medidas de conformidad con los términos de los acuerdos sobre administración fiduciaria.

Artículo 88
El Consejo de Administración Fiduciaria formulará un cuestionario sobre el adelanto político, económico, social y educativo de los habitantes de cada territorio fideicometido; y la autoridad administradora de cada territorio fideicometido dentro de la competencia de la Asamblea General, rendirá a ésta un informe anual sobre 1a base de dicho cuestionario.

Artículo 89
1. Cada miembro del Consejo de Administración Fiduciaria tendra un voto.
2. Las decisiones del Consejo de Administración Fiduciaria serán tomadas por el voto de la mayoría de los miembros presentes y votantes.

Artículo 90
1. El Consejo de Administración Fiduciaria dictará su propio reglamento, el cual establecerá el método de elegir su Presidente.
2. El Consejo de Administración Fiduciaria se reunirá cuando sea necesario, según su reglamento. Este contendrá disposiciones sobre convocación del Consejo a solicitud de la mayoría de sus miembros.

Artículo 91
El Consejo de Administración Fiduciaria, cuando lo estime conveniente, se valdrá de la ayuda del Consejo Económico y Social y de la de los organismos especializados con respecto a los asuntos de la respectiva competencia de los mismos.

CAPITULO XIV - LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

Artículo 92
La Corte Internacional de Justicia será el órgano judicial principal de las Naciones Unidas; funcionará de conformidad con el Estatuto anexo, que está basado en el de la Corte Permanente de Justicia Internacional, y que forma parte integrante de esta Carta.


Artículo 93
1. Todos los Miembros de las Naciones Unidas son ipso facto partes en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
2. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas podrá llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, de acuerdo con las condiciones que determine en cada caso la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.
Artículo 94
1. Cada Miembro de las Naciones Unidas compromete a cumplir la decisión de la Corte Internacional de Justicia en todo litigio en que sea parte.
2. Si una de las partes en un litigio dejare de cumplir las obligaciones que le imponga un fallo de la Corte, la otra parte podrá recurrir al Consejo de Seguridad, el cual podrá, si lo cree necesario, hacer recomendaciones o dictar medidas con el objeto de que se lleve a efecto la ejecución del fallo.

Artículo 95
Ninguna de las disposiciones de esta Carta impedirá a los Miembros de las Naciones Unidas encomendar la solución de sus diferencias a otros tribunales en virtud de acuerdos ya existentes o que puedan concertarse en el futuro.

Artículo 96
1. La Asamblea General o el Consejo de Seguridad podrán solicitar de la Corte Internacional de Justicia que emita una opinión consultiva sobre cualquier cuestión jurídica.
2. Los otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados que en cualquier momento sean autorizados para ello por la Asamblea General, podrán igualmente solicitar de la Corte opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que surjan dentro de la esfera de sus actividades.

CAPITULO XV - LA SECRETARIA

Artículo 97
La Secretaría se compondrá de un Secretario General y del personal que requiera la Organización. El Secretario General será nombrado por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad. El Secretario General sera el más alto funcionario administrativo de la Organización.

Artículo 98
El Secretario General actuará como tal en todas las sesiones de la Asamblea General, del Consejo de Seguridad, del Consejo Económico y Social y del Consejo de Administración Fiduciaria, y desempeñara las demas funciones que le encomienden dichos órganos. El Secretario General rendirá a la Asamblea General un informe anual sobre las actividades de la Organización.

Artículo 99
El Secretario General podrá llamar la atención del Consejo de Seguridad hacia cualquler asunto que en su opinión pueda poner en peligro el mantenimiento de ]a paz y la seguridad internacionales.

Artículo 100
1. En el cumplimiento de sus deberes, el Secretario General y el personal de la Secretaría no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún gobierno ni de ninguna autoridad ajena a la Organización, y se abstendrán de actuar en forma alguna que sea incompatible con su condición de funcionarios internacionales responsables únicamente ante la Organización.
2. Cada uno de los Miembros de las Naciones Unidas se compromete a respetar el carácter exclusivamente internacional de las funciones del Secretario General y del personal de la Secretaría, y a no tratar de influir sobre ellos en el desempeño de sus funciones.

Artículo 101
1. El personal de la Secretaría será nombrado por el Secretario General de acuerdo con las reglas establecidas por la Asamblea General.
2. Se asignará permanentemente personal adecuado al Consejo Económico y Social, al Consejo de Administración Fiduciaria y, según se requiera, a otros órganos de las Naciones Unidas. Este personal formará parte de la Secretaría.
3. La consideración primordial que se tendrá en cuenta al nombrar el personal de la Secretaría y al determinar las condiciones del servicio, es la necesidad de asegurar el más alto grado de eficiencia, competencia e integridad. Se dará debida consideración también a la importancia de contratar el personal en forma de que haya la más amplia representación geográfica posible.

CAPITULO XVI - DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 102
1. Todo tratado y todo acuerdo internacional concertados por cualesquiera Miembros de las Naciones Unidas después de entrar en vigor esta Carta, serán registrados en la Secretaría y publicados por ésta a la mayor brevedad posible.
2. Ninguna de las partes en un tratado o acuerdo internacional que no haya sido registrado conforme a las disposiciones del párrafo 1 de este Artículo, podrá invocar dicho tratado o acuerdo ante órgano alguno de las Naciones Unidas.

Artículo 103
En caso de conflicto entre las obligaciones contraídas por los Miembros de las Naciones Unidas en virtud de la presente Carta y sus obligaciones contraídas en virtud de cualquier otro convenio internacional, prevalecerán las obligaciones impuestas por la presente Carta.

Articulo 104
La Organización gozará, en el territorio de cada uno de sus Miembros, de la capacidad jurídica que sea necesaria para el ejercicio de sus funciones y la realización de sus propósitos.

Artículo 105
1. La Organización gozará, en el territorio de cada uno de sus Miembros, de los privilegios e inmunidades necesarios para la realización de sus propósitos.
2. Los representantes de los Miembros de la Organización y los funcionarios de ésta, gozarán asimismo de los privilegios e inmunidades necesarios para desempeñar con independencia sus funciones en relación con la Organización.
3. La Asamblea General podrá hacer recomendaciones con el objeto de determinar los pormenores de la aplicación de los párrafos 1 y 2 de este Artículo, o proponer convenciones a los Miembros de las Naciones Unidas con el mismo objeto.

CAPITULO XVII - ACUERDOS TRANSITORIOS SOBRE SEGURIDAD

Artículo 106
Mientras entran en vigor los convenios especiales previstos en el Artículo 43, que a juicio del Consejo de Seguridad lo capaciten para ejercer las atribuciones a que se refiere el Artículo 42, las partes en la Declaración de las Cuatro Potencias firmada en Moscú el 30 de octubre de 1943, y Francia, deberán, conforme a las disposiciones del párrafo 5 de esa Declaración, celebrar consultas entre sí, y cuando a ello hubiere lugar, con otros miembros de la Organización, a fin de acordar en nombre de ésta la acción conjunta que fuere necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.

Artículo 107
Ninguna de las disposiciones de esta Carta invalidará o impedirá cualquier acción ejercida o autorizada como resultado de la segunda guerra mundial con respecto a un Estado enemigo de cualquiera de los signatarios de esta Carta durante la citada guerra, por los gobiernos responsables de dicha acción.

CAPITULO XVIII - REFORMAS

Artículo 108
Las reformas a la presente Carta entrarán en vigor para todos los Miembros de las Naciones Unidas cuando hayan sido adoptadas por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea General y ratificadas, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales, por las dos terceras partes de los Miembros de las Naciones Unidas, incluyendo a todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad.

Artículo 109
1. Se podrá celebrar una Conferencia General de los Miembros de las Naciones Unidas con el propósito de revisar esta Carta, en la fecha y lugar que se determinen por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea General y por el voto de cualesquiera nueve miembros del Consejo de Seguridad. Cada Miembro de las Naciones Unidas tendrá un voto en la Conferencia.
2. Toda modificación de esta Carta recomendada por el voto de las dos terceras partes de la Conferencia entrará en vigor al ser ratificada de acuerdo con sus respectivos procedimientos constitucionales, por las dos terceras partes de los Miembros de las Naciones Unidas, incluyendo a todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad.
3. Si no se hubiere celebrado tal Conferencia antes de la décima reunión anual de la Asamblea General despues de entrar en vigor esta Carta, la proposición de convocar tal Conferencia será puesta en la agenda de dicha reunión de la Asamblea General, y la Conferencia será celebrada si así lo decidieren la mayoría de los miembros de la Asamblea General y siete miembros cualesquiera del Consejo de Seguridad.

CAPITULO XIX - RATIFICACION Y FIRMA

Artículo 110
1. La presente Carta será ratificada por los Estados signatorios de acuerdo con sus respectivos procedimientos constitucionales.
2. Las ratificaciones serán entregadas para su depósito al Gobierno de los Estados Unidos de América, el cual notificará cada depósito a todos los Estados signatarios así como al Secretario General de la Organización cuando haya sido designado.
3. La presente Carta entrará en vigor tan pronto como hayan sido depositadas las ratificaciones de la República de China, Francia, la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América, y por la mayoría de los demás Estados signatarios. Acto seguido se dejará constancia de las ratificaciones depositadas en un protocolo que extenderá el Gobierno de los Estados Unidos de América, y del cual transmitirá copias a todos los Estados signatarios.
4. Los Estados signatarios de esta Carta que la ratifiquen después que haya entrado en vigor adquirirán la calidad de miembros originarios de las Naciones Unidas en la fecha del depósito de sus respectivas ratificaciones.

Artículo 111
La presente Carta, cuyos textos en chino, francés, ruso, inglés y español son igualmente auténticos, será depositada en los archivos del Gobierno de los Estados Unidos de América. Dicho Gobierno enviará copias debidamente certificadas de la misma a los Gobiernos de los demás Estados signatarios.
EN FE DE LO CUAL LOS Representantes de los Gobiernos de las Naciones Unidas han suscrito esta Carta.
FIRMADA en la ciudad de San Francisco, a los veintiséis días del mes de junio de mil novecientos cuarenta y cinco.

© Copyright 1996 - 2002
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Ginebra, Suiza

Helicóptero Robinson R44

Empleado por la Gendarmería Nacional Argentina, -adaptado a tareas de vigilancia aérea- el helicóptero Robinson R44 es un pequeño helicóptero civil de cuatro asientos, impulsado por pistón producido por la Robinson Helicopter Company desde 1992.
Si bien se asemeja al Robinson R22, el R44 es más grande y más rápido que su predecesor. Incluye nuevos controles de vuelo activados eléctricamente.

Especificaciones
Fabricante: Robinson Helicopter Co.
Origen: EE.UU.
Tripulación: 1 piloto
Capacidad: 3 pasajeros
Carga útil: 408 Kg.
Longitud: 11,4 m
Diámetro de rotor: 10,1 m
Rotor: 2 palas
Altura: 3,3 m
Peso en vacío: 726 kg, con carga: 1134 Kg.
Motor: 1 × Lycoming IO-540-AE1A5 6 cilindros, horizontalmente opuesto, de accionamiento directo, refrigerado por aire, combustible inyectada, normalmente aspirado, potencia máxima continua de 205 CV (153 kW)
Tanque de combustible: 120 litros y auxiliar de 70 litros.
Combustible: Nafta
Velocidad máxima: 240 km / h
Autonomía: 560 kilómetros
Techo: 14000 pies de altura
Fuente: Wikipedia y SAORBATS

Lanzacohete antitanque RPG-16 (Rusia)

El RPG-16 es un lanzacohete antitanque, empleado por las tropas aerotransportadas rusas.
Fue desarrollado en 1968 y adoptado por el Ejército Rojo en 1970. Fue el principal lanzador de cohetes utilizados en el Afganistán de la campaña 1979 - 1989.
En comparación con el contemporáneo RPG-7, el RPG-16 tiene mayor alcance efectivo y mejor precisión, gracias a la ojiva calibre más pequeño y más poderoso cohete propulsor.
El RPG-16 tiene un calibre de 58 mm, ojiva y un cohete propulsor. Su peso es de 9,4 kg, con su visor óptico pesa 12,4 kg . Su alcance efectivo es de hasta 800 metros, pudiendo penetrar un blindaje laminado de 300 mm.
La optica –designada PGO-16 - es básicamente la misma que la empleada en el RPG-7 con un aumento 2.7X, diferenciadose en su retícula.
Requiere dos hombres, un lanzador con dos proyectiles y un asistente que lleva otros tres proyectiles.
Especificaciones:
Fabricante: Rusia
Calibre: 58,3 mm
Longitud: 1,104 m; desmontado: 645 mm
Peso: lanzador, 9,4 kg; cohetes, 3 kg
Cohete: velocidad: inicial, 130 m / s; máx, 350 m / s
Alcance máximo: 800 m
Penetración en blindaje: 300 mm


Fuente: Wikipedia y bellum.com

El Bv 206 Hagglund, ideal para la montaña

El Hagglund, conocido “Snowcat", se puso en servicio en junio de 1986.Fue diseñado para su uso con las fuerzas armadas de todo el mundo y es susceptible de ser lanzadas desde el aire y transportadas por una variedad de aviones.
Esta propulsado por motor Ford V6 de gasolina de conducción a través de la transmisión automática de 4 velocidades con caja de transferencia de 2 velocidades y ha sido diseñada para ser versátil.

Estos extraordinarios vehículos de tracción capaces de generar un gran poder de tracción mientras ejercen una presión sobre el suelo menos de la mitad de un hombre de a pie

La Bv206 puede negociar obstáculos como nieve en polvo, las dunas y marismas y ríos.
Puede subir 60 grados y puede flotar sin preparación.
Puede transportar una variedad de contenedores, centros de acogida o hasta 17 personas, o de ser utilizados como una ambulancia o vehículo de extinción de incendios.
El BV206 es ideal para trabajar en frío ártico o el calor tropical.
La parte frontal y posterior de las unidades están conectadas entre sí por una singular vinculación de dirección hidráulica, que le da la flexibilidad en todos los ejes y muy buena maniobrabilidad.
Sin unidad de la espalda, el frente no será capaz de mover la dirección.
Es simple conducirlo y requiere mínimo de formación de conductores.
Especificaciones:
Tripulación: 1 conductor
Pasajeros: 16
Velocidad: 52 km / h Max
Peso: 6,47 toneladas
Altura: 2.4 m
Ancho: 1.67m
Longitud: 6.9m
Motor: 2,8 litros V6
Fuente: Wikipedia




El Parque Nacional Nahuel Huapi

La donación de tierras efectuada por el Perito Francisco Pascasio Moreno el 6 de noviembre de 1903, constituye el núcleo sobre el cual se crea -en el año 1934- el Parque Nacional Nahuel Huapi. Por su valor ecológico y paisajístico, protege una extensa área representativa de la región andina del norte de la Patagonia. Se encuentra ubicado en el sudoeste de la Provincia de Neuquén y noroeste de la Provincia de Río Negro y abarca una superficie de 705.000 hectáreas.

Desde hace 10.000 años, el área del lago Nahuel Huapi es testigo del paso, convergencia y residencia de los habitantes de la zona. Las posibilidades que ofrecen los ambientes de esta región permitieron a los grupos humanos poner en práctica diferentes estrategias para desarrollar su propia identidad.

Los primeros pobladores de la región habrían sido los tehuelches, que eran cazadores y recolectores. Los puelche del Nahuel Huapi se especializaron en una forma de vida lacustre y posteriormente, los grupos araucanizados se dedicaron a actividades agrícolas.
Hacia el 1600, a través de la cordillera, llegó el hombre blanco proveniente del actual territorio chileno, formando parte de expediciones esclavistas, misiones jesuíticas o viajeros.
En 1876, el Perito Francisco P. Moreno arribó a esta zona procedente de Buenos Aires, para explorar el norte de la Patagonia.

La Campaña del Desierto (1879-1883) produjo el exterminio casi total de los indígenas que poblaban estas tierras. Posteriormente, colonos procedentes de ambos lados de la cordillera se establecieron en la región. En 1902 nació la Colonia San Carlos. La actividad agrícola-ganadera de principios de siglo dejó de ser el eje económico y surgió la actividad turística a partir de la creación del Parque Nacional Nahuel Huapi en 1934.

El Parque Nacional Nahuel Huapi, con sus 710.000 ha, se caracteriza por la gran variedad de sus paisajes. En ésta área es posible reconstruir la historia de ocupación y uso del lugar. En ella hay zonas de dominio público ocupadas por descendientes de colonos o indígenas que realizan actividades rurales, así como sectores con importante infraestructura para los visitantes y propiedades privadas preexistente a la creación del Parque. En algunos casos se ha pasado del estado de las tierras de dominio público ha n sistema de propiedad comunitaria de las mismas. Simultáneamente, existen zonas de conservación estricta donde la actividad humana se limita sólo a la investigación científica.

Paisajes. Flora y fauna
El Parque Nacional Nahuel Huapi resguarda muestras de tres unidades naturales: altoandino, bosque andino-patagónico -incluyendo sectores de selva valdiviana y de bosque de transición-, y estepa patagónica.
Por encima de los 1.600 metros sobre el nivel del mar se desarrolla la naturaleza altoandina cuya vegetación es rala y está compuesta por pequeñas hierbas adaptadas a la rigurosidad del frío, la nieve y el viento. Se caracterizan por sus flores vistosas y cortos períodos de floración (fotos).
Entre los roquedales habita el chinchillón o ardilla patagónica, un roedor de cuerpo redondeado, grandes orejas y cola larga curvada hacia arriba. Las aves de presa y carroñeras son comunes. Entre estas últimas se observa el cóndor andino, de extraordinario tamaño y majestuoso vuelo.
La ausencia de aves y mamíferos acuáticos puede ser consecuencia de la escasez de alimento y refugio en los cuerpos de agua. Es probable que la rigurosidad climática y la fluctuaciones estacionales y diarias de los insectos que constituyen el alimento de la mayoría de las especies de vertebrados presentes, determinen que las poblaciones no sean abundantes, que existan pocas de hábitos nocturnos y que el 40% migren de la zona en invierno.

Las partes bajas de las montañas y los valles de este Parque están cubiertos en gran parte por extensos bosques andino-patagónicos. Lo integran, según la altura, distintos árboles tales como) lengas, ñires y coihues. Estos bosques ofrecen en otoño uno de los más coloridos paisajes silvestres de la Argentina., alternando rojos, ocres y verdes.
En la primavera y verano, entre lagos y montañas, se destacan plantas nativas como el notro, de vistosas flores rojas; la mutisia, una trepadora de flores anaranjadas; la virreina, semejante a la anterior pero con flores lilas; y el amancay, que tapiza el sotobosque con sus flores amarillas.
En la zona de Puerto Blest, casi sobre el límite con Chile, donde las precipitaciones son de aproximadamente 4.000 milímetros anuales, se desarrolla la selva valdiviana, con especies vegetales propias como, el ciprés de las guaitecas, los maniú macho y hembra y el fuinque. El alerce es una de las plantas gigantes de estos bosques y sumamente longevas, llegando a ser milenarios.

Numerosos lagos se encuentran entre los bosques. El más destacable es el Nahuel Huapi, cuya superficie es de 560 km2 y su profundidad de hasta 454 metros. Otros lagos de menor extensión son el Traful, el Espejo y el Villarino en la zona norte, el Gutierrez, el Mascardi, el Guillelmo y el Steffen en la zona sur. Las orillas de estos lagos y ríos se encuentran pobladas de especies vegetales de lugares húmedos como los arrayanes y pataguas. En los acantilados de algunas islas del Lago Nahuel Huapi, existe una población de cormorán imperial, hecho curioso ya que se trata de una especie preferentemente marina. Es frecuente también encontrar a la gaviota cocinera siguiendo las embarcaciones.
Una de las especies típicas de la fauna de la región es el huillín, mamífero en peligro de extinción, que tiene en este Parque una de las principales poblaciones de la Argentina. Es una nutria nativa, hábil nadador y buceador de los lagos, lagunas, ríos y arroyos, en cuyas costas construye sus madrigueras. Su cuerpo alargado está cubierto por un pelaje castaño con reflejos anaranjados o rojizos, y posee patas cortas con membrana interdigital y cola larga. Se alimenta de pancoras, o cangrejos, langostinos y ocasionalmente peces. Su presencia en la región indica que el entorno del Parque Nacional Nahuel Huapi aún conserva buenas condiciones ambientales.

El monito de monte, un marsupial endémico que habita este ambiente, el gato huiña y el pudú, uno de los ciervos más pequeños del mundo, habitan el sotobosque cerrado.
El bosque de transición se extiende hacia el este, es un bosque abierto de cipreses de la cordillera, radales, ñires y maitenes. La especie descollante aquí es el ciprés, cuya esbelta figura cónica se destaca en las laderas rocosas, como se puede apreciar en el Valle Encantado, un lugar de gran belleza escénica. Es la zona de mayor riqueza de vertebrados del parque, debido a la superposición de ambientes boscosos y esteparios, proporcionando una gran variedad de hábitats para la fauna.

Una especie interesante es el tuco-tuco colonial, un roedor que vive en colonias en madrigueras subterráneas en forma de galería. Posee uñas muy largas y poderosas, patas cortas y musculosas, ojos pequeños y orejas cortas. Su sentido más desarrollado es el olfato y el oído. Es una especie endémica, su distribución natural está restringida al Parque Nacional Nahuel Huapi.
Uno de los animales de mayor porte es el huemul, ciervo en peligro de extinción, que habita preferentemente las laderas con matorrales y afloramientos rocosos. En el invierno se refugia en cañadones cubiertos de bosque.

Continuando hacia el este, la disminución de las precipitaciones da paso a un paisaje de cañadones y mesetas semi-áridas, con neto predominio de la estepa patagónica. Es el reino de pastos de tonos amarillos y anaranjados, típicos del distrito más occidental y húmedo de la estepa. El neneo, el coirón dulce y el coirón amargo son algunas de las especies vegetales más frecuentes. Entre los arbustos se destacan el calafate y el chacay Zorros y pumas , junto a aves rapaces como el gavilán ceniciento y el halconcito colorado, caracterizan la fauna de esta zona. El guanaco es el mamífero más alto de la zona esteparia, vive en tropillas formadas por un macho adulto, hembras y crías o chulengos.

Accesos.
A la Ciudad de San Carlos de Bariloche, rodeada por el Parque Nacional, se puede acceder desde San Martín de los Andes por la Ruta Nacional Nº 234 y la Ruta Nacional Nº 231, vía de comunicación conocida como "Camino de los Siete Lagos".
Otro modo de acceso es desde San Martín de los Andes, por la Ruta Provincial Nº 63.
Desde Neuquén se arriba a través de la Ruta Nacional Nº 237. Por el sur del Parque Nacional se accede a San Carlos de Bariloche a través de la Ruta Nacional Nº 258.
Por vía aérea se puede arribar al aeropuerto de San Carlos de Bariloche.
En el Parque se tiene acceso a Chile por tres pasos fronterizos: dos terrestres, por la Ruta Nacional Nº 231, Paso Puyehue; por la Ruta Provincial N° 83 , Paso Cochamó y el tercero lacustre, por el Paso Perez Rosales.

Paseos y servicios.
La Intendencia del Parque Nacional se encuentra en San Carlos de Bariloche, ciudad de 100.000 habitantes, a orillas del Lago Nahuel Huapi. Otros centros poblados que se encuentran en el área y que cuentan con servicios turísticos son Villa la Angostura y Villa Traful.
Dentro del área protegida se encuentran numerosas zonas de acampe libre y organizado, así como hoteles, hosterías, cabañas y bungalows.
En el área se desarrollan diversas actividades turístico-recreativas tales como el campamentismo, turismo de estancia, la navegación en todas sus modalidades; el kayakismo; el canotaje; el trekking; el rafting; el buceo; cabalgatas; excursiones en bicicleta; escalada en roca, en hielo; la pesca y caza deportiva de especies .
Las excursiones se realizan por medio de agencias de viajes o en forma particular.
De noviembre a abril se extiende la temporada de pesca deportiva de peces introducidos como la trucha de arroyo, la marrón y el salmón (consulte el reglamento de pesca anual).
Gran cantidad de senderos permiten realizar caminatas, recorridas en bicicleta o caballo y practicar montañismo.

Algunas alternativas posibles, de las que puede solicitar mayor información en las dependencias de Parques Nacionales, son:
-Travesía que une el Refugio Frey y el Refugio General San Martín: en el paseo se recorre filo del cerro Catedral, el Valle del Rucaco, y el filo del Cerro Brecha Negra. La dificultad que presenta es media y la duración del recorrido es de 8 horas .
-Bajada desde el Refugio General San Martín por el río Casalata a la zona del Hotel Tronador: en el recorrido se pasa por el Paso Schweitzer. La dificultad que presenta es media, y la duración es de 8 horas.
-Trazado desde el Refugio Segre y el Refugio López hacia el Monte Tronador: se recorre el trazado que une la zona del Refugio Segre y el Refugio López con la Laguna La Carne. Desde allí se desciende a Pampa Linda en la zona del Monte Tronador. Pasando por Laguna CAB, Mallín de las Vueltas, y Laguna Cretón. La dificultad que presenta es media. El recorrido completo dura dos días y medio.
-Recorrido desde Zona Hotel Tronador hasta la Laguna Cretón: desde Zona Hotel Tronador hasta la Laguna Cretón, donde empalma con el recorrido descripto en el paseo anterior, pasando por Laguna Azul. Hasta Laguna Azul, presenta dificultad baja y son 3 horas de recorrido. Desde la Laguna Azul a la Laguna Cretón la dificultad es media con una duración de 3 horas de recorrido.
-Trazado desde la divisoria de aguas a la zona del Hotel Tronador en la desembocadura del río Manso Superior: pasando por la Laguna Llum y el filo del Cerro Mora. La última parte empalma con la bajada del arroyo Casalata. La dificultad es baja y lleva un día y medio de recorrido.
-Travesía que une los refugios Segre y López, pasando por el filo del Cerro López, Mallín del Goye y Cerro Bailey Willis: La dificultad que presenta es alta, y lleva 5 horas de recorrido.
-Travesía que une los Refugios General San Martín y Segre: la dificultad que presenta es muy alta, lleva 12 horas de recorrido y requiere de la compañía de un guía de montaña.
-Bajada de Laguna La Carne hasta Pampa Linda: requiere tres horas de recorrido, presentando dificultad baja.
-Paseo al fondo del Valle del Castaño Overo: la dificultad es baja y lleva tres horas de recorrido.
-Travesía que une el sector de Pampa Linda con Lago Frías: pasando por Paso de las Nubes. Requiere dos días de recorrido, con dificultad baja.
-Pampa Linda es el punto de partida de recorridas de corta y larga duración, entre ellas:
-Sendero al Saltillo de las Nalcas: comienza a 500 metros de la Seccional de Guardaparques, camino a la base del Cerro Tronador. Se recorre en media hora.
-Sendero al Ventisquero Negro: comienza a 7 km de la Seccional de Guardaparques, por el camino a la base del Cerro Tronador, llegando al mirador del Ventisquero Negro.
-Sendero a la base del Cerro Tronador: comienza al final del camino vehicular, desde donde puede observarse la cascada Garganta del Diablo.
-Sendero a la Laguna Ilón: comienza a 300 metros de la Seccional de Guardaparques. Se continúa en dirección al Refugio Otto Meiling, hasta el desvío señalizado, hacia la derecha. El ascenso requiere aproximadamente seis horas.
-Sendero al Refugio Otto Meiling (Club Andino Bariloche): se parte de la Seccional de Guardaparques en dirección al río Castaño Overo. Luego de cruzarlo se asciende hasta el pedrero. Para arribar al refugio se requieren aproximadamente cinco horas de ascenso.
-Travesía al Paso de las Nubes: comienza en la picada a Refugio Otto Meiling. Es una travesía de alta montaña y ofrece la posibilidad de ver cóndores, finalizando en la selva valdiviana en Lago Frías y Puerto Blest. Requiere dos días de recorrido.
-Las dependencias de Parques Nacionales brindan una completa información sobre estas y otras alternativas.

Los servicios de excursión lacustres permiten conocer la historia, naturaleza y tradición del Parque; los viajes a la Isla Victoria, Parque Nacional Los Arrayanes, Puerto Blest, Lago Mascardi, son parte de las alternativas que brindan las agencias de turismo zonal.
Existen más de 500 km de caminos que cruzan el Parque y que permiten acceder con vehículos a los principales atractivos turísticos que se describen a continuación.

En la zona norte el área tiene diferentes circuitos. Uno conduce a la confluencia del río Limay y Traful y al cautivante Valle Encantado con sus espectaculares formaciones geológicas. Otra alternativa es el recorrido de los Siete Lagos con trayectos dentro del Parque Nacional Lanín, donde se contemplan bosques y paisajes lacustres tan magníficos como variados.

En la zona sur, desde Bariloche, la ruta pavimentada Nº 258 nos lleva al Lago Mascardi; allí se inicia un camino consolidado que se bifurca en los rápidos del río Manso -uno hacia el Lago Roca y la Cascada de Los Alerces- y otrom, al Cerro Tronador y sus Glaciares. Camino a El Bolsón se encuentra el Lago Guillelmo. A la derecha de la ruta nace un camino descendente que conduce al Lago Steffen; a pocos kilómetros de este desvío se pasa a orillas de la Laguna Hualahue, lugar de encuentro de aves acuáticas.

Fuente: Administración de Parques Nacionales.

martes, 22 de abril de 2008

¿Qué es la desinformación?

El senador estadounidense Hiram Johnson proclamó en 1917 que "la primera víctima de la guerra es la verdad". Este aservo no ha cambiado hoy día aunque se han pasado de las burdas mentiras a propuestas más sofisticadas.
El sistema de dominación cambia a formulas más recurrentes como la persuasión o la desinformación que descansa sobre una premisa básica: la intencionalidad.
El emisor pretenderá siempre modificar y alterar la actitud del receptor.
Junto a la intencionalidad la otra premisa necesaria en la desinformación es que el mensaje emitido sea creíble, aceptable por el receptor.
Una aptitud también subjetiva y que no tiene nada que ver con la posible certeza o falsedad del mensaje. El recurso nunca es la coacción directa sino la persuasión, algo que los publicistas conocen bastante bien.

Los recursos más habituales empleados en la desinformación son:
• La filtración: la noticia filtrada siempre viene arropada a cambio del secreto de la fuente emisora: suelen provenir de cauces de poder, no necesariamente político, ya que también es habitual en lo económico, lo deportivo o cultural.
• La sobreinformación: consiste en suministrar una abrumadora cantidad de datos que incitan más a la desorientación ya que el receptor no consigue aislar y asimilar los elementos fundamentales que le permitan una interpretación correcta.
• Selección ventajosa: únicamente se expone aquella información que es favorable a nuestros intereses. Es muy efectiva cuando se emplean gráficas o registros numéricos: estadísticas, encuestas, sondeos.
• Descontextualización: se extrapola la información dentro del contexto en que se ha generado, no se explica o profundizan las causas del fenómeno o suceso. Se inventan motivos o justificaciones.
• Falsedades: la información es falsa, inventada, nunca verificable. No es habitual lanzar una burda mentira sino que se entremezcla lo verdadero con lo falso para que sea creíble, en caso contrario perdería eficacia.
• Errores: Se elaboran informaciones con datos que se revelan a posteriori como falsos.
• Especulaciones: desde datos no confirmados o de rumores se elaboran hipótesis.
• La analogía: en la desinformación se compara intencionadamente dos elementos que no tienen ninguna relación entre sí. Se dirige con frecuencia a la parte emotiva del receptor y requiere mucho esfuerzo para desmontar esto con argumentos racionales.
• El rumor, siempre asociado a “sin confirmación”.
• Eufemismos: “contabilidad imaginativa”, “daños colaterales”.

En casos de guerra se pueden anunciar sucesivas fases de desinformación:
a) La guerra es inevitable: los medios de comunicación de los países implicados en el conflicto anuncian que el conflicto sólo puede llevarse a cabo mediante las armas. Se anuncian conversaciones imposibles: el enemigo no quiere negociar, engaña o se niega a determinadas exigencias.
b) Demonización del jefe enemigo. Los dirigentes de las partes en conflicto hablan de maldad y toda una panoplia de graves desarreglos emocionales y psicológicos de sus líderes oponentes.
c) Se anuncian y comunican todo tipo de atrocidades, genocidios y persecuciones realizadas por el enemigo tanto en el pasado como en el momento presente y que justifican la acción bélica.
d) Extensión de esa demonización del líder enemigo a todo el pueblo que gobierna: el enemigo actúa de forma «incivilizada», ataca por traición, están totalmente fanatizados, tienen comportamientos suicidas y no cooperan debidamente con sus supuestos liberadores. Este comportamiento merece una respuesta «contundente».

Fuente: www.metodosdebusca.com

Fusil FN Herstal F2000

Fusil ofrecido al Ejército Argentino por la empresa belga FN Herstal para reemplazo del fusil FAL.


Este nuevo fusil de asalto que sustituirá a la familia basada en el diseño FNC. Incorpora una serie de mejoras tecnológicas que suponen un importante avance, sobretodo en su ergonomía-diseño es decir configuración y los materiales empleados. Es un proyecto revolucionario que ha permitido la aplicación de materiales compuestos, reducción de longitud total o la posibilidad de colocar diversos accesorios.

Tiene una configuración "Bull-pup", permite el uso de diestros y zurdos, posee un tiro preciso gracias a la longitud de su cañón y a la rápida adquisición del blanco. Cada pieza exterior del fusil que está sometida a golpes ha sido provista de una protección absorbente.

El visor óptico estándar de 1,6x permite conseguir un disparo rápido y preciso, va colocado sobre un soporte "PICATINNY". Puede así sustituirse rápidamente por un visor nocturno. Puede emplear visores nocturnos de 2ª y 3ª generación, lleva sistema de control de tiro, telémetro láser y un elemento calculador que facilitan los ajustes en la puntería. En los soportes de fijación pueden situarse dos opciones de guardamanos: uno incluye un iluminador láser, o una linterna táctica.

El sistema de expulsión es adelantada por lo que evita la sensación de las vaínas eyectadas próximas al ojo del tirador, con una palanca de montar en el costado izquierdo; los mandos selectores de disparo y la retenida son muy accesibles e incluye este fusil, un anclaje para la bayoneta justo bajo la bocacha, la cual tiene una configuración especial y una forma que reducen la reelevación y el fogonazo.

Características técnicas
Calibre: 5,56 x 45mm OTAN
Funcionamiento: toma de gases, acerrojamiento giratorio
Velocidad inicial: 900 m/sg
Longitud total: 694 mm.
Longitud del cañón: 400 mm.
Peso vacío: 3,6 kg.
Cargador: Similar al M-16 de 30 cartuchos
Cadencia de tiro: 850 dpm.
Mira óptica: 1,6x
El arco guardamonte es muy amplio para poder disparar con guantes, el botón de retenida del cargador tiene también un gran tamaño para facilitar su manipulación desde los dos costados.
El funcionamiento de este fusil es por toma de gases con acerrojamiento giratorio. En comparación con los fusiles tradicionales, sólo requiere un movimiento mínimo de la mano para disparar el lanzagranadas.


Fuente: aster.iespana.es

¿Qué es la globalización?

Según el Fondo Monetario Internacional (FMI) "La globalización es una interdependencia económica creciente del conjunto de países del mundo, provocada por el aumento del volumen y la variedad de las transacciones transfronterizas de bienes y servicios, asi como de los flujos internacionales de capitales, al tiempo que la difusión acelerada de generalizada de tecnología".
a) La globalización en sus aspectos económicos y políticos es:
-Un proceso en el que, a través de la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del mundo se unifican mercados, sociedades y culturas.
-Un conjunto de transformaciones sociales, económicas y políticas en los diferentes países que les acerca un modelo de carácter global.
-El predominio de unos modos de producción y de movimientos de capital a escala planetaria, impulsados por loa países más avanzados.
-La ubicación en diversos países de distintas fases de la producción, con componentes originarios de países diferentes.
-La venta de productos similares internacionalmente, con estándares universalmente aceptados. -La pérdida de atribuciones de los gobiernos de países.

b) La globalización en sus aspectos tecnológicos:
-Un proceso que resulta del avance en la tecnología, telecomunicaciones y transporte.
-El acceso inmediato a información y, potencialmente al conocimiento, con una concepción de interconectividad vía Internet.

c) La globalización como prospectiva, una tendencia hacia un modelo específico (la mundialización):
-La progresiva eliminación de fronteras financieras (mundialización) a través de la progresiva integración de los mercados financieros mundiales.
-El impacto de la internacionalización cada vez más acentuada de los procesos económicos, tiene implicaciones sociales y fenómenos político-culturales importantes. -Lleva consigo una tendencia hacia la eliminación de:
* fronteras
* diferencias étnicas,
* credos religiosos,
* ideologías políticas
* condiciones socio-económicas o culturales, entre los países y bloques económicos
* esto es: un proceso homogeneizador a escala planetaria.

Resumiendo: la globalización es el fenómeno por el cual las naciones desarrollan sus relaciones económicas, políticas y culturales sin encontrar las barreras que antes las obstaculizaban, esto gracias principalmente a la financiación de la economía y a los modernos medios de comunicación.
Fuente: economia-globalizacion.blogspot.com

El ARA Hércules (B-52) (TRHE)

El "Hércules" es un transporte multipropósito rápido, "Tipo 42 Modificado" de la Armada Argentina. Diseñado originalmente como un destructor misilístico Tipo 42 fue, con sucesivos rediseños, modificado, transformándose en un "transporte multipropósito rápido". Fue construido en la Vickers Shipbuilding (Reino Unido).

Desde 1988, comenzó a navegar con repuestos obtenidos de su gemelo, el ARA Santísima Trinidad (D-2), que comenzó a ser canibalizado, no volviendo a navegar desde 1989. En 1994 es transferido al Comando Naval Anfibio y Logístico (COAL), y en 1999 es transformado en un transporte rápido, con importantes modificaciones en su plataforma y hangar de helicópteros, pudiendo destarcársele dos helicopteros Sea King.

El Proyecto HERCULES se llevó a cabo en los Astilleros ASMAR, Armada de Chile ASMAR en Talcahuano durante el año 2000; terminándose de completar su alistamiento en el 2004 en el país en los Arsenales de la Base Naval Puerto Belgrano, expandiendo la cubierta de vuelo y los hangares para recibir y operar dos helicópteros Sea King con misiles Exocet AM39, y un upgrade de los sistemas electrónicos; participando el INVAP en su reingeniería. El rediseño lo capacitó para ser un transporte de desembarco de comandos.

La cubierta de despegue en voladiza y las fenestraciones de la popa, permiten el despliegue o extracción rápidos de botes "gomones" para tropas especiales. La nave puede llevar 238 infantes de marina plenamente equipados, sin merma de su velocidad máxima de 30 nudos. INVAP rehizo el sistema de cierre del hangar aéreo de esta nave, así como algunas modificaciones del área de popa. El cierre es accionado electromecánica y manualmente, con abertura mínima en cada banda de 62 dm de ancho y 54 dm de altura libres; estanco a intemperie y a radiación lumínica hacia el exterior. La velocidad mínima de apertura o cierre es de 1 dm/s y un tiempo máximo de apertura en modo manual de 5 min, bajo condiciones de rolido, cabeceo, escora permanente del buque y presión de viento extrema (inclinación lateral hasta 30º, inclinación frontal 10 º, simultáneos).

Características: (gemelo al HMS Sheffield)
Constructor: ASMAR - ARPB -INVAP
Fecha: 2000 - 2003
Eslora entre perpendiculares: 119,50 m;
Manga 14,63 m;
Calado máximo: 6,8 m;
Desplazamiento 4100 Tn. a plena carga.
Dimensiones 125,6 x 14,3 x 5,8 (mts).
Propulsión: COGOG: 2 Turbinas a gas RR Olympus TM38, 50.000 HP. 2 Turbinas a gas RR Tyne RM1A, 9.900 HP. - 2 ejes.
Velocidad: 30 Nudos (Olympus) y 18 Nudos (Tyne).
Autonomía: 4.000 Millas náuticas a 18 Nudos.
Tripulación: 166 Hombres ( más 238 Hombres IM Equipo Completo).
Cañones: - 1 Vickers 4.5" (115 mm)/55 Mk8, automático
- 2 Ametralladoras Oerlikon 20 mm MK7
Enlace de Datos e Información: Sistema de Asesoramiento SITAC (Tiempo Real - SIAG 2005 / 2006)
Radares:
- Búsqueda aire Marconi 965 P con IFF.
- Búsqueda superficie Marconi 992 Q.
- Navegación y control helicópteros Kelvin Hughes 1006
- Radar de Navegación DECCA 1229
Sonar: Graseby 184 M búsqueda y ataque y Kelvin Hughes 162 M.
Helicópteros: 2 Tipo Sea King (Equipados con Misil Exocet AM 39).
Fuente: Wikipedia y ara.mil.ar

¿Qué es el día de la Tierra?

El Día de la Tierra es un día festivo celebrado en muchos países. Su promotor, el senador norteamericano Gaylord Nelson, instauró este día para crear una conciencia común a los problemas de la contaminación, la conservación de la biodiversidad y otras preocupaciones ambientales para proteger la Tierra.

La primera manifestación tuvo lugar el 22 de abril de 1970. Fue iniciada por el senador Gaylord Nelson, activista ambiental, popular para la creación de una agenda ambiental. Para esta convocatoria participaron dos mil universidades, diez mil escuelas primarias y secundarias y centenares de comunidades. La presión social tuvo sus logros y el gobierno de los Estados Unidos creó la Environmental Protection Agency (Agencia de Protección Ambiental) y una serie de leyes destinada a la protección del medio ambiente.
En 1972 se celebró la primera conferencia internacional sobre el medio ambiente: la Conferencia de Estocolmo, cuyo objetivo fue sensibilizar a los líderes mundiales sobre la magnitud de los problemas ambientales y que se instituyeran las políticas necesarias para erradicarlos.
Las Naciones Unidas celebran el día de la Tierra cada año en el equinoccio vernal (alrededor del 21 de marzo). El 26 de febrero de 1971, el secretario general U Thant firmó una proclamación a ese efecto. Al momento del equinoccio suena la Campana de la Paz en la sede central de la ONU en Nueva York
El Día de la Tierra es una fiesta que pertenece a la gente y no está regulada por una sola entidad u organismo; tampoco está relacionado con reivindicaciones políticas, nacionales, religiosas, ideológicas ni raciales.
El Día de la Tierra apunta a la toma de conciencia de los recursos naturales de la Tierra y su manejo, a la educación ambiental, y a la participación como ciudadanos ambientalmente conscientes y responsables.
En el Día de la Tierra todos estamos invitados a participar en actividades que promuevan la salud de nuestro planeta, tanto a nivel global como regional y local.
"La Tierra es nuestro hogar y el hogar de todos los seres vivos. La Tierra misma está viva. Somos partes de un universo en evolución. Somos miembros de una comunidad de vida interdependiente con una magnificente diversidad de formas de vida y culturas. Nos sentimos humildes ante la belleza de la Tierra y compartimos una reverencia por la vida y las fuentes de nuestro ser..."

¿Qué es el Día de la Tierra?
Día de la Tierra, celebrado internacionalmente por primera vez el 22 de abril de 1970, para subrayar la necesidad de la conservación de los recursos naturales del mundo. Surgido como movimiento universitario, el día de la Tierra se ha convertido en un importante acontecimiento educativo e informativo. Los grupos ecologistas lo utilizan como ocasión para evaluar los problemas medioambientales del planeta: la contaminación del aire, agua y suelos, la destrucción de ecosistemas, los cientos de miles de plantas y especies animales diezmadas, y el agotamiento de recursos no renovables. Se insiste en soluciones que permitan eliminar los efectos negativos de las actividades humanas. Estas soluciones incluyen el reciclado de materiales manufacturados, preservación de recursos naturales como el petróleo y la energía, la prohibición de utilizar productos químicos dañinos, el fin de la destrucción de hábitats fundamentales como los bosques húmedos y la protección de especies amenazadas.Por esa razon es el dia de la tierra.

Fuente: Wikipedia

lunes, 21 de abril de 2008

El buque logístico ARA Patagonía

El ARA Patagonia (B-1) (LPGA) es un buque logístico de flota, perteneciente a la Armada Argentina, que fue incorporado al Comando Naval Anfibio y Logístico (COAL) en julio de 2000. De origen francés fue el primero de su clase en la Marine Nationale, llamado A629 Durance.

Botado el 6 de septiembre de 1975, quedó operativo como Pétrolier Revitailleur d´Escadre (PRE) con apostadero en la base naval de Brest. Tras recorrer 559.393 millas náuticas con pabellón francés, fue dado de baja el 5 de diciembre de 1997.
El 12 de julio de 1999 flameó en su mástil por primera vez la bandera nacional argentina. Luego de 47 días de navegación arribó a la boya 11 de la Ría de Bahía Blanca, entrando, finalmente, el 29 de agosto de ese año a su nuevo apostadero, la Base Naval Puerto Belgrano. Inmediatamente pasó a dique seco en el Arsenal Naval de Puerto Belgrano para realizar las tareas de reacondicionamiento general del casco y el recorrido de los motores Diesel, generadores y equipos electro-hidráulicos. Navegó, operativamente, por primera vez el 13 de junio de 2000.

Está asignado al Comando Naval Anfibio y Logístico (COAL) y su apostadero en encuentra en la Base Naval Puerto Belgrano.
El empleo del ARA Patagonia (B-1) en la Armada Argentina se asocia a dos típicas técnicas logísticas: RAS y VERTEP, para las que fue específicamente desarrollado. RAS (Replenishment at Sea) es la maniobra de transferencia de combustibles o líquidos desde una nave a otra mientras se encuentran navegando.
El diseño de la clase Durance incluyó la construcción de una plataforma para la operación de helicópteros, en trabajos VERTREP (VERTical REPlenishment) que consiste en la carga transportadas por la eslinga de helicópteros.

Especificaciones:
Desplazamiento: 17.800 t a plena carga
11.300 t a carga media
7.805 a mínima carga
Eslora: 157 m
Manga: 21,2 m
Calado: 8,6 m
Armamento: 2 cañones Bofors de 40 mm; en montajes simples uno a proa y otro a popa
4 ametralladoras 12,7 mm
Provisión para 2 lanzadores de misiles antiaéreos Bofors RBS-70, uno por banda
Aeronaves: 1 helicóptero ligero
Plataforma para operar helicópteros medianos
Propulsión: Diesel, 2 motores SEMT-Pielstick 16 PC 2,5 v400 de 10.000 HP c/u que accionan 2 ejes y 2 hélices de paso variable
Potencia eléctrica generada 5400 kW.
Velocidad: 20 Nudos
Autonomía: 10.000 millas náuticas a una velocidad de 15 nudos
Tripulación: 13 Oficiales, 28 Suboficiales y 126 Cabos y Marineros
Sistemas de Reabastecimiento: cuatro estaciones (dos por bandas) de combustible de 600 m3/h con equipos SYTAR de tensión automática y sistema PROBE de conexión; dos estaciones de reabastecimiento de combustible en flecha; una estación de traspaso de carga pesada de 1,7 t con sistema de tensión automática; dos estaciones de reabastecimiento de cargas livianas hasta 300 kg.
Capacidad de carga: 9.600 t de combustible (Fuel Oil, Gas Oil, JP-4 y JP-5); 140 m3 de agua potable, 150 toneladas de víveres distribuidos entre cuatro cámaras frigoríficas y cuatro depósitos a temperatura ambiente; 150 toneladas de municiones y 50 t de repuestos y consumibles.
Sistemas Electrónicos:
Radar de navegación Racal Decca II RM 1229, en Banda I/X de 25 kW potencia máxima.
Sistema IFF ELR-3.
Equipo de Control de Silencio Electrónico CER 8. Sistema UHF TRBM-8 y TRBM-11 de 25 W.
Sistema VHF TRBM-14 Guerre, TRSP-6 y TRBP-16-
Sistema AM Collins 618M-2D.
Sistema de navegación MF/HF radiogoniométrico Plath.
Sistema EGA: baliza EPIRB SERPE Kannad de 406 MHz, COSPAS SARSAT y SOLAS-SMS SM.
Sistema Data Link Link-ARA y Link Gaucho.
Sistema MINIACCO (Proyecto SIAG A-69)

Fuente: Wikipedia

Importancia de la ganadería en el desarrollo

La Ganadería es la actividad agraria consistente en la cría de animales para la obtención de carne, leche o pieles. El ganado es fuente de alimento: carne, leche y subproductos.
Convierte en carne de valor económico elevado, plantas, hierbas cuyo valor económico directo es mucho menor, utiliza tierra no muy apta para la agricultura y por lo tanto hace que su valor económica se incremente, son pastizales y contribuye a mantener el equilibrio ecológico ya que devuelve al suelo, mediante excretas, gran parte de la fertilidad de las plantas que consume.

Uno de los mayores desafíos con los que se enfrenta el mundo es la manera de garantizar la seguridad alimentaria para una población urbana que se prevé que llegará a los 9 400 millones de habitantes para el año 2 050, manteniendo al mismo tiempo su base de recursos naturales formada por el suelo, el agua, el aire y la diversidad biológica. La ganadería es y seguirá siendo un componente importante de la agricultura mundial.

La contribución de la ganadería a la economía mundial no se limita a la producción directa de alimentos, pues comprende también pieles, fibras, estiércol (fertilizante o combustible), fuerza de tiro y acumulación de capital. Estos elementos están estrechamente asociados con la estructura social y el bienestar de muchas sociedades rurales y sirven como reserva estratégica que aumenta la estabilidad no sólo del hogar, sino también del sistema agropecuario general.

Las exportaciones y la sustitución de las importaciones generan divisas y permiten ahorrarlas. Tales contribuciones han estado en gran parte infravaloradas en el pasado y, aunque es evidente que va a disminuir la importancia relativa de estas funciones no alimentarias, si bien no de manera uniforme, es indudable que la ganadería seguirá satisfaciendo una amplia variedad de necesidades humanas.

Las intervenciones en el fomento de la ganadería pueden tener dos orientaciones distintas:
a) Una orientación hacia el desarrollo, que tiene por objeto aumentar la seguridad alimentaria (en su sentido más amplio) induciendo a los productores a incrementar el suministro de alimentos mediante una mejora de la eficacia de la producción y la utilización de los recursos, y que conduce a una mayor intensificación y especialización
b) Una orientación de mantenimiento, cuya finalidad es el desarrollo sostenible, atenuando las consecuencias perjudiciales de la producción pecuaria y estabilizando los sistemas agrícolas frágiles.

La orientación primordial, pero no exclusiva, de la FAO para sus programas de sistemas de producción será hacia la seguridad alimentaria sostenible, promoviendo las posibilidades que ofrece la ganadería para la generación de ingresos y la producción de alimentos, mediante la utilización sostenible de los recursos naturales. Dicha orientación se conseguirá mediante:
- un enfoque de "sistemas de producción" sostenibles, adoptando un planteamiento global de los sistemas de producción pecuaria, tanto en la unidad de explotación individual como en el sistema de explotación más amplio o en el marco agroecológico;
- un reconocimiento de la importancia de la integración en toda la cadena de producción, desde los recursos básicos hasta el productor y el consumidor, especialmente teniendo en cuenta el carácter perecedero de los productos animales;
- un enfoque interdisciplinario, en lugar de disciplinario;
- un reconocimiento de la contribución socioeconómica de la ganadería al desarrollo;

La contribución social y económica de la ganadería representa un elemento fundamental del desarrollo agrícola sostenible y la seguridad alimentaria familiar. Y su importancia pueden resumirse como sigue:
* un efecto "amortiguador" y estabilizador, dispersando el riesgo entre combinaciones de distintos cultivos y especies animales, no sólo en la explotación, sino también a nivel nacional y regional;
* una utilización viable de las zonas marginales con usos alternativos escasos, si tienen alguno;
* bienes de corta duración fáciles de liquidar, en particular especies menores, como ovejas, cabras y aves de corral, para la compra de alimentos e insumos agrícolas y con destino a las obligaciones sociales;
* una reserva de capital y cobertura contra la inflación, particularmente las especies mayores;
* una fuente de ingresos regulares, aunque a menudo escasos, mediante la venta de leche, huevos, pequeños animales y servicios;
* una fuente de proteínas y, lo que es más importante, de micronutrientes, especialmente para las familias y los grupos de edad vulnerables;
* insumos para la producción agrícola, en particular energía de tracción animal (en los países en desarrollo más del 80 por ciento de la energía utilizada en la agricultura se deriva de los animales) y estiércol;
* servicios de transporte;
* estiércol como combustible (seco o convertido en biogás) y material de construcción; y
* oportunidades de empleo en la producción y elaboración de sistemas donde la mano de obra familiar puede tener unos costos de oportunidad escasos o nulos o donde hay superávit estacional.
- una perspectiva tecnológica, encaminada a superar los principales obstáculos para la producción, las enfermedades clínicas y subclínicas, la elaboración y la distribución, mediante una utilización más eficaz de los recursos; y
- el suministro a los Estados Miembros de una base regional para la planificación del fomento de la ganadería, mediante el acceso a una información y unas directrices mejores sobre las políticas y el desarrollo tecnológico.

Sin embargo, el rápido crecimiento de la producción pecuaria lleva asociados aspectos negativos, agravados por las políticas inapropiadas y la mala ordenación de los recursos, con consecuencias ecológicas y sociales graves. Entre éstas cabe mencionar las siguientes:
- Degradación de la tierra: evidente en las zonas semiáridas de Africa y en el subcontinente de la India. Esto se debe a una interacción compleja entre la limitación de los movimientos del ganado, la tenencia de la tierra, el avance de los cultivos y la recogida de leña. Los cambios en las políticas de tenencia de la tierra, asentamiento e incentivos han socavado en muchos casos las prácticas tradicionales de utilización de la tierra. Sin embargo, actualmente se opina que en los informes del pasado sobre una desertización y degradación generalizadas se exageraba el alcance del problema, especialmente por lo que se refiere al mantenimiento de la productividad y los daños irreversibles. El hecho de que en la región sahariana haya aumentado tanto la producción por cabeza (carne/UPT) como por superficie (carne/ha) a lo largo de los 30 ûltimos años demuestra claramente que esos sistemas depastoreo son extraordinariamente resistentes. Asimismo, sería un error infravalorar los problemas; no hay ningûn motivo para estar satisfechos.
- La deforestación que acompaña a las grandes explotaciones comerciales surgidas tras la destrucción de grandes superficies de selva tropical, con su grave pérdida de biodiversidad, ha despertado la atención del pûblico. El problema se debió en gran medida a políticas erróneas que permitieron organizar grandes explotaciones de ganado vacuno, y se ha limitado en gran parte, aunque no de manera exclusiva, a América Central y del Sur.
- Involución (derrumbamiento) de los sistemas de explotación mixta en zonas donde la elevada presión demográfica ha provocado la fragmentación de las explotaciones hasta tal punto que ya no admiten un nûmero suficiente de los animales, especialmente grandes rumiantes, que proporcionan insumos fundamentales. Los sistemas agropecuarios han dejado de ser sostenibles y han comenzado a desintegrarse.
- Contaminación presente donde los productos residuales, especialmente estiércol y efluentes derivados de él, superan la capacidad de absorción de la tierra o la infraestructura disponible para su eliminación inocua. Muchos de estos problemas están asociados a los sistemas de producción industrial del mundo desarrollado. Sin embargo, también hay problemas análogos en los países en desarrollo, y se prevé un aumento y agravamiento, debido a la falta de reglamentación ecológica o de su aplicación.
- Los animales están relacionados con el problema del "calentamiento del planeta". El ganado doméstico (junto con muchos cultivos agrícolas, en particular el arroz) producen anhídrido carbónico (CO2) y metano (CH4), así como pequeñas cantidades de ozono (O3) y óxido nitroso (N2O), los denominados "gases del efecto de invernadero", tanto directamente, como consecuencia de la digestión de fibras de los rumiantes, como de manera indirecta, a partir del estiércol, la quema de hierba, etc. Existen tecnologías que pueden limitar las emisiones por unidad de producto, siempre que se disponga de incentivos apropiados para su utilización. La clave está en aumentar la productividad mediante una nutrición mejor que reduzca las emisiones por unidad de producto. En el sentido inverso, las zonas de pastoreo extensivo y agroforestales también absorben grandes cantidades de CO2 constituyen un importante "sumidero" en el ciclo del carbono.
- La pérdida de biodiversidad es un problema, habiendo alrededor de 600 razas de animales domésticos que corren peligro de extinción y con la ulterior erosión de muchas razas tradicionales y adaptadas localmente. La consecuencia es una dependencia creciente de una base de recursos genéticos cada vez más limitada, favorecida por biotecnologías como la inseminación artificial (IA), que permite transferir fácilmente material genético a través de las fronteras internacionales.

Fuente: fao.org

Swift Armour S.A. Argentina

El ganado vacuno es originario de Europa. Los primeros animales que llegaron a lo que hoy es la República Argentina fueron traídos por Don Pedro de Mendoza, en el primer intento de fundar la ciudad de Buenos Aires, a orillas del río de La Plata, en 1536. Destruída la ciudad por los aborígenes, las vacas y toros se dispersaron libremente por las pampas, de modo que cuando los españoles hicieron su segundo intento de asentarse en estas tierras ya sumaban decenas de miles los animales que andaban sin dueño y “en libertad”. Al carecer de técnicas apropiadas para conservar la carne, durante mucho tiempo se otorgaron permisos para cazar animales, de los que sólo se aprovechaba el cuero y el sebo, dejando carne y osamenta para las aves de rapiña. A lo sumo se podía hacer “tasajo” o “charque”, con carne salada y secada al sol.

En el año 1876 se realizó en el navío “Le Frigoriqué” una nueva e importante prueba de transportar a través del Atlántico carnes mantenidas a 0°C, según el método creado por el ingeniero francés Charles Tellier. La nave arribó al puerto de Buenos Aires el 25 de diciembre de 1876, trayendo en sus bodegas una partida de carne congelada, la que fue probada en un banquete servido a bordo. Pudo comprobarse en él que la carne se hallaba en perfecto estado de conservación.

En 1877, Gustav F. Swift funda Swift & Company en la ciudad de Chicago. Esta empresa se ocupaba de la faena, charqueo y acondicionamiento de los cortes para enviar a la costa atlántica de Estados Unidos. Diseñó y construyó sus propios vagones para transportar la carne y logró extender la faena a todas las estaciones del año, más allá del invierno.
1907: Swift nace prácticamente con la industria frigorífica Argentina. La actividad de Swift en nuestro país comenzó en 1907 integrando “La Plata Cold Storage”, cuya casa matriz estaba en Ciudad del Cabo, Sudáfrica, y que construyó la planta de Puerto La Plata.
1916: Se transforma en "Compañía Swift de La Plata Sociedad Anónima Frigorífica” y pasa a ser propiedad de International Packers Ltd (ITL), un grupo norteamericano relacionado con los pioneros de la industria de carnes, Gustavus Swift.
1924: Se inauguró la Planta “Rosario” a orillas del río Paraná, en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, provincia de Santa Fe. Así comenzó una etapa de gran desarrollo para la compañía al punto de alcanzar un 70% del mercado de exportación de carne vacuna.
1930 – 1940: Se da un fuerte impulso a la industria frigorífica, especialmente a la exportación de carnes. Swift diversifica la producción abarcando otros rubros: ovinos, cerdos, vegetales, frutas y subproductos.
1952: Reemplaza el tejido de algodón, el papel Kraft y la arpillera por el polietileno y otros laminados plásticos y las cajas de cartón para envasar cortes congelados, convirtiéndose en la primera empresa del país en incorporar este tipo de packaging.
1954: Se instala por primera vez en el mundo el sistema de cocinas contínuas para el procesamiento de carnes enlatadas, sistema desarrollado por técnicos argentinos. Esta innovación le permite a Swift consolidar su presencia en el mercado mundial y liderar este segmento en el mercado local.
1960: Durante la década del ’60 se realizan inversiones en la ampliación y modernización de plantas y equipos por 10 millones de dólares, que acompañaron una reorientación productiva de la empresa atendiendo las nuevas exigencias de los mercados externos. Swift realiza el primer embarque de cortes enfriados vacunos sin hueso, en sustitución de los tradicionales cuartos con hueso, dando comienzo a una nueva etapa en la comercialización e industrialización de carnes. El 6 de octubre de 1960 el buque “S.S.Darro” zarpó del Puerto La Plata con 3.479 kg de cortes vacunos sin hueso y 169 kg de cortes ovinos sin hueso, envasados al vacío en películas termocontraíbles que los hacían impermeables a los gases y la humedad.
1961: Comienza a funcionar el primer laboratorio de investigaciones científicas en Sud América para la industria alimenticia en la planta de Swift La Plata. En menos de diez años, este laboratorio había desarrollado 45 nuevos productos, todos platos preparados con destino a Estados Unidos.
1963: Se instalan los primeros esterilizadores contínuos en Sud América para envases de conservas.
1968: IPL es absorbida por Deltec, una corporación financiera de Estados Unidos.
1971: Tras el concurso de acreedores se decreta la quiebra de la empresa y el gobierno nacional toma a su cargo la administración de la empresa, evitando el cierre y la pérdida de puestos de trabajo.
1977: El complejo industrial se vende en licitación pública internacional y es adquirido luego por un grupo argentino denominado “Carnes Argentinas”.
1978: La empresa pasa a denominarse “Swift Armour S.A. Argentina”.
1980: Campbell Soup Co., empresa norteamericana líder mundial en el mercado de sopas, toma el control accionario de Swift.
1983: Se inicia un proceso de reestructuración y crecimiento, consolidando la producción y nuevas inversiones en la planta de Rosario.
1985: Se inicia el negocio ganadero para lograr una mejor integración. Hasta el momento de su venta en 1997, administraba 210.000 hectareas y un stock propio de 100.000 cabezas de vacunos.
1987: Adquiere un moderno Centro de Frío y Distribución cercano a Buenos Aires con capacidad de almacenar 10.000 toneladas de producto congelado. Congruente con la política de concentrarse en la producción y comercialización de alimentos de valor agregado, Swift vende esta unidad en 1998.
1993: Se inaugura el complejo industrial Rosario, en el mismo predio que la planta de 1924. Se invirtieron inicialmente 125 millones de dólares para crear una de las plantas más modernas del mundo en su tipo. Inversiones posteriores incrementaron dicha cifra en 40 millones adicionales.
1996: Swift se convierte en la primera empresa Argentina del sector en certificar su sistema de aseguramiento de la calidad con las normas ISO 9002. Es pionera en la adopción del sistema QUACP y del HACCP.
1999: En julio de 1999 un grupo inversor, liderado por el presidente de la compañía, Carlos Oliva Funes e integrado por J.P. Morgan Capital Corporation y Greenwich Street Capital Partners, adquiere la totalidad del paquete accionario. Este fue el primer caso en la historia empresarial argentina de una compañía adquirida por su propia dirección y por capitales mayoritariamente nacionales. De cara al tercer milenio.
2000: Se desarrolla el concepto de carnes cocidas congeladas IQF (Individual Quick Frozen), que permite la producción de carnes de alto valor agregado, destinados a otras industrias alimenticias de Estados Unidos y Europa.
2002: En abril del 2002 Swift adquiere Cabaña Las Lilas, marca líder en el mercado de cortes vacunos envasados al vacío de alta calidad. Comienza el proceso de adquisición de la planta ex Vizental en San José, Entre Ríos. Se invierte en la readecuación y modernización de la misma, adaptándola a las exigencias de los mercados internacionales.
2003: Adquiere en forma definitiva la planta Swift San José
Swift es la primera empresa alimenticia Argentina en participar del programa NFPA-SAFE, de la National Food Processor Association, la entidad mas importante a nivel mundial en temas de alimentos. Swift se convirtió en la primer empresa cárnica del país que cumple con las normas ISO 9001 versión 2000 en todo su proceso productivo.
Fuente: Swift Argentina (Webpage).

Avión de Transporte liviano Merlín III

La asociación entre Swearingen Aircraft y la Fairchild-Hiller Corp. en 1968, fue hecha para aunar criterios en el diseño de una máquina destinada a líneas de conexión.
Luego de varios años de estudio se determinó que la aeronave ideal para cubrir este servicio, la aeronave debía tener capacidad para 19 pasajeros y la posibilidad de ser convertida rápidamente para el transporte de carga.

En líneas generales el nuevo SA-226TC Metro tenía la planta alar y unidad de cola de nuevo diseño, más un tren de aterrizaje alto y el fuselaje de sección circular del Merlin IIB alargado lo suficiente hasta alcanzar el volumen pretendido.

El concepto de diseño de este avión, construido en la planta de San Antonio y comercializado por la Fairchild-Hiller, estaba orientado a permitir al operador la mayor flexibilidad posible, con una total independencia del apoyo de tierra y el máximo rendimiento operativo. Con los Merlin, la empresa comenzó a ofrecer versiones especiales tendientes a abarcar un mercado más amplio.

El plantel de diseñadores continuó trabajando y presentó en 1970 al sucesor del Merlin IIB, llamado SA-226T Merlin III, equipado con un fuselaje más corto, tren de aterrizaje hidráulico más alto y la unidad de cola y motores más potentes del Metro. El nuevo producto de la Swearingen estaba destinado al mercado corporativo.

El uso de los Garrett TPE 331-3U-303G de 840 HP cambió la fisonomía de los carenados motrices, que pasaron a utilizar desde entonces la toma de aire de implantación superior. Los Merlin III tenían un interior lujoso, y se convirtieron en un popular transporte ejecutivo para 8 pasajeros. En 1971, serios problemas económicos obligaron a la Swearingen Aircraft a convertirse en subsidiaria de la Fairchild Ind., que compró el 90% de sus activos. El Merlin IIIB fue repotenciado con Garrett TPE 331-10U-501G de 900 HP con hélices cuatripalas más otras modificaciones de los sistemas de a bordo.

A diferencia de sus antecesores, el Metro III posee 3,05 m más de envergadura, hélices cuatripalas, luces fijas en el borde de ataque alar. Por otra parte, la versión heavy recibió la extensión de las botas desheladoras entre los motores y el fuselaje, un cajón alar reforzado en la raíz y hélices McCauley, cuatripalas negras.
Especificaciones:
Modelo: Merlin III
Origen: EE.UU.
Fabricante: Swerigen - Fairchaild Ind.
Empleo: Transporte de personal
Tripulación: 3
Envergadura : 14,10 m
Largo: 12,85 m
Alto: 5,08 m
Pasajeros: 7
Velocidad: 410 Km/h
Motores: Garrett TPE331-10U-501G de 900 HP
Helices Hartzell: 4 palas
Autonomía: 4.5 Hs - 1800 Km
Carga 1100 Kg

Fuente: Airliner.net y Ejército Argentino

domingo, 20 de abril de 2008

El Crucero del norte

En el año 1949, con un vehículo Chevrolet adecuado especialmente para el transporte de pasajeros, Don Demetrio Koropeski iniciaba el recorrido entre Apóstoles (Mnes.) - Santo Tome (Ctes.), con servicios diarios sobre un recorrido de aproximadamente 80 kilómetros y cuya duración dependía de los inconvenientes que podrían presentarse en el camino o fundamentalmente de las condiciones metereológicas del momento.

Ante la continua rotura de parabrisas debieron adaptarse protectores y proveer a las unidades de cadenas para el uso en días de lluvia, ya que la totalidad del recorrido era de tierra.

En el primer vehículo y por mucho tiempo, su propietario oficiaba de conductor, guarda y mecánico. Habitualmente la mayoría de pasajeros se conocían y se transformaban en eficaces colaboradores cuando surgían inconvenientes.

Este fue el nacimiento de EL CRUCERO, que extiende luego su recorrido hasta Posadas (Mnes.), uniendo las localidades de La Cruz, Virasoro, Alvear y Yapeyú.En 1962, la empresa se traslada a la ciudad de Posadas (Mnes.). transformándose en CRUCERO DEL NORTE y amplía su área de cobertura a las localidades de Azara y Santo Tomé. El crecimiento de la empresa llevó a CRUCERO DEL NORTE a ocupar un lugar importante en el contexto del transporte de pasajeros en el ámbito nacional. incorporándose luego servicios internacionales.

Actualmente, ocupa un lugar muy importante en el transporte de pasajeros del MERCOSUR con más de 160 unidades de última generación doble piso MARCOPOLO (garantía de calidad) y uniendo los países de Argentina, Brasil, Chile y Paraguay. En la empresa trabajan más de quinientas personas vinculadas directamente.

Lo que nunca cambió es la política de trabajo, esfuerzo, dedicación y conducta que comenzó desde el primer día con el sueño de su fundador, DON DEMETRIO KOROPESKI.

Inaugurada en el año 2000, con la arquitectura más moderna, realizada teniendo en cuenta conceptos básicos para brindar buena atención y eficiencia, posee 14 andenes cubiertos para nuestros servicios, con boleterías, oficinas y talleres.

La empresa abre las puertas de su casa a los viajeros que están en viaje y los invita a disfrutar del EXCLUSIVO RESTAURANT PROPIO que funciona dentro de las instalaciones y permite la atención a más de 300 personas a la vez. Elaboración propia de alimentos y panificados, con cheffs especializados y estricto control de calidad. (Certificado de Inscripción de establecimiento alimenticio Nacional R.N.E. Nº 14001066). En el lugar se sirve la cena y desayuno (sin costo adicional) a los pasajeros que pasan desde y hacia Puerto Iguazú, Buenos Aires, Paraguay, Brasil y Chile.

Fuente: Crucero del Norte (Webpage)
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